SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN, ASEGURADORAS, REASEGURADORAS INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS
Camilo AndrésApuntes1 de Diciembre de 2015
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SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN, ASEGURADORAS, REASEGURADORAS INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
1. OBJETIVOS.........................................................................................................5
2. JUSTIFICACIÓN..……………………………………………………………………...6
3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA…………………………………..................7
4. ORGANIZACIÓN METODOLÓGICA………………………………………………..8
- Metodología...……………………………………………………………………..8
4.2. Instrumentos y técnicas de recolección de la información…………………................8
5. SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN, ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS E INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS…9
5.1. SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN9
5.2. ENTIDADES ASEGURADORAS…………………………………………………10
5.2.1. COMPAÑIAS DE SEGUROS…………………………………………………...10
5.2.2. COMPAÑIAS DE RASEGUROS………………………………………………11
5.3. INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS……………………….11
6. PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LAS SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN, ENTIDADES ASEGURADORAS, REASEGURADORAS E INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS. 15
6.1. PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LAS SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN
6.2. PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LAS COMPAÑIAS ASEGURADORAS.
6.3. PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LAS COMPAÑIAS REASEGURADORAS.
6.4. SERVICIOS DE LOS INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS.
- CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
Se posee una información aprovisionada por la página de internet de la Aseguradora MAPFRE, Reaseguradora PartnerRe y Capitalizadora COLMENA que actúan en mercado nacional, en con la cual se ha tomado base para la caracterización de los productos y servicios.
Consulta bibliográfica. Se consultó en internet, expertos, páginas de entidades mencionadas; la normatividad del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se realizó la búsqueda y conceptualización de palabras clave
- SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN, ASEGURADORAS Y REASEGURADORAS E INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS.
De ante mano sabemos que el Sistema Financiero Colombiano está representado por distintas Instituciones, y que están constituidas por sujetos calificados; por ello analizaremos algunos conceptos que nos ayudaran a entender un poco más sobre el tema, los cuales son: las sociedades de capitalización, Aseguradoras y Reaseguradoras y los Intermediarios de Seguros y Reaseguros.
5.1. SOCIEDADES DE CAPITALIZACIÓN
Las sociedades de capitalización, tienen como objeto la formación de capital a través del ahorro en un tiempo determinado mediante el pago de cuotas mensuales o únicas, con el incentivo de participar en sorteos mensuales; Se puede especificar que en Colombia el sistema de capitalización trabaja como una agencia de las empresas de seguros debido a que el diseño y características de sus planes de capitalización se asemejan a los seguros de vida, las cuales proporcionan una liquidez por medio de la captación de capitales a través del mecanismo de presentación de documentos o títulos de capitalización. Los recursos captados se deben invertir a fin de preservar su valor y efectuar los desembolsos en el momento oportuno y en la cuantía establecida.
En 1947 con la Ley 66 y el Decreto 2970 de 1960 estas están sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia Financiera. Refiriéndonos a esta clase de ahorro, las personas reciben la suma total ahorrada, los intereses capitalizados y además cuentan con una posibilidad de ser favorecidos en sorteos y obtener préstamos de estas entidades por una cantidad no mayor al 90% del valor ahorrado.
Estas sociedades tienen como obligación presentar una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, así lo establece la Resolución IGJ Nº 1/2012, que se dicta en virtud de mejorar la función fiscalizadora de la IGJ sobre este tipo de sociedades, que son sujetos obligados a informar a la UIF en temas relacionados con la lucha contra el lavado de dinero.
Por mencionar algunas de las sociedades capitalizadoras con las que contamos en Colombia tenemos: Capitalizadora Bolívar S.A; Capitalizadora Colmena S.A; Capitalizadora Colpatria S.A.
5.2. ENTIDADES ASEGURADORAS
Las entidades aseguradoras tienen como objeto principal ofrecer seguros a las empresas o particulares con la oportunidad de protegerse contra diferentes riesgos. Entre estas se encuentran Compañías de Seguros, Cooperativas de Seguros y Compañías de Reaseguros.
