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Seguridad Social


Enviado por   •  1 de Agosto de 2012  •  574 Palabras (3 Páginas)  •  376 Visitas

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Seguridad Social

Regímenes  *OBLIGATORIO: Es el más complejo y abarca:

 Riesgos de Trabajo (1)

 Invalidez y Vida (2)

 Retiro, C. A. y Vejez (3)

 Enfermedad y Maternidad (4)

 Prestaciones Sociales y Guarderías (5)

*VOLUNTARIO

Ramas  Derecho Social DX. AGRARIO, DX DEL TRABAJO y SEGURO SOCIAL

1. Riesgo de Trabajo: Comprende solo a los trabajadores activos o inactivo, son enfermedades o accidentes derivados del trabajo, que 8pueden ocasionar incapacidades (Permanente Parcial: hay una disminución no mayor al 25% se da indemnización global, si es mayor de 25% y menor del 50% se da a escoger si quiere la Incapacidad Permanente Parcial o I. G., si sobre pada el 50% pero es menor a 75% ya será I.P.P. y es permanente, Temporal: Hay una disminución total pero por un tiempo corto, Permanente Total: Hay una disminución mayor al 75% de daño; es permanente y solo se dará hasta el 75% de lo que ganaba; o Muerte: Se checan beneficiarios  Viudas 40%, etc.). (Aporta el Patrón); Se pagan al 100% hasta por 2 años.

2. Invalidez: (Articulo 119° LSS) Accidente o enfermedad que no tiene nada que ver el trabajo y ocasionar una imposibilidad para desarrollar una actividad por tiempo prolongado pero no es vitalicio; Temporal: No puedes desarrollarte por un tiempo, pero después puede puedes seguir laborando ganando un menor salario o Definitiva: ya no puedes desarrollar ningún trabajo nunca. Vida: Cuando alguna persona fallece, los beneficiarios tienen derecho a un pago (Aportan los Tres),

3. Retiro: (Aporta el patrón). C.A.: Requisitos  1250 semanas cotizadas, haber dejado de laborar y que tengan +60 años cumplidos (Aportan los Tres). Vejez: Requisitos  1250 semanas cotizadas, haber dejado de laborar y que tengan +65 años de edad (Aporta los Tres).

4. Enfermedad: Solo pagan 60%; Son enfermedades generales; Las prestaciones solo pueden ser en especie o en dinero; Para tener derecho para las prestaciones económicas tienes que tener 8 semanas cotizadas mínimo antes. Maternidad: Es derecho de las mujeres trabajadores; puede ser en especie o en dinero; como beneficiarias solo podrá ser en especie; Se paga 100%, pero si pasa más de 43 días solo se paga el 60%; de 43 días después de que nazca el bebe hasta un año goza de prestaciones después se puede liquidar y pagar finiquito; Para tener derecho a las prestaciones económicas tienes que tener 30 semanas cotizadas mínimo antes (Artículos 102 y 103 Párrafo 2° LSS).

5. Prestaciones Sociales: (Aportan los Tres) y Guarderías: Derecho que se presta desde los 43 días de nacido hasta los 4 años; Las

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