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Reforma Laboral 2012

victap17 de Diciembre de 2013

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Víctor Alonso Pérez

Reforma Laboral

Escritura de las Profesiones

Maestro Sergio Reyes Angona

Significaría volver a los tiempos del Porfirismo por la destrucción de los derechos laborales conquistados y el abandono de las responsabilidades del Estado.

Desde 1970, México no había llevado a cabo una reforma laboral de tal impacto como la que el 1 de septiembre envío al Congreso el presidente Felipe Calderón.

La reforma laboral de este 2012 tiene como objetivo el aumento de la productividad y competitividad de nuestro país, el incremento del número de empleos, la regulación de instituciones y sindicatos, y sobre todo, “brindar mayor equidad, protección y seguridad al trabajador”, según los legisladores del Partido de Revolucionario Institucional (PRI).

Esta reforma laboral del presidente Felipe Calderón, enviada en el tramo final de su sexenio, no sólo ha provocado ríspidos desencuentros legislativos, sino irritación entre los gremios oficiales y aun entre los sindicatos independientes, cuyos líderes ven amenazadas sus canonjías. Y mientras las autoridades laborales intentan difundir las supuestas bondades de la iniciativa, los dirigentes de trabajadores están en pie de guerra: amenazan con tomar calles y plazas públicas para impedir la aprobación de los cambios. La iniciativa de reforma laboral que el presidente Felipe Calderón envió a la Cámara de Diputados con carácter de “preferente” el sábado 1 de septiembre y que a más tardar el 1 de noviembre debió ser aprobada por la cámara de Senadores, tiene más que agitado al mundo sindical. Además de que esta reforma laboral cocinada entre el PAN y el PRI pretende ser una concesión de México a los países miembros del Acuerdo Estratégico Trans Pacífico de Asociación Económica (TPP, por sus siglas en inglés) al que se incorporó apenas en junio pasado, aunque podría contravenir el capítulo laboral del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

La reforma laboral propuesta cumple el más viejo anhelo de la patronal en México: eliminar el empleo seguro para reducir salarios y prestaciones. Así, en vez de garantizar un equilibrio entre el capital y el trabajo, el Estado deja todo a las fuerzas del mercado. Se trata de una reforma que cambia el fondo y la esencia de la ley laboral que, de aprobarse, dejaría de ser tutelar del trabajo para ser tutelar del capital. Se trata de una iniciativa que hace retroceder los derechos laborales por tanto, a los derechos humanos a los tiempos remotos del orden Porfirista.

“Un partido de izquierda no se puede entender sin su vinculación y compromiso con las demandas y las causas de los trabajadores”.

Manuel Oropeza

Mi postura ante esta propuesta de reforma laboral esta en acuerdo y es igual al del Frente Parlamentario Progresista, que esta constituido por el Partido del Trabajo (PT), Partido de la Revolución Democrática (PRD) y por el partido de Movimiento Ciudadano. Ya que opinamos y reiteramos el rechazo a la propuesta del presidente Felipe Calderón, los legisladores del sol azteca plantean crear el seguro de desempleo, la semana de trabajo de 40 horas, el acceso a condiciones de trabajo iguales y dignas sin distinción de género y la generalización nacional de los salarios mínimos.

Proponen además la creación de un Instituto Nacional del Salario Mínimo, Productividad y Reparto de Utilidades, que sustituya a la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, así como la modernización del modelo laboral para la inserción exitosa del país en la globalización productiva.

En su propuesta, la bancada del PRD en la Cámara baja planteó además el perfeccionamiento de las instituciones del derecho laboral para garantizar seguridad jurídica a trabajadores y empresarios, así como la “libertad, democracia y autonomía sindicales”. Consideraron inadmisibles “la subcontratación que precariza el empleo, degrada al trabajador a mero objeto y legaliza fraudes laborales, a la seguridad social y al fisco.

También cuestionaron las nuevas modalidades de contratación, sobre todo los contratos de capacitación inicial y a prueba, así como la suspensión en el pago de las cuotas sindicales.

Es así como nuestras ideales se juntan a favor de la defensa del empleado, ya que no solo el obrero es empleado, también entran en esa definición, los coordinadores, jefes de área, directores y gerentes de diferentes empresas, ya que ellos también son empleados por un empleador.

