ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Regimen De Propiedad Exclusiva Y Propiedad Comun


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2013  •  873 Palabras (4 Páginas)  •  721 Visitas

Página 1 de 4

TITULO III

REGIMEN DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y PROPIEDAD COMUN

CAPITULO I

GENERALIDADES

Artículo 129°.- Concepto

Es el régimen jurídico que supone la existencia de una edificación o conjunto

de edificaciones integradas por secciones inmobiliarias de dominio exclusivo,

pertenecientes a distintos propietarios, y bienes y servicios de dominio común.

Cuentan con un Reglamento Interno y una Junta de Propietarios.

Artículo 130°.- Participación en la propiedad de los bienes comunes

La participación en los bienes comunes, es un derecho accesorio a cada

unidad o sección de uso exclusivo y corresponde ejercerlo al propietario de la

misma. El porcentaje es determinado en el Reglamento Interno, y se

establecerá atendiendo a criterios razonables, como el área ocupada de lassecciones exclusivas, la ubicación de éstas, los usos a los que están

destinadas, etc.

Artículo 131°.- Usos

Las secciones de propiedad exclusiva podrán destinarse a cualquier uso

permitido por las normas vigentes, salvo las limitaciones que establezcan en el

Reglamento Interno.

Artículo 132°.- Transferencia

La transferencia de la sección inmobiliaria de propiedad exclusiva incluye todos

los bienes que la conforman, la participación en los bienes de propiedad común

y los derechos de uso, tránsito o servidumbres que la afecten, los que son

inseparables de la misma.

Artículo 133°.- Ejecución de Obras, acumulación, subdivisión o

independización de secciones de propiedad exclusiva

Los propietarios podrán realizar cualquier tipo de obra dentro de las secciones

de propiedad exclusiva, así como acumularlas, subdividirlas o independizarlas,

siempre que no contravengan las normas vigentes, no perjudiquen las

condiciones de seguridad y funcionamiento de la edificación y no afecten los

derechos de los demás propietarios o de terceros.

Tratándose de ejecución de obras, deberán obtener previamente la Licencia de

Obra de la municipalidad correspondiente y comunicar oportunamente su fecha

de inicio a la Junta de Propietarios. Si la obra alterase la volumetría, el estilo

arquitectónico o el aspecto exterior de la sección donde se ejecuta, o del

inmueble matriz, el propietario deberá obtener previamente la aprobación de la

Junta de Propietarios. En estos casos, el propietario de la sección que desee

ejecutar la obra deberá proporcionar a la Junta de Propietarios, toda la

información y documentación técnica, legal y administrativa relacionada con

ella, que sea necesaria para facilitar una decisión adecuada.

CAPITULO II

BIENES, SERVICIOS Y GASTOS COMUNES

Artículo 134°.- Bienes comunes intransferibles

Son bienes comunes intransferibles, salvo pacto en contrario establecido en el

Reglamento Interno;

a) El terreno sobre el que está construida la edificación que tiene dos o más

secciones de propiedad exclusiva, salvo que sobre él se constituya derecho de

superficie.

b) Los cimientos, sobrecimientos, columnas, muros exteriores, techos y demás

elementos estructurales esenciales para la estabilidad de la edificación,

siempre que sirvan a dos o más secciones.

c) Los pasajes, pasadizos, escaleras, porterías, áreas destinadas a la

instalación de equipos y en general, vías y áreas de circulación común.

d) Los ascensores y montacargas, salvo los propios de una sección de

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.6 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com