TALLER 1 MICROECONOMIA
SERAFRICANO15 de Abril de 2015
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TALLER TRIBUTARIA I
Presentado por:
Profesor:
MARIA ANGELICA
TALLER TRIBUTARIA I
CORPORACION UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS
CONTADURIA PÚBLICA
TRIBUTARIA I
BOGOTA - COLOMBIA
2015
1. Tabla de contenido
1. Sujeto Activo 3
2. Sujeto Pasivo 3
3. Que es Renta ……………………………………………………………………….3
4. Impuesto Sobre la Renta……………………………………………………………3
5. Cuadro Sinóptico Reforma Tributaria Ley 1739 Dic/14…………………………...6
6. Que es Cree…………………………………………………………………………9
7. Quienes son Sujetos Pasivos del Cree…………………………………………… ..9
8. Cuál es el Hecho Generador del Cree………………………………………………9
9. Como se Determina la Base Gravable del Cree……………………………………9
10. Cuál es la Tarifa del Cree…………………………………………………………10
11. Renta Presuntiva…………………………………………………………………..10
12. Renta Bruta………………………………………………………………………..10
13. Renta Líquida……………………………………………………………………..10
14. Patrimonio Bruto………………………………………………………………….10
15. Patrimonio Líquido………………………………………………………………..11
16. Que es Tributo…………………………………………………………………….11
17. Tipos de Tributos………………………………………………………………….11
18. Elementos del Tributo…………………………………………………………….11
1. SUJETO ACTIVO: Es aquel a quien la ley faculta para administrar y percibir los tributos, en su beneficio o en beneficios de otros entes. A nivel nacional el sujeto pasivo es el Estado representado por el Ministro de Hacienda y más concretamente por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (en relación con los impuestos administrados por esta entidad conocida como DIAN).
A nivel departamental será el Departamento y a nivel municipal el respectivo Municipio.
2. SUJETO PASIVO: Se trata de las personas naturales o jurídicas obligadas al pago de los tributos siempre que se realice el hecho generador de esta obligación tributaria sustancial (pagar el impuesto) y deben cumplir las obligaciones formales o accesorias, entre otras: declarar, informar sus operaciones, conservar información y facturar.
Los sujetos pasivos cumplen sus obligaciones en forma personal o por intermedio de sus representantes legales.
3. QUE ES RENTA: Es el incremento neto de la riqueza Todo ingreso que una persona natural o jurídica percibe y que puede consumir sin disminuir su patrimonio. Diferencia entre los ingresos y los gastos necesarios para su obtención.
4. IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Es un impuesto que se declara y se paga cada año y recae sobre los ingresos de las personas o de las empresas. Para calcularlo se requiere conocer la renta líquida del contribuyente y para determinar la renta líquida se debe encontrar primero la renta bruta.
El origen del impuesto de renta en Colombia se remonta a la Ley 30 de 1821, que fijó a nivel nacional un impuesto a la renta o ganancias de los ciudadanos. En su artículo 10 estableció que “Toda clase de rentas o sueldos fijos, eventuales o que provengan de la industria de los individuos, nada pagarán cuándo no lleguen a $150 pesos anuales efectivos; de esta suma hasta mil pesos pagarán el dos por ciento y de mil pesos para arriba el tres por ciento de la cantidad excedente”. Durante el siglo XX se llevaron a cabo 24 reformas tributarias en Colombia, de las cuales 10 sucedieron en la primera mitad del siglo. Esto significa que hubo en promedio 1,6 reformas tributarias por década, mientras en la segunda mitad el promedio fue de 3,2. La década de los noventa (1991-2000) registró 8 reformas tributarias, lo cual no tiene antecedentes en la historia del país. En todas las reformas, el impuesto de renta ha sufrido innumerables ajustes.
En la evolución de la estructura tributaria colombiana se observan tres fases claramente diferenciadas. La primera, el período 1925-1943, cuando los impuestos indirectos eran la principal fuente de tributación. La segunda entre 1944 y 1973, cuando se observa una participación de los tributos directos e indirectos en los recaudos totales m uy similar y, la tercera, a partir de 1974, cuando los impuestos indirectos ganaron participación, haciendo la estructura tributaria más regresiva.