En la propuesta de reforma laboral echa por el Ejecutivo Federal, Felipe Calderón Hinojosa, se modifican 243 artículos, se adicionan 135 y se derogan 41, pero el alcance es, sobre todo, de fondo. La pretensión de obtener la aprobación en tan poco tiempo (30 días) es para evitar el debate abierto y democrático de los intereses y derechos de los trabajadores y los patrones, un debate indispensable, pues afecta a toda la sociedad. Niegan el debate debido al abierto contenido de la reforma presidencial a favor de la patronal; suprime la abierta participación de los trabajadores cuando sus derechos e intereses están en peligro, como veremos mas adelante.

El Ejecutivo Federal presentó su proyecto de reforma laboral el 1 de septiembre de 2012 con la pretensión de que se apruebe a más tardar en 60 días: 30 en la Cámara de Diputados y 30 en el Senado. El peligro radica en que se apruebe en la primera ocasión, pese a que en los últimos cuatro sexenios ha sido rechazada la reforma laboral de corte neoliberal. Destacamos los aspectos más importantes de la iniciativa presidencial. 


Creación de empleos. En la exposición de motivos que justifica la reforma, Felipe Calderón señala que su principal propósito es crear más empleos. Nada más falso. Se debe emplazar a Calderón y a su equipo a sustentar tal afirmación públicamente ante especialistas de alto nivel académico y profesional. Todas las reformas laborales de este tipo realizadas en Latinoamérica y España a partir de los años noventa han generado empleo precario, eventual y por horas; y peor aún, desempleo y subempleo, con las subsecuentes pobreza, emigración y delincuencia. En la exposición de motivos se habla ampliamente de los problemas del desempleo en México y el mundo, en el marco del mercado de trabajo y desde el ángulo económico que rige las fuerzas del mercado: el trabajo como una mercancía más. Por eso se pone como centro de la reforma “incrementar la productividad”. El empleo no se ve como un derecho humano, social y cuya responsabilidad principal es del Estado, como lo establece la Constitución, sino como una variable económica neoliberal: una mercancía. Para justificar la reforma, se afirma que: El marco jurídico laboral ha quedado rebasado ante las nuevas circunstancias demográficas, económicas y sociales, desconociendo que el derecho laboral por naturaleza es dinámico, se hace y ajusta momento a momento. Se pretende ocultar que se ataca a la Constitución y sus principios: el carácter tutelar del trabajo, la justicia social, la estabilidad en el empleo y la libertad sindical, entre otros. La reforma es inconstitucional. 


Destrucción de la estabilidad en el empleo. El primer artículo que se reforma es el 2, para incorporar la noción de “trabajo decente” que promueve la Organización Internacional del Trabajo (OIT), pero no se incluye en la larga lista de elementos que integran a esta noción ni más ni menos que a la estabilidad en el empleo. Yo quiero decirle al señor presidente: sin estabilidad en el empleo no hay trabajo decente en ningún lugar del mundo, salvo que se pague el salario por horas como en Estados Unidos, que no es nuestro caso. ¿Se respeta plenamente la dignidad humana del trabajador con salarios de hambre y empleos eventuales o precarios? El derecho y principio constitucional de la estabilidad en el empleo se destruye en los artículos 35, 39 y 39 letras A, B, C, D y F reformados; se le sustituye por empleos eventuales, como “contratos de prueba inicial” y “capacitación inicial”, en los que después de seis meses el patrón “dará por terminada la relación de trabajo, sin responsabilidad para éste.” La estabilidad en el empleo es el contrato de base o de planta, con el que los trabajadores tienen seguridad y permanencia en el empleo. Con los artículos reformados, más el artículo 83 de contrato por horas, se sustituye el empleo de planta por el precario: eventual o por horas. La estabilidad en el empleo es la base fundamental de la Ley Laboral para que los trabajadores tengan acceso a los demás derechos básicos. Con empleos eventuales y por horas quedan excluidos los demás derechos de la Ley y de los contratos colectivos; cualquier sindicalista lo sabe. La principal consecuencia de los contratos eventuales y por horas es la caída del salario, de las prestaciones y de las cuotas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y demás instituciones laborales. Esta es la principal demanda patronal desde 1988: eliminar el empleo seguro o de planta para reducir el salario y las prestaciones. Este alcance se conoció en los países que reformaron sus leyes en este sentido. En España, de 1994 a 1996 el empleo precario aumentó del 12 al 36 por ciento. En Argentina, en 1992 había 70 por ciento de empleo permanente y 30 por ciento de temporal; con la reforma de Menem, en 2 años se invirtieron las cifras. En Colombia, la Ley 50 de 1990 fue peor porque la medida se acompañó de empleo precario, facilitando y abaratando los despidos y sustituyendo a los verdaderos patrones por contratistas outsourcing. Con ello se logró

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