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TEMA: Derecho Agrario.

Alexis0987Ensayo6 de Junio de 2016

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Ensayo sobre el Derecho Agrario

Licenciado Aarón Ruíz Pérez

Miguel Alexis Jaimes Piedra

12 de febrero de 2016

INTRODUCCIÓN

     En esta materia tocamos puntos tanto históricos como normativos acerca de cómo ha ido evolucionado el Derecho Agrario, así como las fuentes que de ésta rama del Derecho emanan. La rama que ya he mencionado es la que se va a encargar de la regulación a través de normas jurídicas, de los campos comunales y ejidales, pero esto no ha sido un proceso fácil ya que se han tenido que sortear múltiples batallas remontándome hasta la época prehispánica, para que el derecho de las tierras se haga respetar a quienes les corresponde. También mencionaré la diferencia entre las palabras ejido y comuna y la importancia de saberla.

     Explicaré jurídicamente en qué consiste el Derecho Agrario, a quiénes regula y retomaré lo visto en clases pasadas para hacer referencia a la división del derecho y la importancia que tiene para la protección hacia las personas que conforman el derecho agrario.

     También hablaré del derecho agrario desde la perspectiva histórica, tocando las etapas en las que la rama que regula a las tierras se ha visto involucrada, abarcando desde La Conquista, pasando a La Colonia, llegando a la Época Independiente, luego al Porfiriato para llegar a la etapa del Congreso Constituyente de 1917. De esta manera se crea una cronología para entender dichas etapas.

   

   

  Para que llegáramos a conocer al Derecho Agrario como actualmente lo vemos, tuvieron que pasar muchos años, incluso siglos. Como antecedente, ya en la antigua Tenochtitlan existía una división de las tierras respecto a los roles sociales que cada individuo desarrollaba en las comunidades visiblemente organizadas, ya que es por esos años que el hombre comienza a dejar de ser nómada para convertirse en sedentario y establecerse en territorios fijos. La división de lo que se tiene registro se hacía de la siguiente manera: los “Tlatocalli” ésta propiedad pertenecía a los monarcas, los “Pillali” ésta tierra era de los principales nobles, los “Altepetlalli” éstas tierras eran propiedad del barrio y se utilizaban entro otras cosas para las calles de uso común, los “Calpulli” éstas tierras se repartieron a cada jefe de familia para que las cultivaran, trabajaran y subsitieran por ellos mismos, los “Miltchimalli” con éstas tierras se sostenía al ejército y los “Teotlapan” éstas eran las tierras de los dioses, el producto se destinaba al mantenimiento de los gastos que originaba el culto.

     Desde aquella época claramente se nota una clara división social de las clases respecto a las cantidades y calidades de tierra que se otorgaban e incluso el hecho de venerar a sus dioses no impedía que de igual forma se destinara una porción de tierra a los actos o ritos que ahí se llevaban a cabo día con día. No legislado como tal pero sí como costumbre es la primera prueba de un antecedente del derecho agrario en esta zona geográfica del mundo.

     Desafortunadamente para nuestros antepasados, toda esta organización iba a tener un giro completo de 360 grados con la llegada de los españoles, es decir, con la Conquista y con sus nuevas formas de estructura social, de ideologías y algo de lo más importante y que más ha marcado nuestra cultura, la religión que se les impuso de las peores formas posibles.

     Con la llegada de la Conquista Española, se acabaron los beneficios territoriales para los nativos de la antigua Tenochtitlan, ahora las tierras pasaban a mano de la comunidad española y ellos decidían cómo y a quiénes se les iban a repartir las tierras dentro del territorio conquistado. Como ya se sabe, su conquista no sólo fue territorial, sino también espiritual, y desde mi opinión personal, esta conquista espiritual fue aún más importante que conquistar un territorio, porque esa influencia sigue hoy en día, después de algunos siglos en su haber.

     Después de apropiarse de los territorios, se crea el Consejo Real de Indias, el cual buscaba una mayor producción económica y productiva de las tierras a través de tareas específicas, tareas que realizaban claro las personas que habían logrado ser conquistadas.

     Surge la encomienda, que era un premio que se les otorgaba a los soldados españoles para trabajar las tierras y además educar a los indios (desde luego espiritualmente, no importando los dioses en los que ellos creían ni respetando sus templos) logrando así la buscada efectividad antes mencionada. Posteriormente la propiedad privada se dividió en tres, la propiedad privada para los españoles, la propiedad de los pueblos indios (las comunidades o comunas) y la propiedad eclesiástica, que era la propiedad destinada para iglesias y realizar cultos, los que llevaban a cabo tanto español como indígena. Se otorgaban una especie de permisos llamados “Mercedes Reales” para acreditar las propiedades, dicho documento tendría mucha importancia en años siguientes.  

