Sindicalismo
zusha25 de Septiembre de 2013
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Orígenes de las organizaciones mutuales y sindicales en el mundo
Las enfermedades, las tragedias y la muerte han llevado al hombre a asociarse, a solidarizarse con el otro, a ayudarse mutuamente. Por esa razón, los agricultores de las riveras del rio Nilo en Egipto, en el año 3000 antes de Cristo, se unieron para ayudarse en las inundaciones periódicas causadas por el río. Y esta organización es el antecedente histórico más antiguo que se tiene del mutualismo y de las diferentes formas de economía solidaria que luego ideó la humanidad.
En la antigua Grecia los artesanos se agruparon con el fin de prestarse servicios de tipo económico, social, religioso, dentro de los cuales se incluían los funerarios y los seguros. En Roma, surgieron los “Collegios o Fraternidades” con carácter religioso, que defendían los intereses de las viudas de los mercenarios, que morían en las guerras.
También en Roma se conformaron organizaciones cuyos fines eran los de prestar ayuda a los afiliados, ante riesgos de enfermedad y muerte. Grupos que se regían por estatutos y ordenanzas en los cuales se establecía el régimen y el gobierno, especificándose cargos similares a los que hoy conocemos como de presidente, tesorero y otros. Se estipulaba que si por algún motivo se disolvía la organización, los bienes que tuvieran pasaban al Estado y no podían ser distribuidos entre los afiliados, siendo esto el antecedente de lo que hoy se conoce como organización sin ánimo de lucro.
En Europa aparece durante la edad media, la guilda (de origen alemán), agrupaciones de comerciantes y artesanos con fines cívicos y de ayuda mutua, inspirados en el principio de la solidaridad.
Entre los siglos XV y XVIII, estas asociaciones tuvieron como objetivos el apoyo, el socorro a las personas con dificultades y la defensa de los intereses gremiales, al igual que cumplían funciones de capacitación.
En España aparecieron las “COFRADÍAS”(asociación piadosa), cuyo objetivo era la ayuda mutua. Durante el siglo XVIII fueron sustituidas por los MONTEPÍOS de origen italiano, que prácticamente eran bancos de caridad.
La filosofía y la práctica mutualista inspiraron durante la época de la revolución industrial el surgimiento de las ideas socialistas, del cooperativismo y del sindicalismo y más tarde propiciaron las políticas de seguridad social que han puesto en práctica los estados. Por ello, se puede afirmar, que el mutualismo es el origen común que tienen todas las formas de economía solidaria que hoy existen.
Los sindicatos con anterioridad a la industrialización moderna, existieron organizaciones, los gremios, que defendían en el seno de la actividad artesanal a los trabajadores de un determinado oficio. Regulaban la producción y controlaban hasta el más mínimo detalle. Los operarios tenían la oportunidad de ascender en la escala laboral según su pericia y méritos.
Aprendices y oficial en una sastrería italiana del siglo XIV. Ampliar imagen
Sastrería medieval. Frente a esas organizaciones de carácter preindustrial, los sindicatos nacieron como respuesta a los problemas planteados por la mecanización. Representaban a obreros desposeídos de la iniciativa y creatividad en el proceso productivo. Trabajadores británicos en 1911. Trabajo infantil. La total desprotección de éstos frente a los abusos de los capitalistas (prolongadas jornadas de trabajo, empleo infantil, mujeres mal remuneradas, fábricas insalubres, hacinamiento, despidos sin indemnización, miseria, etc), los empujó a organizarse en asociaciones para protegerse en caso de enfermedad, paro o inactividad huelguística. Gremios y sindicatos respondían, por tanto, a circunstancias económicas y sociales distintas.
A finales del siglo XVIII, en Inglaterra, cuna de la industrialización, nacieron las primeras asociaciones de trabajadores, las llamadas sociedades de ayuda mutua (o "socorro mutuo"). Las integraban esencialmente artesanos que trabajaban bajo el Domestic System. Su objetivo era la unión de los obreros para conseguir mejoras laborales y salariales, operando como cajas de resistencia frente a adversidades como la enfermedad o el desempleo.