Se entiende por actividad aseguradora, aquella mediante la cual existe la obligación de prestar un servicio o el pago de una cantidad de dinero, en caso de que ocurra un acontecimiento futuro e incierto y que no dependa exclusivamente de la voluntad del beneficiario, a cambio de una contraprestación en dinero.
5.2.1 compañía de seguros:
Son sociedades anónimas o cooperativas (principalmente en interés de sus propios asociados y de la comunidad vinculada a ellos), cuyo objeto social es realizar la actividad de los seguros, para acumular riqueza, a través de las aportaciones de personas expuestas a eventos económicos dañinos, para destinar así lo acumulado, a los pocos que se les presentan necesidades, a través de la solidaridad de un grupo sometido a riesgos..
Existen compañías de seguros de vida que expiden seguros para personas naturales, en tanto que los demás seguros son atendidos por las compañías de seguros generales. Estas entidades tienen naturaleza jurídica y fiscal independiente, aunque pueden existir bajo una misma administración. estas compañías deben responder por las calamidades amparadas en las pólizas de seguros. Por esto, deben invertir parte de los recursos en portafolios que garanticen rentabilidad, seguridad y liquidez.
5.2. Compañía Reaseguradora,
Es la entidad constituida en conformidad a la ley, que acuerda o acepta una cesión del todo o parte del riesgo asumido por una compañía aseguradora. En Colombia desde 1976 se reúnen estas compañías y conforman un gremio unido y fuerte. Que en 1997 tomaría la denominación de Federación de Aseguradoras en Colombia (fasecolda).
La reaseguradora toma a su cargo total o parcialmente: un riesgo cubierto por otra, o el saldo de daños, que supere la suma asegurada por el asegurador directo. Estos regularmente se dan en accidentes muy graves como por ejemplo un accidente de aviación, un terremoto o cualquier otra catástrofe natural. Donde no serían posibles asegurar sin la presencia del reaseguro. Ya que se convertiría en riesgos imposibles de solucionar por una sola compañía de seguros. El compromiso de esta es no llevar a la quiebra a la aseguradora ya que su primera función seria la protección de los Estados Financieros de los Aseguradores, el sistema funciona con un sistema de pago eficiente frente a la compensación requerida. El asegurado generalmente no tiene conciencia de estos procedimientos.
El Reaseguro puede ser del 50% cuando el reaseguro asume la mitad del riesgo. También se llama cedente, porque la aseguradora, que pactó la póliza cede parte de los riesgos y prima para compartir con otra compañía de seguros. La retención es lo que la aseguradora ha decidido quedarse como riesgo o "retención de riesgo", es decir el porcentaje de riesgo que ella no concede al reaseguro.
5.3. INTERMEDIARIOS DE SEGUROS Y REASEGUROS
- INTERMEDIARIOS DE SEGUROS
La intermediación es un tema importante para comprender la importancia que tiene el mercado de la capitalización en las relaciones económicas del país. Por eso es preciso señalar una breve noción de los intermediarios de seguros y reaseguros, quienes en últimas, son los actores del sector. En primer lugar tenemos intermediarios de seguros están divididos en tres niveles de estos tenemos.
Sociedades Corredoras de Seguros:
El artículo 101 de la Ley 510 de 1999 nos dice que: son sociedades anónimas. El artículo 1347 del Código de Comercio define a los corredores de seguros como “las empresas constituidas o que se constituyan como sociedades comerciales, cuyo objeto social sea exclusivamente ofrecer seguros, promover su celebración y obtener su renovación a título de intermediarios entre el asegurado y el asegurador”. Estas sociedades deben tener un capital mínimo y una organización técnica y contable, sólo podrán usar el título de corredores de seguros y ejercer esta profesión las sociedades debidamente inscritas en la Superintendencia Bancaria, que tengan vigente el certificado expedido por dicho organismo[1].
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