Sociedades Y Compañias Anonimas
polenty121 de Junio de 2012
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República Bolivariana de Venezuela.
Ministerio del Poder Popular Para la Educación Superior.
Misión Sucre - Universidad Bolivariana de Venezuela “U.B.V.”
Programa de Formación de Grado en Estudios Jurídicos. “PFGEJ”
Aldea Universitaria “Antonio Ramón Silva.”
San Cristóbal - Estado Táchira.
Las sociedades y compañías anónimas son el resultado de la unión voluntaria de seres racionales en torno a un fin común. Esto postula la existencia de un orden por el cual se distribuyan los trabajos y se repartan los beneficios, y demanda también la existencia de una potestad, que vigile el cumplimiento de tal orden.
Por lo que es evidente que toda sociedad, toda unión moral de hombres, requiere un orden para constituir una unidad, como lo es también que necesita una potestad que haga efectivo ese orden.
La constitución de la sociedad crea un nuevo sujeto jurídico, la persona social, al mismo tiempo que engendra derechos y obligaciones de los que son titulares las partes que en dicha constitución intervienen, derechos y obligaciones cuyo conjunto forma el estado o calidad de socio.
En el sistema jurídico Venezolano se reconocen diversas clases de sociedades, entre ellas, las mercantiles. Atendiendo a su definición estas sociedades son la "asociación de personas que crean un fondo patrimonial común para asistir en la explotación de una empresa, con ánimo de obtener un beneficio individual participando en el reparto de las ganancias que se obtengan".
Regulada esta temática en el artículo 201 del Código de Comercio “las Sociedades Mercantiles” se dividen en: Sociedades en Nombres de Colectivos; Sociedades en Comandita; Sociedades Anónimas; Sociedades de Responsabilidad Limitada.
En este sentido se tiene que el Documento Constitutivo como aquél que contiene la exteriorización de la voluntad contractual de los socios y que al registrarse y publicarse da nacimiento a la personalidad jurídica de una sociedad.
Los Estatutos, vienen a constituir la regulación detallada del funcionamiento de la sociedad como tal. Las bases o parámetros que servirán de regla durante su giro social.
Tratándose el Documento Constitutivo y los Estatutos de documentos distintos, se observa como su regulación a veces es tratada en forma conjunta por el Código de Comercio (Art. 213) y en otras en forma separada (Arts. 280, 292).
A este respecto se tiene que las esenciales que debe contener el la redacción de tal documento son:
Denominación Social.
Del Domicilio.
La Especie de los Negocios a que se Dedica.
El Capital.
La Identificación de los Accionistas.
El Valor de los Créditos.
En cuanto a las reglas para formar los Balances y calcular y repartir los Beneficios.
Las Ventajas o Derechos particulares otorgados a los promotores.
La forma de Administración.
Los Comisarios.
A la Asamblea General corresponden.
Giro social.
Amanera de conclusión se tiene que para la creación de una sociedad o empresa la fundamentación jurídica parte de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (en el preámbulo, el título III de los derechos económicos), el Código Civil Venezolano y el Código de Comercio que son las normativas que establecen los parámetros a cumplirse para la constitución de una empresa o sociedad mercantil.
Y dentro de este contexto el documento constitutivo y los estatutos donde se establecen la normativa interna que regula la actuación y rol que desempeña cada participante o socio de la misma.
BIBLIOGRAFÍA:
• CODIGO DE COMERCIO – Congreso Nacional 23-07-55 - G.O. Nº 475 Ext. del 21-12-55.
• CÓDIGO DE COMERCIO Y NORMAS
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