A finales de ese siglo, por medio de una legislación represiva, las “Combination Laws” (1799 y 1800), se prohibió todo tipo de asociacionismo obrero, con lo que las organizaciones de trabajadores pasaron a ser ilegales y hubieron de ejercer su actividad clandestinamente.
En Francia, durante la década de los treinta del siglo XIX también florecieron las sociedades de ayuda mutua. En la siguiente década el ambiente reivindicativo (libertad de asociación y reducción de la jornada laboral a diez horas) alcanzó su máxima expresión en la revolución de 1848. El emperador de Francia Napoleón III Bonaparte. Napoleón III. Su fracaso y el advenimiento de Napoleón III al poder interrumpieron las perspectivas de mejora social.
Documento del Sindicato de Estivadores de Riverside (USA). 1910. Sindicato de estibadores. En Inglaterra, tras la abolición de las Combination Laws (1824), el asociacionismo obrero progresó rápidamente, organizándose según dos modelos: sindicatos de oficio (Trade Unions) y cooperativas.
Ambos sistemas carecían de reivindicaciones políticas, éstas surgirían por primera vez con el cartismo. En su origen, los Trade Unions británicos estuvieron constituidos por obreros de una localidad integrados en un mismo oficio y su propósito era prestar ayuda en caso de grave necesidad a sus miembros. Su financiación era atendida mediante aportaciones económicas que luego eran utilizadas en la asignación de pensiones y subvenciones varias.
Durante la década de los años treinta los Trade Unions fueron ampliándose y dejaron de estar limitados por oficio y localidad, abriéndose paso un sindicalismo de ámbito estatal.
En 1829, el dirigente obrero de origen irlandés Doherty, creaba el primer sindicato del algodón de implantación nacional. En 1834 Robert Owen reunió varios sindicatos de oficio en la Great Trade Union, alcanzando tal éxito que fue ilegalizado por el gobierno.
El fracaso de esta iniciativa unificadora llevó a los líderes del movimiento obrero a plantearse la necesidad de intentar otras experiencias, en este caso políticas, hecho que se concretó en el cartismo. El principal instrumento de presión de que se valieron los sindicatos en sus reivindicaciones fue la huelga. Mitin durante la huelga de transportes de 1911 en el Reino Unido. Mitin durante una huelga. Sindicalistas británicos defendiendo el derecho al trabajo durante la segunda década del siglo XX.
Sindicalistas británicos. Los Trade Unions, aunque tolerados, no se constituyeron legalmente hasta 1871. Durante las siguientes décadas no dejó de aumentar su número y el de sus afiliados, a finales de siglo sumaban más de 2 millones. En el resto de Europa los sindicatos adquirieron importancia a lo largo del último tercio del siglo XIX.
Contaban con una cuidada organización, dependencias, financiación y funcionarios propios, constituyéndose en elementos indispensables en las relaciones laborales.
Así surgieron, entre otros: en Alemania la Asociación General de Trabajadores Alemanes (1863), en España la Unión General de Trabajadores (UGT, 1888), en Francia la Confédération Générale du Travail (CGT, 1895), en Estados Unidos el American Federation of Labor (AFL, 1886).
Manifestación conjunta de los sindicatos UGT y CCOO en marzo de 2005.
Manifestación sindical.
Contrato colectivo de trabajo
El contrato colectivo, también llamado convenio colectivo de trabajo (CCT) o convención colectiva de trabajo, es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores (comités de empresa). También, en caso de que no exista un sindicato, puede ser celebrado por representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional.
Manifestación de trabajadores demandando la negociación del convenio de su empresa.
Hay varias tesis sobre su naturaleza. Puede ser contractual (los que consideran al convenio como un contrato), puede ser normativa (consideran al convenio como una norma), o puede ser ecléctica (tener rasgos de contrato y de norma).
El contrato colectivo de trabajo puede regular todos los aspectos de la relación laboral (salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales), así como determinar reglas para la relación entre los sindicatos
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