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SINDICATOS, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES


Enviado por   •  27 de Mayo de 2015  •  1.886 Palabras (8 Páginas)  •  3.106 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Las relaciones colectivas de trabajo son tan importantes como las individuales de trabajo, tan es así que en la presente unidad conoceremos qué son los sindicatos, las federaciones y las confederaciones, respecto a su integración y funcionamiento dentro de las relaciones laborales Además, es importante conocer qué aspectos y lineamientos deben de tener los contratos colectivos de trabajo, los contratos ley y cuáles son sus diferencias entre uno y otro. Las relaciones colectivas de trabajo pueden ser modificadas mediante los contratos que suscriban los trabajadores con los sindicatos, federaciones y confederaciones; asimismo, y al igual que los contratos individuales de trabajo, se pactarán las causas de rescisión y terminación de las relaciones laborales.

SINDICATOS, FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES

La Ley Federal del Trabajo define a los sindicatos en el artículo 356, como la asociación de trabajadores o de patrones constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.

Los sindicatos son personas jurídicas o morales, constituidas libremente por un grupo de trabajadores o un grupo de patrones, cuya finalidad principal es la defensa de os intereses propios de trabajadores o patrones.69 La ley reconoce dos tipos de sindicatos de trabajadores y de patrones.

Los de trabajadores se clasifican de la siguiente manera:

• Gremiales: los formados por trabajadores de una misma profesión, oficio o especialidad.

• De empresa: los formados por trabajadores que presten sus servicios en una misma empresa.

• Industriales: los formados por trabajadores que presten sus servicios en dos o más empresas de la misma rama industrial.

• Nacionales de industria: los formados por trabajadores que presten sus servicios en una o varias empresas de la misma rama industrial, instaladas en dos o más entidades Federativas.

• De oficios varios: los formados por trabajadores de diversas profesiones. Estos sindicatos sólo podrán constituirse cuando en el municipio de que se trate, el número de trabajadores de una misma profesión sea menor de veinte. Los sindicatos de patrones pueden ser:

• Los formados por patrones de una o varias ramas de actividades.

• Nacionales: los formados por patrones de una o varias ramas de actividades de distintas Entidades Federativas. 69 Ricardo Méndez, Derecho laboral, un enfoque práctico, p. 187. 70 Artículo 360 de la Ley Federal del Trabajo.

• Con respecto a los trabajadores de confianza, existe una prohibición misma que se encuentra señalada por el artículo 363, de la Ley Federal del Trabajo, y es la de no poder ingresar a los sindicatos. La normatividad laboral señala ciertas características que deben cumplir los sindicatos, a saber:

• Tiene como fin mejorar y defender a la clase trabajadora; tal es el caso de los sindicatos de trabajadores más comunes en México.

• No debe intervenir en asuntos políticos o religiosos

. • Sus estatutos deben cumplir con lo establecido en la ley.

• Debe constituirse con un mínimo de 20 trabajadores en servicio activo, o con tres patrones, por lo menos.

• Debe estar debidamente registrado en la Secretaría del Trabajo y previsión Social, en el caso de competencia federal, y en las juntas de conciliación y arbitraje, cuando se trate de competencia local.

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

El contrato colectivo de trabajo es el pacto que fija las condiciones de trabajo, y su finalidad es dignificar la actividad laboral.

La Ley Federal del Trabajo, en el artículo 386 define al contrato colectivo de trabajo como el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

El contrato colectivo contendrá:

• “Los nombres y domicilios de los contratantes.

• Las empresas y establecimientos que abarque.

• Su duración o la expresión de ser por tiempo indeterminado o para obra determinada.

• Las jornadas de trabajo.

• Los días de descanso y vacaciones.

• El monto de los salarios.

• Las cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento de los trabajadores en la empresa o establecimientos que comprenda.

• Disposiciones sobre la capacitación o adiestramiento inicial que se deba impartir a quienes vayan a ingresar a laborar a la empresa o establecimiento.

• Las bases sobre la integración y funcionamiento de las comisiones que deban integrarse de acuerdo con esta Ley.

• Las demás estipulaciones que convengan las partes”.

CONTRATO LEY

De conformidad con la Ley Federal del Trabajo en el artículo 404 el Contrato- ley es: “El convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en un rama determinada de la industria, y declarado obligatorio en una o varias Entidades Federativas, en una o varias zonas económicas que abarquen una o más de dichas Entidades, o en todo el territorio nacional.

De lo anterior se desprende que es un convenio entre sindicato y patrones donde se establecen las bases con las cuales debe trabajar una determinada industria. El contrato ley, debe tener las siguientes características:

• Los nombres y domicilios de los sindicatos de trabajadores y de los patrones que concurrieron a la convención.

• La Entidad o Entidades Federativas,

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