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Sistema De Gestionde Seguridad Y Salud En El Trabajo

yurynarvaez5 de Septiembre de 2014

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INTRODUCCIÓN

El TRABAJO es la base y fundamento de la vida social e individual. Es la actividad por medio de la cual el hombre se relaciona con la naturaleza para satisfacer sus necesidades y desarrollarse a sí mismo.

Dentro del medio laboral, el trabajador interactúa con diferentes condiciones de trabajo que pueden afectarlo positiva o negativamente. Por eso se dice que el trabajo puede convertirse en un instrumento tanto de salud como de enfermedad para el individuo, la empresa y la sociedad.

Se establece, entonces, una relación directa entre la SALUD y el TRABAJO, entendida como el vínculo del individuo con la labor que desempeña y la influencia que sobre la salud acarrea dicha labor. La realización de la tarea y el entorno en que se realiza la labor se denomina CONDICIONES DE TRABAJO, constituidas por factores del medio ambiente, de la tarea y de la organización.

Los efectos desfavorables de las condiciones de trabajo son los accidentes de trabajo, enfermedades laborales, ausentismo, rotación de personal y mal clima organizacional, que se traducen en una disminución de la productividad de la empresa y en un deterioro de la calidad de vida de los trabajadores.

La Salud Ocupacional busca con la intervención de varias disciplinas y con la participación activa de todos los niveles de EMPRESAS PUBLICAS DE NEIVA, mejorar las condiciones de trabajo y de salud de la población trabajadora, mediante acciones coordinadas de promoción de la salud, la prevención y el control de los riesgos, de manera que faciliten el bienestar de la comunidad laboral y la productividad de la empresa.

Estas acciones se materializan en el Programa de Salud Ocupacional entendido como la planeación, organización, ejecución y evaluación de las intervenciones sobre las Condiciones de Salud (medicina preventiva y del trabajo) e (Higiene y Seguridad Industrial), tendientes a mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus ocupaciones y que deben ser desarrolladas en sus sitios de trabajo en forma integral e interdisciplinaria.

Por todo lo anterior se justifica la elaboración e implementación de un Programa de Salud Ocupacional que garantice el mejoramiento continuo de las condiciones de salud, trabajo y el bienestar de los trabajadores, para que se desempeñen de una manera adecuada y eficiente, permitiendo su crecimiento personal, familiar y a la vez el mejoramiento de la productividad de la empresa.

Mediante este Programa de Salud Ocupacional, EMPRESAS PUBLICAS DE NEIVA implementará acciones con el fin de mantener condiciones laborales que garanticen el bienestar, la salud de los trabajadores y la productividad de la empresa.

JUSTIFICACIÓN.

El desarrollo industrial y los adelantos tecnológicos han traído consigo un aumento de los factores de riesgo en el ambiente laboral, aumentando las probabilidades de accidente de trabajo y enfermedades laborales en la población de trabajadores expuestos.

EMPRESAS PUBLICAS S.A. E.S.P., dentro de su responsabilidad legal y moral sobre las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores, implementará el programa de gestión de Seguridad y salud en el trabajo, con la seguridad de que su aplicación le permitirá disponer de una herramienta de trabajo efectiva, que garantice un ambiente laboral con factores de riesgo controlados, lo que trae consigo la disminución en las pérdidas sociales, materiales y económicas generadas por los accidentes de trabajo y enfermedades laborales; incrementando además la productividad y el mejoramiento continuo.

La gerencia de EMPRESAS PUBLICAS S.A. E.S.P, se permite presentar a los trabajadores el presente documento que contiene el Programa de Salud Ocupacional (SG.SST), el cual contara con el permanente respaldo de esta gerencia y de todos los estamentos de la empresa.

1. OBJETIVOS

1.1 Objetivo general

• Promover, mantener y mejorar las condiciones de salud y de trabajo de los funcionarios de la institución, estableciendo actividades de prevención de accidentes y enfermedades de origen laboral en búsqueda de la preservación de su estado de bienestar físico, mental y social, tanto a nivel individual como colectivo, con el fin de mejorar la productividad de la institución.

