ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

SALUD PUBLICA


Enviado por   •  22 de Noviembre de 2013  •  967 Palabras (4 Páginas)  •  215 Visitas

Página 1 de 4

2. Establezca la normatividad del sivigila (resolución)

MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL, DECRETO NUMERO 3518 DE 2006 (Octubre 09) por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones, Rige en todo el territorio colombiano, son de cumplimiento obligatorio y deben ser aplicadas por: instituciones e integrantes del sistema general de seguridad social en salud, entidades responsables del régimen de excepción, organizaciones comunitarias y comunidades.

3. Lista de enfermedades en erradicación, eliminación, control internacional y nombre 10 de las que se encuentran en control nacional.

Opciones de enfermedades que se encuentran en eliminación: Tétanos neonatal y lepra, Rubeola y sífilis congénita, Poliomielitis-Parálisis flácida.

Enfermedades en control nacional: Son enfermedades que requieren de una atención eficaz para su control, exceden en frecuencia o gravedad el comportamiento regular y requieren de atención inmediata para evitar su propagación, disminuir su avance, reducir las secuelas y evitar la mortalidad. Los eventos bajo control sobre los que realiza pruebas el Laboratorio de Salud Pública: Cólera, Difteria, VIH SIDA, Dengue, Infecciones Intrahospitalarias, Meningitis por Hemophilus Influenzae tipo b, Meningitis por meningococo, Rabia Humana, Rabia Animal, Tos ferina, Tuberculosis extrapulmonar, Tuberculosis pulmonar

4. ¿Cómo se realiza la notificación de las enfermedades en Colombia? y ¿cuál es el flujo de información?

Se notifican 47 enfermedades, los brotes de enfermedades infecciosas y los fallecimientos de causa no explicada donde se sospeche cusa infecciosa , en personas previamente sanas.

Estas enfermedades tienen distinta forma y periodicidad de notificación, distinguiéndose: las de notificación inmediata, las de notificación diaria y por centinelas.

Los Decretos Supremos 158 y 147 regulan la notificación Obligatoria de Enfermedades

¿Quiénes notifican?

El Decreto Supremo 158, en su artículo 6º establece que el responsable de la notificación es el médico cirujano, que atiende enfermos en establecimientos asistenciales, sean públicos o privados.

Si el médico es parte de la dotación de algún establecimiento asistencial público o privado de atención abierta o cerrada, la notificación será responsabilidad del Director del mismo y se realizará por la persona a quién este haya designado para ello.

¿Dónde se notifica?

El médico o establecimiento debe notificar a la Autoridad Sanitaria Regional (Secretaría Regional Ministerial de Salud), y ésta a su vez, al Ministerio de Salud.

¿Cómo se notifican?

Frente a la sospecha de alguna enfermedad de declaración obligatoria inmediata, se deberá comunicar en forma inmediata, por cualquier medio, a la autoridad sanitaria correspondiente (Seremi de Salud) , desde el lugar en que fue diagnosticada. Posteriormente, dentro del plazo de 24 horas se procederá a llenar el formulario respectivo.

La autoridad sanitaria deberá, a su vez, comunicarlo al Ministerio de Salud, por la vía más expedita (correo electrónico, fax, teléfono u otro).

¿En qué formulario se notifican?

Todas las enfermedades de declaración obligatoria deben notificarse en el formulario ENO, las de notificación diaria en

5. ¿Cuál es la utilidad de los protocolos y la ficha de vigilancia epidemiológica?

La vigilancia epidemiológica en salud pública es un proceso continuo y sistemático de colección, análisis e interpretación de datos de las enfermedades o daños sujetos a notificación obligatoria en el País, para conocer su tendencia, evolución, identificar las regiones geográficas y los grupos poblacionales más comprometidos, conocer el estado de salud actual de la población, identificar precozmente los brotes o epidemias para su oportuna intervención y control. Finalmente, evaluar los resultados de las medidas de prevención y control que realiza el sector salud.

6. Liste los diferentes tipos de comités de vigilancia epidemiológica

V. PASIVA: Se limita a recoger los datos de los registros de los servicios de salud.

V. ACTIVA: Recoge datos en el terreno donde se produce. Se usan encuestas sistemáticas y especializadas. Búsqueda activa de casos y datos complementarios.

V. ESPECIALIZADA o CENTINELA: Vigilancia de enfermedades o daños a la salud en forma particular por prioridad nacional emergentes o reemergentes. Se realiza a través de campañas o programas de eliminación, erradicación y control utiliza elementos de V. activa y pasiva.

7. Establezca la definición, estructura y función de los comités de vigilancia epidemiológica, las unidades de análisis, equipos de respuesta inmediata y sala situacional.

COMITÉ EPIDEMIOLOGICO:Es un proceso regular y continuo de observación e investigación de las principales características y componentes de la morbilidad, mortalidad y otros eventos en salud en una comunidad, basado en la recolección, procesamiento, análisis, evaluación y divulgación de la información epidemiológica.

8. ¿Cuál es la importancia del laboratorio en la vigilancia de los problemas prioritarios de salud pública en Colombia?

Pretende monitorear el cumplimiento en la realización de ciertos exámenes (de

acuerdo a datos de casos presuntivos y estándares de secuencias diagnósticas) y el resultado de estos, para generar retroalimentación al proceso de captación en la vigilancia medico-asistencial (calidad y cantidad) y detección directa de casos o cierre de los sospechosos. El monitoreo se basa en el registro sistemático de ciertos exámenes predefinidos en cualquier medio de recopilación de datos (libro de laboratorios o base de datos) que permita ubicar por paciente las pruebas realizadas, sus fechas, secuencia y resultado.

Los laboratorios habilitados para la realización de las pruebas objeto de vigilancia y/o aquellos de elección para las pruebas específicas de confirmación no son Unidades Generadoras de datos en forma primaria, su función depende de la interrelación que establezcan con la Unidad Primaria Generadora de origen del paciente que es quien remitió el paciente (si no es remitido, su contacto debe iniciarlo con la unidad de destino, que se encargara de la atención de este). Su labor consiste en registrar sistemáticamente en un medio con una estructura predefinida, información que permita identificar el tipo de prueba diagnostica, la fecha de toma del resultado diagnostico, el paciente, el origen de este y su ubicación, medio que debe estar completo y disponible para la consulta de las diferentes unidades generadoras responsables del seguimiento de los casos.

...

Descargar como  txt (6.6 Kb)  
Leer 3 páginas más »
txt