     Para los españoles era de suma importancia que los indígenas comenzaran a dejar sus creencias atrás y adoptaran a su dios como el único, porque sabían que de esta manera tendrían control absoluto como ello no conformándose con las leyes del hombre, sin embargo, sí existió un tipo de descontrol pero por parte de los encomendados, ya que algunos llegaron a tomar cariño y aprecio por los indígenas que trabajaban sus tierras, y evidentemente eso era un problema para el control que pretendía la corona española, porque mientras menos estuvieran en su contra, más tiempo iba a perdurar su reinado y eso ellos lo tenían muy claro, pero como cualquier imperio, éste también llego a su fin.

     Tuvo que pasar más de un siglo para que por fin los trabajadores sometidos al yugo español, comenzaran a dejar ver un fastidio por las situaciones tan desniveladas en comparación a los beneficios que se les otorgaban a los trabajadores españoles por el simple hecho de ser europeos, como lo eran horarios distintos, salarios inferiores y trato indigno. Es en el año de 1906 y 1907 cuando se dan las huelgas de cananea y río blanco, cuando la gente se da cuenta que podían hacerle lucha al mal gobierno que tenían en ese momento, y esos dos hechos históricos se consideran los detonantes para que se diera la Revolución de 1910, con ella ya se sabe todo lo que sucedió y todo lo que se logró.

     Se crea la ley de Desamortización, consistía en quitarle todos los bienes a la iglesia y al ejército de los cuales se habían adueñado, y regresárselos a las comunidades.

     Así llegamos a las fuentes del Derecho, que se dividen en tres, Derecho Público, Derecho Social y Derecho Privado. Dentro del Derecho Social se encuentra el Derecho Agrario, aquí la importancia de entender que es una rama que se va a  encargar de proteger y salvaguardar los derechos de los menos favorecidos, en relación a las tierras y al campo, entrando a regular a las personas denominadas campesinos, ganaderos, agricultores y sus conflictos por la tenencia de la tierra así como a las instituciones agrarias.  

     Cuando se les regresaron las tierras a los indígenas, tenían que acreditar su propiedad a través de las Mercedes Reales, así entonces las Comunidades son porciones de terreno que se han ido heredando de generación en generación y no pueden ser ni enajenadas ni venidas a particulares, a diferencia de los ejidos que son tierras dotadas por el mismo Estado. Los ejidatarios son personas hombres y mujeres titulares de derechos ejidales. Existe también el avecindado que es la persona que aspira a convertirse en ejidatario y lo puede hacer siempre y cuando acredite haber vivido más de un año en el núcleo de la población ejidal y son reconocidos por la Asamblea o Tribunal Agrario. Las tierras ejidales se dividen en tres, las tierras de uso común, las tierras parcelarias y las tierras de asentamiento humano.

     Actualmente, debido a la globalización, se han ido perdiendo las tierras ejidales y comunales a causa de las grandes empresas industriales que han llegado al territorio nacional para adquirirlas y no con el fin de mantenerlas, sino para fines siempre distintos. Es posible que en un futuro no tan lejano queden más tierras de este tipo.

SEGUNDO CAPÍTULO

     En el segundo capítulo sobre la materia de Derecho Agrario, hemos tocado temas menos históricos y más jurídicos, esto quiere decir, de cómo se lleva a cabo la administración tanto de un ejido asimismo de una comuna. Entonces, comenzaré diciendo que el ejido son tierras dotadas por el Estado, esto quiere decir que es o era el Estado el que proporcionaba dichos permisos para que se trabajaran las tierras.

     Dentro de los ejidos existen dos tipos de integrantes en el mismo, unos son los ejidatarios como tal, los cuales pueden ser hombres y mujeres que ya cuentan con los derechos ejidales pertinentes, y los segundos son los llamados avecindados, estos son aquellos que han residido por un año o más tiempo en el núcleo de la población ejidal, además de que son reconocidos por la Asamblea o el Tribunal Agrario, siendo estos los organismos reguladores del Derecho Agrario. El ejidatario acreditará que el porción de tierra que ocupa, sí le pertenece y lo hará con un certificado de derechos.

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