ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sociedades Mercantiles


Enviado por   •  15 de Febrero de 2013  •  3.216 Palabras (13 Páginas)  •  2.799 Visitas

Página 1 de 13

SOCIEDADES MERCANTILES

Mantilla Molina la define como “Acto jurídico mediante el cual los socios se obligan a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de acuerdo con las normas que, para algunos de los tipos sociales en ella previstos, señala la ley mercantil”.

Y establece que “la constitución de la sociedad crea un nuevo sujeto jurídico: la persona social al mismo tiempo que engendra derechos y obligaciones de los que son titulares las partes que en dicha constitución, intervienen derechos y obligaciones cuyo conjunto forma el estado o calidad del socio.

PRESUPUESTOS PARA SU CONSTITUCION

1- Affectio Societatis. Este término se deriva y se bifurca en dos partes: la de Affectio y la de Societatis. Y por affectio se entiende a la “disposición de animo, voluntad deseo” y por societatis a la “voluntad de la sociedad, deseo formal de integrar una sociedad, en virtud de la confianza mutua entre los socios que la forman”.

2- Aportaciones sociales. Este otro presupuesto deviene del fin para el cual las personas interesadas en la constitución de la sociedad se unen combinando sus esfuerzos y sus voluntades. Este fin será económico y sobre todo, con el ánimo de conseguir una ganancia, un lucro ya que por esta finalidad cada socio de acuerdo con la ley de la materia realiza aportaciones tanto en numerario como en especie.

3- Fin Común. Este presupuesto es muy indispensable para determinar el querer de los socios de toda sociedad mercantil. En efecto al constituir cualquier sociedad mercantil será necesario precisar el motivo u objeto que perseguirá en el ejercicio de su actividad mercantil y que este fin será común porque al materializar la sociedad como tal, tanto en su patrimonio como en su finalidad u objeto no será privativo de ningún socio y pertenecerá y extenderá a todos los socios que han querido la formación de la sociedad mercantil.

CLASIFICACION

Es variada además de abundante, la clasificación que la doctrina hace en relación a las sociedades mercantiles. Citando a Soprano dice que “las sociedades mercantiles se clasifican en dos grupos:

1. Los que tienen un fin lucrativo en el cual se incluyen las cinco formas de sociedades se me regulan en la Ley General De Sociedades Mercantiles.

2. Los que tienen un fin mutualista entre los cuales se encuentran las cooperativas y las sociedades mutualistas, que la primera esta regulada por la Ley de la materia como una especie de sociedad mercantil y por cuanto a la segunda, se regula por la Ley General de Seguros.

Como quiera que sea, tanto Mantilla Molina como Cervantes Ahumada se inclinan por la clasificación tradicional, que es la siguiente:

1. Sociedades de Personas, que se caracteriza porque al constituirse se toman en consideración los aspectos personales de los socios que participan en el acto constitutivo y usan para su identificación la razón social que se forma con el nombre de uno o mas socios, además de que responde frente a terceros de manera solidaria, ilimitada y subsidiaria tal y como se desprende del articulo 25 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. La sociedad en nombre colectivo es el ejemplo típico de las sociedades de personas.

2. Sociedades de Capitales, se caracteriza por que la importancia radica mas que en localidad de las personas, en la aportación de capital que hacen los socios en el momento del acto constitutivo, capital de gran importancia en relación con la actividad a la que se dedicara la sociedad. Para su identificación utilizan denominación social y en este tipo de sociedades queda limitada la responsabilidad de los socios frente a terceros con la salvedad de lo que dispone la ultima parte del articulo 7 de la Ley General de Sociedades Mercantiles para los socios que, antes del registro del acta constitutiva, celebren operaciones a nombre de la sociedad, caso en el cual, quedan quedan obligadas de manera total: el ejemplo mas representativo de este tipo de sociedades es la sociedad anónima.

3. Sociedades Mixtas, dentro de estas, comúnmente se encuentran a socios personalistas y socios capitalistas. El artículo 51 de la Ley respectiva regula la sociedad mixta por excelencia, que es la sociedad en comandita, la cual se distingue por tener una razón social y sus socios comanditados responden de manera ilimitada, subsidiaria y solidaria de las obligaciones sociales y de socios comanditarios que solo se obligan al pago de sus aportaciones. Los comanditados son personalistas y comanditarios capitalistas.

En opinión de Cervantes Ahumada, existen sociedades más flexibles respecto a su constitución como son las Sociedades de Responsabilidad Limitada que pueden constituirse con socios personalistas, con socios capitalistas o ambas clases de socios. También comenta que las Sociedades cooperativas, sin ser sociedades de personas, sus socios, al constituirla deben cumplir con un requisito de carácter personal que es el de pertenecer a una clase de persona: las personas que son trabajadoras.

Tanto Mantilla Molina como Cervantes Ahumada coinciden en señalar que esta clasificación no es tan importante en la esencia y en el fondo respecto a lo jurídico, pues según el primero “…ni hay sociedades de personas sin aportación, ni sociedades de capital sin personas que lo aporten…”

Finalmente la Ley General de Sociedades Mercantiles, no clasifica, sino que establece la forma que pueden tener las sociedades mercantiles y conforme al artículo primero, estipula que, se reconocen las siguientes especies:

 Sociedades colectivas. Son las que involucran dos o más personas que, ilimitada y solidariamente responsables, se unen para comerciar en común.

 Sociedades anónimas. Es una persona jurídica que se crea a partir de la reunión de un fondo común, que cuenta con accionistas responsables sólo por sus respectivos aportes y es administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. Estas sociedades se constituyen con un capital social mínimo de $50,000 pesos, dividido en partes iguales llamadas acciones y por mínimo 2 personas. Su duración puede ser de 1 a 99 años. Estas sociedades pueden ser abiertas o bien cerradas.

 Sociedades en comanditas simples o por acciones. Son aquellas que se celebran entre una o más personas que prometen llevar a la caja social un determinado aporte, y una o más personas que se obligan a administrar exclusivamente la sociedad por sí o sus delegados y en su nombre particular. En este tipo de sociedad, no todos están obligados a lo mismo,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (21.1 Kb)  
Leer 12 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com