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Revisoria Fiscal


Enviado por   •  19 de Agosto de 2014  •  383 Palabras (2 Páginas)  •  154 Visitas

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2. CALIDAD DE CONTADOR PARA DESEMPEÑAR LA REVISORIA FISCAL

un cuando las funciones que les imponía el Articulo 6° de la Ley 73 de 1935 a los Revisores Fiscales todas eran de carácter contable, los Artículos 40 y 41 de la Ley 58 de 1931 les imponía sanciones cuando estas obligaciones o deberes no se habían ejercido con idoneidad, en ningún momento los legisladores pensaron en que el contador o la persona con conocimientos contables y legales era la más capacitada para desempeñar este cargo.

un grupo de Contadores de Cartagena crearon la Asociación Colombiana de Contadores en 1937, Esta Asociación a través de su revista El Contador, divulgo en 1938 lo que era la profesión del Contador, en seguida esta se empezó a tener en cuenta para el ejercicio de la Revisoria Fiscal en los Decretos y Leyes promulgados posteriormente.

En 1941 la Superintendencia de Sociedades dictó la Resolución No. 531, aprobada por el Decreto 1357 del mismo año, mediante esta se reglamentaron las funciones de los Contadores Juramentados del Articulo 46 de la Ley 58 de 1931. En el Articulo 17, numeral 6, se hizo mención de la Revisoría Fiscal para los Contadores Públicos, así:

Art. 17 - Son funciones de los Contadores Juramentados:

1. Revisar los balances y los libros de contabilidad de las sociedades anónimas o cualquier entidad oficial, cuando lo exija la Ley;

2. Desempeñar los cargos de liquidadores comerciales de las sociedades anónimas en liquidación o declaradas en quiebra;

3. Desempeñar las comisiones especiales que en caos particulares les encargue la Superintendencia de Sociedades Anónimas, dentro de su profesión y las atribuciones de esta entidad;

4. Servir de peritos oficiales en los casos que se requiera conocimientos técnicos especiales;

5. La Superintendencia por medio de resoluciones posteriores, señalará las demás funciones que sobre el ramo de sus conocimientos deban desempeñar los Contadores Juramentados y sobre los cuales su atestación haga fe pública, como verificaciones de cifras en las declaraciones de impuestos, confesión de balances, liquidación de sucesiones en los casos en que le nombramiento corresponda al funcionario o juez, o así lo acuerden las partes;

6. Los Contadores Juramentados podrán dar certificaciones, atestaciones, etc., sobre estados financieros, declaraciones de impuestos, balances, etc. Los Contadores Juramentados están en capacidad de confeccionar estudios y prospectos técnicos comerciales sobre organización de compañías y sobre técnica de contabilidad de las mismas.

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