Reglamento De Proteccion Civil
lasky13377 de Noviembre de 2013
10.887 Palabras (44 Páginas)307 Visitas
LEY DE PROTECCIÓN CIVIL Y SU REGLAMENTO PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
COORDINACIÓN ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL
2
INDICE
LEY DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO 11 TITULO PRIMERO
CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES 14
CAPITULO SEGUNDO DE LAS AUTORIDADES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL 22
CAPITULO TERCERO DE LA POLÍTICA DE PROTECCIÓN CIVIL 27
TITULO SEGUNDO
CAPITULO PRIMERO DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 29
CAPITULO SEGUNDO DEL CONSEJO ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 32 CAPITULO TERCERO DE LA UNIDAD ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 41
CAPITULO CUARTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL 46 CAPITULO QUINTO 3
DE LOS SISTEMAS MUNICIPALES DE PROTECCIÓN CIVIL 50
TITULO TERCERO
CAPITULO PRIMERO DE LAS UNIDADES INTERNAS DE PROTECCIÓN CIVIL 54
CAPITULO SEGUNDO DE LA CAPACITACION A LA POBLACIÓN 57
CAPITULO TERCERO DE LA QUEJA CIVIL 59
TITULO CUARTO
CAPITULO PRIMERO DEL PROGRAMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 61
CAPITULO SEGUNDO DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA 66
CAPITULO TERCERO DE LA DECALRATORIA DE ZONA DE DESASTRE 68
TITULO QUINTO
CAPITULO PRIMERO
4
DE LAS VERIFICACIONES 70
CAPITULO SEGUNDO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES 74
CAPITULO TERCERO DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD 75
TRANSITORIO 78
REGLAMENTO DE LA LEY DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO 81
TITULO PRIMERO GENERALIDADES
CAPITULO UNICO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES 85
TITULO SEGUNDO DE LAS AUTORIDADES Y LA CIUDADANIA
CAPITULO PRIMERO DE LAS AUTORIDADES 94
CAPITULO SEGUNDO DE LA CIUDADANIA 96
CAPITULO TERCERO 5
DE LA POLÍTICA DE PROTECCIÓN CIVIL 97
TITULO TERCERO DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL
CAPITULO PRIMERO DE LA CONFORMIDAD DEL SISTEMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 98
CAPITULO SEGUNDO DEL CONSEJO ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 99
CAPITULO TERCERO DE LA UNIDAD ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 111
CAPITULO CUARTO DE LOS SISTEMAS MUNICIPALES 115
CAPITULO QUINTO DE LA PARTICIPACIÓN SOCIAL GRUPOS VOLUNTARIOS 117
CAPITULO SEXTO DE LAS UNIDADES INTERNAS DE PROTECCIÓN CIVIL 125
6
CAPITULO SÉPTIMO DE LOS PROGRAMAS ESPECIALES 133
CAPITULO OCTAVO DE LAS BRIGADAS VECINALES Y/O COMUNALES 141
CAPITULO NOVENO DE LOS ENTES CAPACITADORES Y CONSULTORES EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL 142
TITULO CUARTO DE LA CAPACITACION A LA POBLACIÓN Y LA QUEJA CIUDADANA
CAPITULO PRIMERO DE LA CAPACITACION A LA POBLACIÓN 147
CAPITULO SEGUNDO DE LA QUEJA CIUDADANA 149
TITULO QUINTO DEL CONTENIDO DEL PROGRAMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL
CAPITULO PRIMERO DEL PROGRAMA ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL 150
CAPITULO SEGUNDO 7
DE LA DECLARATORIA DE EMERGENCIA 155
CAPITULO TERCERO DE LA DECLARATORIA DE ZONA DE DESASTRE 156
CAPITULO CUARTO DE LOS RIESGOS Y DEL ATLAS ESTATAL 157
CAPITULO QUINTO DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS 164
CAPITULO SEXTO DE LA OPERACIÓN DE LAS UNIDADES MUNICIPALES 168
TITULO SEXTO DE LA APLICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS MONETARIOS DEL CONSEJO ESTATAL
CAPITULO PRIMERO DE LA APLICACIÓN 170
CAPITULO SEGUNDO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS 170
CAPITULO TERCERO 8
DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL Y DE LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACIÓN 171
TITULO SÉPTIMO DE LAS INSPECCIONES, VIGILANCIA, INFRACCIONES Y SANCIONES
CAPITULO PRIMERO DE LAS INSPECCIONES Y VIGILANCIA 173
CAPITULO SEGUNDO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES 177
TITULO OCTAVO DEL RECURSO
CAPITULO UNICO DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD 182
TITULO NOVENO DE LAS RESPONSABILIDADES
CAPITULO UNICO DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PUBLICOS 185
TRANSITORIO 187
9
10
LEY DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO (Publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 24 de octubre de 1997)
11
GOBIERNO DEL ESTADO-PODER LEGISLATIVO 12
AL MARGEN UN SELLO CON EL ESCUDO DE LA NACIÓN.- PODER EJECUTIVO.-GUANAJUATO
VICENTE FOX QUESADA, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED:
QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE:
Decreto número 394
LA H. QUINCUAGÉSIMA SEXTA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, DECRETA:
LEY DE PROTECCIÓN CIVIL PARA EL ESTADO DE GUANAJUATO
TITULO PRIMERO
13
CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES PRELIMINARES
