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TEORIA PURA DEL DERECHO


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2013  •  444 Palabras (2 Páginas)  •  199 Visitas

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INTERPRETACIÓN E INDETERMINACIÓN DE LA REGLA JURÍDICA

La teoría de la interpretación proviene de los debates sobre el ámbito de aplicación de las normas a los casos concretos, desde la perspectiva del caso concreto se cuestiona la norma o se busca la regla en cuestión

La regla sera quien nos dara la solucion a un caso concreto y es el caso concreto la que hace la determinacion de la regla que hay que seguir. La practica de la intrpretacion juridica en cuanto que juridica es esta: sin la interpretacion la regla no existe y sin la regla no habria interpretacion en sentido propio, esto quiere decir que el derecho es una practica social de tipo imperativo

La regla juridica consiste en la descripcion del comportamiento y en la cualificacion normativa y en otros niveles de justificacion en las que se encuntran las razones que subyacen a la regla y las razones de las razones, por tanto el enunciado normativo tiene una multiplicidad explicativa que se extiende hasta las justificaciones ultimas. Se interpreta porque la letra del texto no basta para construir la norma.

La indeterminación es una caracteristica estructural, en cuanto se atribuye al interprete la labor de determinar la regla respecto al caso concreto. La indeterminación es el valor de la cereteza del derecho debe ser conjugado con el de la justicia del caso concreto.

Las discusiones relativas a la indeterminación suelen tener como objeto principal las dudas que se suscitan la asignacion de significados determinados a determinados a determinadas formulaciones normativas.

La justificación es parte integrante de la regla y ella misma es objeto de interpretación, su relevancia varía según el tipo de sistema jurídico, la indeterminación de las justificaciones depende de la variedad posible de justificación subyacentes y de su concurrencia. La indeterminación de la justificación pide un tratamiento diverso del de la indeterminación de la descripción de comportamientos o de la vaguedad de los conceptos normativos, para poder determinar el legislador necesita hacer uso de la razón, razones normativas.

La interpretación jurídica parte de la idea de que lo que cuenta como razón es lo que la autoridad legítima considera que debe contar como razón normativa, la interpretación jurídica depende de un hecho, que hace que la razón para la acción sea preexistente a la actividad interpretativa. El hecho, del que depende la interpretación en cuanto que jurídica, es el uso de las razones normativas por parte de los organismos oficiales y en textos oficiales, las razones normativas siguen un curso determinado que se desarrolla independientemente hasta el punto en que se constituyen en jueces de su misma formulación y del comportamiento que las invoca para su propia justificación.

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