En la primera mitad del siglo XX, los ingresos del Gobierno Nacional provenían en un 80% de los impuestos de aduanas y comercio exterior (aduanas y recargos), “impuestos de conversión”, (tonelaje, derechos de exportaciones, y consular), 3,2% del impuesto de timbre y papel sellado y 4,2% de otros im puestos (Fondo Especial de Caminos, Minas, Sucesiones y Donaciones y Sanidad). El restante 13% correspondía a ingresos no tributarios y de capital. La articulación de la economía interna aún era m uy rudimentaria, lo que explicaba el recargo fiscal en la actividad económica externa. En 1910, el 72,2% de los ingresos tributarios provenía del comercio exterior y el resto provenía de impuestos menores.
En 1953 el Gobierno militar de Rojas Pinilla expidió los Decretos 2317 y 2615, con los cuales realizó una drástica reforma al impuesto de renta y al régimen de avalúos catastrales con el fin de afianzar las finanzas municipales. Con la finalización de la bonanza cafetera de 1955 y 1956, se precipitó una nueva crisis fiscal, que obligó al gobierno a acudir a una sobretasa del 20% al impuesto a la renta y a decretar una amnistía tributaria. Durante las décadas del cincuenta y sesenta el sistema tributario se recargaba especialmente en los impuestos directos. A partir de la expedición del impuesto a las ventas (1963-1965) esta tendencia se revierte, de manera que los impuestos indirectos empezaron a cobrar más importancia. Las Leyes 37 y 38 de 1969 consolidaron la retención en la fuente sobre salarios y dividendos y el régimen de anticipos.
La Misión Musgrave en 1971, proporcionó una visión independiente de la problemática fiscal del país. Esta concluyó que existía un desbalance en la estructura tributaria, donde el impuesto a la renta estaba 60% por encima del promedio de otros países del contexto latinoamericano. La Reforma de 1974, introducida mediante el mecanismo de emergencia económica, creó un correctivo parcial a la inflación con el propósito de evitar distorsiones generadas por ella. Gravó parcialmente el rendimiento de las cuentas corrientes y de ahorro en el sistema de valor constante UPAC, y eliminó también el sistema que calculaba la renta de actividades ganaderas, el cual consistía en tomar como costo el precio del ganado al final del año anterior.
En 1983 se introdujo una nueva reforma mediante el mecanismo o decreto de emergencia económica (Leyes 9 y 14) del presidente Betancur en 1982, que redujo la tasa marginal máxima del impuesto a la renta a personas naturales de 56% a 49% y además se estableció el Impuesto al Valor Agregado (IVA) con una tasa única de 10%, exceptuando ciertos productos suntuarios. La reforma tenía como objetivos incrementar los ingresos tributarios y utilizarlos para sustituir los ingresos provenientes de la Cuenta Especial de Cambios, reactivar la economía, fomentando la inversión, el ahorro público y privado y la capitalización de las empresas, flexibilizar los tributos regionales, combatir la evasión Con la Ley 75 de 1986, el gobierno buscó fundamentalmente estimular la capitalización e inversión en el sector productivo y la democratización del mercado de capitales. Por una parte era necesario premiar el ahorro y la inversión y redimir a la sociedad anónima cuyas acciones habían sufrido un gran deterioro durante esos años, Se reorientaron las fuentes de financiamiento de las empresas desestimulando el endeudamiento, se estableció un sistema simplificado para la autodeterminación de los tributos por parte de los contribuyentes, se unificó la legislación tributaria modificando los procedimientos y reorganizando la administración de impuestos y aduanas, se enfatizó en el control a la evasión y la elusión fiscal, la reforma de 1986 tenía como objetivos principales devolverle neutralidad y equidad al impuesto a la Renta, eliminando la doble tributación y reduciendo las tarifas para evitar mayor evasión, simplificar y fortalecer el sistema tributario, adecuar la estructura tributaria a la movilidad internacional de capitales.
La búsqueda de recursos fiscales para saldar los déficits crecientes que se presentaron en los años noventa, llevaron a adelantar numerosas reformas en los tributos de la nación. Esto implicando cambios casi permanentes en las reglas impositivas, elevando la carga tributaria a niveles por encima de la media de los países de América Latina. En la práctica no se han
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