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Sistema Educativo Bolivariano

marbe20Trabajo20 de Diciembre de 2012

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Resumen

Este trabajo emprende, a través del análisis de contenido, el estudio de la propuesta de diseño curricular del Sistema Educativo Bolivariano presentada a la discusión pública en septiembre de 2007 por el Ejecutivo Nacional. Este diseño suplirá el currículo básico nacional de 1997-98. El análisis descubre un conjunto de categorías que integran el contenido de la propuesta: fines y principios, finalidad, estructura y delimitación del Sistema Educativo Bolivariano, estructura, y base conceptual: los conceptos de educación, conocimiento y aprendizaje, sociedad; el ser humano, el niño, la niña, el y la adolescente; formación de la conciencia; la idea de cambio y transformación, lo viejo y lo nuevo. Esta propuesta se construye sobre los discursos de Simón Bolívar, análisis y posturas de Simón Rodríguez, proclamas de Ezequiel Zamora; propuestas y reflexiones de Prieto Figueroa y Belén Sanjuán. Se propone la búsqueda de lo autóctono, las raíces étnica y cultural del país y de nuevas formas de educación, en las que el estudiante asume protagonismos importantes, convirtiéndose en el centro de atención del diseño de las experiencias de aprendizaje.

Palabras claves: Sistema Educativo Bolivariano, estructura, diseño curricular, conocimiento, aprendizaje, reforma, transformación

Estrutura e base conceitual do desenho cunicular do sistema Educativo Bolivariano

El Ejecutivo Nacional (1998-2008) de la República Bolivariana de Venezuela se ha planteado, entre otros objetivos de máximo interés, redefinir y reestructurar la educación a partir del ideario pedagógico, político y doctrinario de Simón Rodríguez (1769-1853), Simón Bolívar (1783-1830), Ezequiel Zamora (1817- 1860), Prieto Figueroa (1902-1993) y Belén Sanjuán (1917-2004), y sustentado en las raíces autóctonas de la cultura venezolana, signada por la multietnicidad y multiculturalidad. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999), los programas educativos banderas: escuelas bolivarianas, misiones educativas, y el diseño curricular del sistema educativo bolivariano registran y recogen las intenciones del Estado venezolano en materia educativa.

El diseño curricular del Sistema Educativo Bolivariano (SEB, 2007) contiene las bases teóricas de la propuesta de reforma de la educación venezolana desde la educación inicial hasta la educación secundaria, educación especial, educación de jóvenes, adultos y adultas, y educación intercultural. Este documento intenta atrapar y darle forma discursiva a la nueva educación, a través de la cual se formaría la nueva sociedad, la nueva república, el nuevo ciudadano y la nueva ciudadana. Este documento teórico es objeto de estudio en este trabajo. El análisis de contenido descubre un grupo de categorías que estructuran la propuesta curricular del sistema educativo venezolano. La discusión de este documento girará en torno a las categorías que definen la estructura y la base conceptual del currículo del sistema educativo bolivariano.

1. Finalidad, estructura y delimitación curricular del sistema educativo venezolano

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) es la base legal del sistema educativo venezolano. En ella se definen las finalidades y características de la educación formal, alcance, y estructura del sistema educativo y delimitaciones curriculares, así como las responsabilidades del Estado en materia educativa.

En la CRBV, “la educación es un instrumento del conocimiento científico, tecnológico y humanístico, que tiene la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad (CRBV, 1999, Art. 102); es un deber social y un derecho (humano) fundamental. En tanto derecho individual y deber social, la educación es un servicio público prestado por el Estado. (Art. 102). A fin de garantizar el ejercicio de tal derecho y la observancia del deber; en Venezuela, la educación tiene que ser democrática, gratuita, obligatoria, permanente, integral y de calidad. La gratuidad se extiende desde el maternal hasta el pregrado de la educación superior y la obligatoriedad desde el maternal hasta la educación media diversificada. La calidad educativa es un derecho de todos los ciudadanos habitantes del territorio nacional. Todos los habitantes del territorio nacional de Venezuela, “tienen derecho a una educación integral de calidad, permanente en igualdad de condiciones y oportunidades…” (CRBV, Art.103). Con respecto a la prescripción de la estructura del sistema educativo, la CRBV (1999), en los artículos 102, 103, 107, 110 se estima que el sistema se estructurará en niveles y modalidades. Los niveles a los cuales hace referencia van desde el maternal hasta la educación superior. Específicamente se mencionan los niveles de la educación maternal, educación media y educación superior. Los otros niveles están sobreentendidos: educación inicial y educación básica. La Constitución no especifica las modalidades. Es probable que el legislador haya tenido en mente modalidades referidas a la educación especial, educación de las artes, la educación de adultos y adultas, la educación intercultural bilingüe, la educación penitenciaria, educación interactiva a distancia, entre otras.