1.2 Objetivos Específicos

Cumplir la legislación vigente de salud ocupacional, contemplada en los decretos 614 / 1.984, resolución 2013/ 1.986, 1016/ 1.989 y decreto ley 1295/1994 y Ley 776 /2001

Evaluar en forma cualitativa y cuantitativa la magnitud de los factores de riesgos presentes en la institución, para disponer de parámetros concretos que permitan medir la agresividad de los mismos sobre los trabajadores y su evolución en el tiempo.

Elaborar y mantener actualizado el panorama de factores de riesgos para reconocer las fuentes generadoras, el número de expuestos y el tiempo de exposición, entre otras.

Fomentar programas de promoción de estilos de vida y trabajo saludables en los funcionarios de la institución, para formar trabajadores con costumbres sanas, disminuyendo ausentismo por enfermedad común u otras causas diferentes al trabajo.

Promover las normas internas de Salud Ocupacional y el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, para facilitar el control de los factores de riesgo y prevenir la aparición de accidentes y enfermedades laborales.

Conformar y fomentar los grupos de apoyo del Programa de Salud Ocupacional: Comité Paritario de Salud Ocupacional - Brigada de Emergencia, los cuales liderarán el desarrollo y adecuado cumplimiento de las metas establecidas por la empresa, en beneficio de la salud de los trabajadores.

Planear y organizar las actividades de acuerdo a los factores de riesgo prioritarios y teniendo en cuenta la atención al ambiente y a las personas.

Organizar las actividades de capacitación al personal de acuerdo a los factores de riesgo de la empresa y asegurando una cobertura de toda la población de la institución, especialmente la más vulnerable.

Asegurar la calidad de las actividades de higiene, seguridad, ergonomía y medicina del trabajo desarrolladas por la empresa con el propósito de garantizar el control de las condiciones de riesgo causantes de lesiones profesionales.

Diseñar actividades de vigilancia epidemiológica que nos lleven a una revisión permanente de los parámetros estipulados dentro del programa.

2. ESTRUCTURA

2.1 MARCO LEGAL.

La Ley colombiana se refiere y legisla de manera específica la Salud Ocupacional en los siguientes Decretos y Resoluciones:

Resolución 2400 de 1979: En su artículo 2 determina como obligación de los patronos «crear y desarrollar los comités de higiene y seguridad industrial».

Decreto 614 de 1984: En su artículo 25 y 26 reitera la conformación y responsabilidades de los comités de seguridad e higiene industrial.

Resolución 2013 de 1986 Reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo.

Resolución 1016 de 1989 En su artículo 12 y 13 confirma a los comités como parte integrante de los programas de salud ocupacional en las empresas.

Decreto 1295 de 1994 El cual determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, ajustado a través de la ley 776 de 2002.

Ley 1562 del 12 de julio 2012 Modifica el sistema de riesgos laborales y se dictan otras disposiciones en materia de salud ocupacional

Decreto 1530 de 1996 En el artículo cuarto reglamenta que cuando un trabajador fallece como consecuencia de un Accidente de Trabajo una Enfermedad Profesional, el empleador debe adelantar junto con el Comité Paritario ó el Vigía Ocupacional, dentro de los 15 días calendario siguiente a la ocurrencia de la muerte una investigación para determinar las causas y remitirlo a la ARP correspondiente.

Resolución 1401 de 2007

Le da obligatoriedad a la investigación de todos los accidentes e incidente de trabajo sucedidos al interior de la institución. El COPASO debe supervisar que todo evento sea verificado y se deba tomar las medidas correctivas.

Resolución 4059 Por el cual se adopta el formato único para el Reporte de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

La Ley 9ª de 1.979 Establecer normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones. Establece medidas sanitarias sobre protección del medio ambiente, suministro de agua, saneamiento, edificaciones, alimentos, drogas, medicamentos, vigilancia y control epidemiológico.

Decreto 1309 de 1946 Reglamento Higiene y Seguridad Industrial

Decreto 2644 de 1994 Tabla única para las indemnizaciones por pérdida

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