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Servicios de farmacia hospitalaria

Tarea20 de Marzo de 2013

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1- SERVICIOS DE FARMACIA HOSPITALARIA.

Artículo 58. Disposiciones generales.

1. La atención farmacéutica en los hospitales se realizará a través de los servicios farmacéuticos hospitalarios, previa autorización otorgada por el órgano competente en materia de ordenación farmacéutica, bajo la responsabilidad de un farmacéutico especialista en farmacia hospitalaria.

2. Los hospitales que dispongan de más de 100 camas tendrán la obligación de contar con servicios farmacéuticos hospitalarios. No obstante lo señalado anteriormente, con carácter general, los hospitales que cuenten con menos de 100 camas podrán disponer de dicho servicio farmacéutico con carácter voluntario.

3. Reglamentariamente se determinarán las condiciones y requisitos para la autorización y funcionamiento de los servicios de farmacia hospitalaria, así como la obligación de contar con farmacéuticos adicionales de acuerdo con parámetros de volumen, actividad y tipo de hospital que, en todo caso, deberán estar en posesión del título de especialista en farmacia hospitalaria.

2 - AMBITO DE ACTUACION

Servicios Farmacéuticos de los Centros de Atención Sociosanitaria.

1. A los efectos de la presente Ley, tendrán la consideración de centros sociosanitarios aquellos

Que atiendan a sectores de población tales como personas mayores, minusválidos o internos en

Centros de menores y jóvenes infractores.

2. En los centros sociosanitarios que cuenten con servicios de asistencia médica podrá autorizarse

la instalación de un servicio de farmacia bajo la dirección de un farmacéutico, quien garantizará y asumirá la responsabilidad técnica de la adquisición, calidad, custodia y dispensación de los medicamentos para la atención a las personas en ellos acogidos.3. Igualmente podrá optarse por la autorización de un depósito de medicamentos vinculado a un servicio de farmacia o a una oficina de farmacia abierta al público, en cuyo caso el titular de la misma será el responsable de las funciones señaladas en el párrafo anterior.

4. Reglamentariamente se establecerá el procedimiento y los requisitos para la autorización y funcionamiento de este tipo de servicios.

Centros Penitenciarios.

1. La atención farmacéutica en los centros penitenciarios en la Comunidad se prestará a través de depósitos de medicamentos, bajo la supervisión y control de un farmacéutico.

2. A los efectos previstos en el apartado anterior y en lo no regulado en su normativa específica, los depósitos de medicamentos de los centros penitenciarios tendrán la consideración de depósito de medicamentos hospitalarios.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados anteriores, la atención farmacéutica en los centros penitenciarios también podrá prestarse por un servicio de farmacia propio o con vinculación a un servicio de farmacia hospitalaria en los casos y términos que se desarrollen reglamentariamente, en función del volumen de usuarios, tipo de pacientes y tratamientos practicados.

Funciones del servicio de farmacia.

Son funciones de los servicios farmacéuticos hospitalarios las siguientes:

1. La adquisición, previa selección de acuerdo a los criterios que se establezcan por el propio

centro, de los medicamentos y productos sanitarios necesarios que pudieran determinarse

por la dirección del centro.

2. La custodia, conservación, suministro o dispensación de los medicamentos y productos sanitarios precisos para el desarrollo de las actividades hospitalarias y tratamientos

extrahospitalarios que requieran una particular vigilancia, supervisión y control, así como de los que pudieran determinarse por la dirección del centro.

3. La preparación de fórmulas magistrales y preparados oficinales necesarios para la asistencia hospitalaria o extrahospitalaria que requieran una particular vigilancia, supervisión o control.

4. La elaboración y desarrollo de programas de farmacovigilancia hospitalaria.

5. La elaboración e implantación de guías y protocolos terapéuticos de aplicación en el

hospital.

6. El diseño y ejecución de programas específicos de formación del personal sanitario y de los usuarios en materia de medicamentos.

7. El impulso para la redacción de normas internas y protocolos de dispensación de medicamentos.

8. La investigación en el campo del medicamento y participación en ensayos clínicos, así como la custodia de los productos en fase de investigación clínica.