Igualmente, la CRBV (1999, Arts. 107, 110) delimita las áreas curriculares necesarias y obligatorias de la educación formal venezolana, estructuradas en campos de aprendizaje conocidos en la educación venezolana tradicional. Son obligatorias la Educación Ambiental, en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, y Lengua Castellana, Historia y Geografía de Venezuela, Principios del Ideario Bolivariano y Educación Física y Deportes en todos los niveles y modalidades del sistema educativo, desde el maternal hasta el ciclo diversificado. No son obligatorias las matemáticas, las ciencias naturales, las ciencias sociales, los idiomas extranjeros, la literatura, educación estética, ni educación para el trabajo. Tampoco se las prohíbe, ni se las limita. Todas ellas quedan supeditadas a las necesidades del desarrollo científico, tecnológico, humanístico, artístico y laboral del país. La Constitución no puede considerar los detalles del contenido de la educación, sólo delimita, prescribe las áreas que definen los aspectos comunes y generales de la educación venezolana en todo el territorio nacional, y deja abierto un campo mayor en la definición de la educación como un “instrumento del conocimiento científico, tecnológico y humanístico para desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad” (op. cit., Art.102). Este objetivo se dirige a seres humanos particulares, diferenciados, individuales, así como a comunidades y colectivos sociales. Se infiere la preeminencia del ser individual sobre el ser social, al referirse a “cada ser humano, y pleno ejercicio de su personalidad”. El ejercicio de la personalidad es la expresión del individuo en su plenitud, en su totalidad cognitiva, afectiva, emocional, social, física. Es evidente que este objetivo no se logra sólo a través de las disciplinas clásicas que definen los contenidos y experiencias educativas, ni por la acumulación de formas particulares de conocimiento. La Constitución se ha limitado a enunciar las áreas de conocimiento obligatorias, sin definir la profundidad, amplitud, ni variedad de los saberes necesarios. Tampoco define las formas educativas que serán necesarias y adecuadas al desarrollo científico, tecnológico y humanístico del país.

Para implantar la estructura del sistema educativo, instrumentar la finalidad de la educación, y garantizar la expansión del sistema, la democratización, obligatoriedad, gratuidad, y calidad de la educación, el Estado adquiere obligaciones en materia educativa. Tales obligaciones se contemplan en el Art. 103 de la CRBV (1999).

1. El Estado realizará una inversión prioritaria de conformidad con la recomendación de la ONU.

2. El Estado creará y sostendrá instituciones suficientes, para asegurar acceso, permanencia, y culminación en el sistema educativo.

3. El Estado estimulará la actualización permanente y garantizará estabilidad en el ejercicio de la carrera docente.

4. El Estado garantizará que la educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad académica.

5. El Estado asegurará y garantizará que el ingreso, promoción y permanencia del personal docente en el sistema educativo serán establecidos por ley y responderán a criterios de evaluación de méritos sin injerencia partidista o de otra naturaleza no académica.

En el cuadro siguiente (No. 1), que proponemos a continuación, se resume el texto constitucional que contiene la finalidad, definiciones y características de la educación, los elementos estructurales y prescripción curricular.

. Fines y principios del diseño curricular del sistema educativo bolivariano

Los fines y principios que sustentan el sistema educativo bolivariano se agrupan en dos dimensiones: una dimensión individual y otra social. La primera, expresa un interés básico en el ser humano individual, desde la primera infancia hasta la adultez, sujeto de la educación formal en contextos culturales sociales particulares, distintos y diversos. La segunda, centra el objetivo alrededor del ser social, la idea del “nuevo ciudadano”: y “persigue garantizar el carácter social de la educación en toda la población venezolana” (Ministerio del Poder Popular para la Educación, (MPPE, 2007, p. 21)

1. La dimensión individual, referida al carácter subjetivo, personal e intransferible del individuo en la educación se expresa de la siguiente manera:

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