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SOCIEDADES FIDUCIARIAS


Enviado por   •  30 de Julio de 2012  •  2.441 Palabras (10 Páginas)  •  1.683 Visitas

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LAS SOCIEDADES FIDUCIARIAS

HISTORIA:

La historia indica que en Colombia la fiducia empezó a darse desde varios años atrás, pero el verdadero punto de partida para el desarrollo de su actividad financiera fue en el año 1972 cuando el código de comercio incluyo esta operación.

¿Qué son las sociedades fiduciarias?

Las sociedades fiduciarias son entidades de servicios financieros, constituidas como sociedad anónima, que sirve para administrar unos bienes determinados y sacarles provecho de tipo económico.

Autoridad de supervisión de las sociedades fiduciarias

La autoridad de supervisión de la actividad fiduciaria en Colombia es la Superintendencia Financiera de Colombia, esta entidad pertenece al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

¿Qué es fiducia?

La fiducia es un negocio de tipo jurídico, en donde una de las partes esta obligada a responder por el bien que se le es entregado, es decir, la entidad fiduciaria tiene el deber de proteger y administrar de forma recta estos bienes que quedan en su poder.

Mediante la fiducia, una persona natural o jurídica que recibe el nombre de fideicomitente, entrega a una sociedad fiduciaria uno o más bienes determinados, se desprende o no de la propiedad de los mismos.

¿Qué es un fideicomitente?

Fideicomitente es el individuo que transfiere un número de bienes específicos a otra, llamado fiduciario, quien se obliga a administrarlos o enajenarlos para cumplir una finalidad determinada por el fideicomitente, en provecho de este o de un tercero (beneficiario).

Características da la fiducia:

 Confianza:

Es el principal atributo de la fiducia, es una confianza de doble vía, del cliente hacia la fiducia y de esta hacía su cliente. Es por esta razón por la que se puede decir que los negocios fiduciarios son “en consecuencia a la persona”, basados en el consecuencia del cliente y de la fiducia.

 La finalidad:

Es el elemento del contrato, aquello que persigue las partes al momento de obligarse. Resulta esencial la claridad sobre la meta de la contratación y la forma en que se llega a el. La fiducia es un instrumento para realizar únicamente fines lícitos.

 Profesionalismo:

La sociedad gestiona y cumple en forma profesional los pedidos que le encomiendan los clientes, en la forma en que estos y la ley lo indiquen.

 Separación de bienes:

Los bienes que cada cliente en fidecomiso a la fiducia se mantienen separados de los demás activos fideicomitidos en otros negocios, de forma tal que entre ellos no hay relación. Así mismo, constituyen un patrimonio autónomo creado en concordancia con el objeto del contrato.

 Transparencia:

La fiducia se usa para el desarrollo de una finalidad real, no debe aplicarse para evadir responsabilidades mediante la traspaso de los bienes. Por lo tanto, en la situación en que haya obligación por parte del fideicomitente, antes de constituir la fiducia, existen dispositivos legales que admitan la anulación del fideicomiso, tales como la “Acción pauliana” a través de la cual los bienes vuelven al patrimonio del fideicomitente.

Operaciones autorizadas: las sociedades fiduciarias especialmente autorizadas por la Superintendencia de Sociedades, en desarrollo de su objeto social:

 Celebrar contratos de fiducia mercantil en los términos del art. 1226 del código de comercio.

 Celebrar encargos fiduciarios que tengan por objeto la realización de inversiones, la administración de bienes o la ejecución de actividades con el otorgamiento de garantías por terceros para asegurar el cumplimiento de obligaciones.

 Obrar como agente de transferencia y registro de valores.

 Obrar como síndico, curador de bienes o como depositario de sumas consignadas en cualquier juzgado, por orden de autoridad judicial competente o por determinación de las personas que tengan facultad legal para designarlas con tal fin.

 Prestar servicios de asesoría financiera.

 Emitir bonos actuando por cuenta de una fiducia mercantil constituida por un número plural de sociedades.

 Administrar fondos de pensiones de jubilación e invalidez.

 Desarrollar operaciones de fideicomiso de inversión mediante contratos de fiducia mercantil, celebrados con arreglo a las formalidades legales, o a través de encargos fiduciarios.

 Se entiende por "fondo común" el conjunto de los recursos obtenidos con ocasión de la celebración y ejecución de los negocios fiduciarios, sobre los cuales el fiduciario ejerza una administración colectiva; así mismo podrán integrar fondos comunes especiales.

Principales productos Fiduciarios

• Fideicomiso de Administración Inmobiliaria de Proyectos de Construcción ( fiducia inmobiliaria)

Es aquél negocio fiduciario en el cual se transfiere un bien inmueble a la sociedad fiduciaria para que administre y desarrolle un proyecto inmobiliario, de esta forma las partes podrán beneficiarse con este negocio.

• Encargo Fiduciario

Es el negocio en el cual una persona, llamada fideicomitente, entrega uno o más bienes especificados a otra, llamada fiduciario, sin transferir el dominio de los mismos. En este contrato a diferencia del de fiducia mercantil, el fiduciario no adquiere la calidad de propietario de los bienes que recibe, sino que reconoce dominio ajeno.

• Fideicomiso de Administración

Es aquel negocio en el cual se entregan bienes a una institución fiduciaria, con o sin transferencia de la propiedad, para que los administre y desarrolle la gestión encomendada por el fideicomitente y destine los rendimientos, si los hay, al cumplimiento de la finalidad señalada.

Las modalidades mas frecuentes de la fiducia de administración son:

 Administración de emisiones de bonos o papeles comerciales.

 Administración de herencias, legados y de bienes de incapaces.

 Administración

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