9. La vigilancia del cumplimiento de la legislación sobre estupefacientes y psicotropos.

10. La colaboración con los servicios farmacéuticos de atención primaria.

11. La colaboración en el programa de formación de farmacéuticos internos residentes.

12. La custodia de las órdenes hospitalarias.

13. La implantación de un sistema de garantía de calidad de acuerdo con procedimientos

normalizados de trabajo.14. Formar parte de las comisiones hospitalarias en que puedan ser útiles sus conocimientos

para la selección y evaluación científica de los medicamentos y de su empleo, orientando

su actuación al uso racional del medicamento.

15. La colaboración con las unidades de farmacología clínica, si las hubiera, y demás servicios

y unidades asistenciales que se precisen.

16. Cualquier otra que le atribuyan las leyes y los reglamentos.

Planificación y organización de un Servicio de Farmacia

El Servicio de Farmacia de un hospital es un Servicio General Clínico, integrado funcional y jerárquicamente en el hospital. De acuerdo a la legislación vigente, sobre regulación de los servicios farmacéuticos de hospitales, Ley de Hospitales de 21 de Julio de 1962, Orden de 1 de Febrero de 1977 (B.O.E.19 de febrero de 1977),y a la Ley del Medicamento 25/1990,de 20 de diciembre (B.O.E.número 306,2 de diciembre de 1990),tiene los siguientes objetivos:

– Garantizar y asumir la responsabilidad técnica de la adquisición ,calidad ,correcta conservación, cobertura de las necesidades ,custodia ,preparación de fórmulas magistrales o preparados oficinales y dispensación de los medicamentos precisos ,incluidos en la guía farmacoterapéutica del hospital.

– Establecer un sistema eficaz y seguro de dispensación de los medicamentos.

– Formar parte de la Comisión de Farmacia y Terapéutica del hospital ,y en el marco de la misma ,participar en la selección de los medicamentos a incluir y su empleo; e igualmente de las especialidades que deben ser excluidas del petitorio.

– Formar parte de todas aquellas comisiones en las que sus conocimientos puedan ser útiles.

– Establecer un sistema de información de medicamentos a pacientes y personal sanitario.

– Llevar a cabo actividades educativas sobre cuestiones de su competencia dirigidas a personal sanitario y a pacientes.

– Efectuar trabajos de investigación propios o en colaboración con otras unidades o servicios y participar en los ensayos clínicos con medicamentos.

– Realizar la dispensación ambulatoria a aquellos pacientes que lo precisen ,de acuerdo a la legislación vigente establecida.

– Establecer un sistema de farmacovigilancia dentro del hospital que permita la detección precoz de efectos secundarios y/o reacciones adversas importantes.

– Planificación de estudios de utilización de medicamentos. – Llevar a cabo actividades de farmacocinética clínica.

– Colaboración en programas educacionales y de formación con otras estructura sanitarias de la zona: atención primaria,atención especializada,colegios profesionales.

– Puesta en marcha de unidades centralizadas de mezclas intravenosas para la preparación,correcta conservación,seguimiento y dispensación de medicamentos de administración intravenosa.

– Integración en los equipos multidisciplinares de prescripción y seguimiento de nutriciones parenterales creados en el hospital.

– Creación de unidades centralizadas de preparación, correcta conservación,seguimiento y dispensación de medicamentos citostáticos.

– Llevar a cabo cuantas funciones puedan redundar en mejor uso y control de los medicamentos.

De acuerdo a estas funciones,vemos cómo las actividades farmacéuticas son de tipo asistencial, administrativo,tecnológico y científico.Como analizaremos en los siguientes apartados de este capítulo, cada una de estas funciones va a generar unos requerimientos y necesidades de localización,superficie,mobiliario,utillaje,de personal y organizativo, que trataremos de evaluar.

Se nos plantea la labor de planificar un Servicio de Farmacia,las etapas o fases que deberíamos seguir pueden ser:

a) Conocimiento funcional del hospital del que se trata,y de la política sanitaria que se pretende implantar a nivel del propio hospital y autonómico.Sería de interés poder visitar centros de referencia que se asemejen al que estamos planificando y que nos puedan dar una visión de nuestras necesidades,así como captar toda la información que nos pueda ser útil en el proyecto a realizar.Deberemos conocer: – Tipo de hospital de que se trata:

- Hospital general de ámbito rural,de distrito o comarcal. - Hospital general.

- Hospital monográfico.

- Centro socio sanitario. – Organigrama del hospital.

– Número y clase de servicios (en su inicio y futuros).

– Número de camas (en su inicio y posibles ampliaciones o disminuciones en el número). – Desarrollo informático del hospital.

– Distribución de

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