Articulo 1º.- Las disposiciones de esta Ley son de orden publico e interés general y tiene por objeto establecer :
I.- Las normas y los principios básicos, conforme a los cuales se llevarán a cabo las acciones de protección civil en el Estado;
II.- Las bases para la prevención y mitigación ante las amenazas de riesgo geológico, físico – químico, sanitario, hidrometeorológico y socio – organizativo;
III.-Los mecanismos para implementar las acciones de mitigación, auxilio y restablecimiento, para la salvaguarda de las personas, sus bienes el entorno y el funcionamiento de los servicios vitales y sistemas estratégicos en los casos de emergencia, siniestro o desastre;
IV.- Las bases de integración y fundamento del sistema de protección civil del Estado;
V.- Las bases para promover y garantizar la participación social en materia de protección civil y la elaboración , ejecución y evaluación de programas para que las acciones de los particulares contribuyan a alcanzar los objetivos y prioridades establecidos por dichos programas;
14
VI.- Las bases para la coordinación entre las autoridades estatales y municipales, así como con los organismos en materia de protección civil; y
VII.- Las normas y principios para fomentar la cultura de protección civil y autoprotección en los habitantes del Estado.
Articulo 2º.- Para los efectos de aplicación de esta Ley se entiende por :
I.- Estados de mando: los tres posibles momentos que se producen en la fase de emergencia y que consiste en prealerta, alerta y alarma;
II.- Prealerta: Estado permanente de prevención de los organismos de respuesta de la protección civil, con base en la información sobre la probable presencia de un fenómeno destructivo;
III.- Alerta: Se establece al recibir información sobre la inminente ocurrencia de una calamidad cuyos daños pueden llevar al grado de desastre debido a la forma en que se ha extendido el peligro o en virtud de la evolución que presenta, con la posible aplicación del sub programa de auxilio;
IV.- Alarma: Se establece cuando se han producido daños en la población , sus bienes y su entorno, lo que implica la necesaria ejecución del subprograma de auxilio. Consiste en el instrumento acústico, óptico o mecánico que al 15
ser accionado previo acuerdo, avisa de la presencia inminente de una calamidad, por lo que, las personas involucradas deberán tomar las medidas preventivas necesarias de acuerdo a una preparación preestablecida. También tiene el sentido de la emisión de un aviso o señal para establecer el estado de alarma en el organismo correspondiente, en cuyo caso se dice “dar la alarma “;
V.- Calamidad: Acontecimiento o fenómeno destructivo que ocasiona daños a la comunidad, sus bienes y entorno, trasformando su estado normal en un estado de desastre;
VI.- Desastre: Una interrupción seria en el funcionamiento de una sociedad causando grandes perdidas humanas, materiales o ambientales, suficientes para que la sociedad afectada no pueda salir adelante por sus propios medios;
VII.- Emergencia: Evento repentino e imprevisto, que hace tomar medidas de prevención, protección y control inmediatas para minimizar sus consecuencias;
VIII.- Siniestro: Hecho funesto, daño gravé, destrucción fortuita o perdida importante que sufren los seres humanos en su persona o en sus bienes, causados por la presencia de un riesgo, emergencia o desastre;
16
IX.- Auxilio o socorro: Ayuda en medios materiales, necesidades personales y servicios proporcionados a personas o comunidades sin la cual podrían perecer;
X.- Prevención: Conjunto de disposiciones y medidas anticipadas cuya finalidad estriba en impedir o disminuir los efectos que se producen con motivo de la ocurrencia de una emergencia, siniestro o desastre;
XI.- Mitigación: Son las medidas tomadas con anticipación al desastre y durante la emergencia para reducir su impacto en la población , bienes y entorno;
XII.- Evacuación: Medida de seguridad por alejamiento de la población de la zona de peligro, en la cual debe preverse la colaboración de la población civil de manera individual o en grupos;
XIII.- Procedimiento de evacuación: Considera entre otros aspectos, el desarrollo de las misiones, salvamento, socorro y asistencia social, los medios, los itinerarios y las zonas de concentración y destino, la documentación del transporte para los niños, las instrucciones sobre el equipo familiar además del esquema de regreso a sus hogares una vez superada la situación de emergencia; XIV.- Simulacro: Ejercicio para la toma de decisiones y adiestramiento en protección civil, en una comunidad o área preestablecida, 17
mediante la simulación de una emergencia o desastre para promover una coordinación más efectiva de respuesta por parte de las autoridades y la población;
XV.- Organizaciones civiles:
...