ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sociedades

Ferregoyo24 de Octubre de 2014

861 Palabras (4 Páginas)443 Visitas

Página 1 de 4

Esta Ley reconoce las siguientes especies de sociedades mercantiles:

I.- Sociedad en nombre colectivo;

La sociedad en nombre colectivo es la que ha sido celebrada entre dos o varias personas, que responden personal y solidariamente de todo el pasivo social, y la cual se designa por medio de una razón social compuesta de los nombres de todos los socios, o del de alguno de ellos seguido solamente de las palabras “y compañía”.

El código de comercio define a las sociedades en nombre colectivo de la siguiente manera: “La Compañía en Nombre Colectivo es aquella que contraen dos o más personas, y que tiene por objeto hacer el comercio bajo una razón social.

Esta definición no es suficiente, pues en ella no se hace mención de estos importantes caracteres:

La obligación personal e indefinida inherente a los socios que la integran que la integran.

La solidaridad que debe de existir entre los socios.

Ejemplos:

GALAZ, YAMAZAKI, RUÍZ URQUIZA, S.C. | CASA DE AHORRO |

MOJICA Y COMPAÑÍA, S.C. | CASA DE AHORRO |

CAJA LA GUADALUPANA, S.C. | CASA DE AHORRO Y PRESTAMO |

KPMGCÁRDENAS DOSAL, S.C. | SERVICIOS DE AUDITORÍA

II.- Sociedad en comandita simple;

Estas sociedades son también derivadas de las sociedades colectivas, pero las condiciones en que se incorporan sus socios son diferentes. Se celebran entre una o más personas que prometen llevar a la caja social un determinado aporte, y una o más personas que se obligan a administrar exclusivamente la sociedad por sí mismos o por sus delegados y en su nombre particular.

• Socio Gestor, (que podrá ser una o más personas) que no aporta dinero ni especies para la constitución de la sociedad, a ningún título. Su participación se origina en su trabajo personal, o en sus conocimientos de un producto o procedimiento dado, o en una habilidad artística o productiva.

• Socio Comanditario, (que también podrá ser una o más personas) que aporta los recursos financieros para la constitución de la sociedad.

Las características generales de estas sociedades son:

• La responsabilidad del socio gestor es ilimitada, al igual que un socio de sociedad colectiva y la responsabilidad del socio comanditario está limitada al monto de los aportes comprometidos en la escritura social de constitución de la sociedad.

• La administración recae exclusivamente en el socio gestor, con expresa prohibición a los socios comanditarios de intervenir en ella, ni siquiera como mandatarios o apoderados del socio gestor, porque si así lo hicieran se harían responsables de los resultados de la sociedad, convirtiéndose de hecho en socios con responsabilidad ilimitada.

• Los socios gestores necesitarán la autorización unánime de sus consocios para enajenar sus derechos sociales, mientras que los socios comanditarios podrán hacerlo libremente.

Ejemplos

BOLAÑOS, CHÁVEZ Y CÍA, S. EN C. | ASESORIA |

AWECO DE MEXICO S EN C DE CV | PRODUCTOS INDUSTRIALES |

ALUMINIO ESPAÑA Y CIA, S. EN C. | METALURGICA |

III.- Sociedad de responsabilidad limitada;

Cuando los organizadores de la sociedad desean estipular una condición restrictiva en relación con la responsabilidad de los socios frente a terceros, se opta por estas sociedades. Ellas mantienen todas las condiciones relativas a la administración y a la cesión de derechos de las sociedades colectivas, pero en la escritura social de constitución se indicará que la responsabilidad de los socios quedará limitada respecto de las deudas sociales. La responsabilidad podrá limitarse al monto de los aportes comprometidos en el contrato o a la cantidad indicada en éste, la que no podrá ser inferior a los primeros. La ley obliga a señalar esta condición, por lo que se incorpora al término del nombre: "Constructora Renato

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (6 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com