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TRABAJO DE PROTECCION AL CONSIMIDOS


Enviado por   •  11 de Octubre de 2012  •  6.441 Palabras (26 Páginas)  •  358 Visitas

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República Bolivariana De Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria

Universidad Bolivariana de Venezuela

Fundación Misión Sucre

Aldea Panamá

La Guaira Estado Vargas

Cátedra: Protección al Consumidor y Organización Social

P.F.G. Estudios Jurídicos

Modalidad: Fin de Semana

DELITOS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS JURIDICOS-ADMINISTRACITVIO EN BENEFICIO AL CONSUMIDOR Y USUARIO

Profesor(a): Bachiller(es):

Manuel Fernándes Bracho Miguel

González Dalma

Semestre # 8

Sección: U

La Guaira, Noviembre de 2011

INTRODUCCIÓN

La investigación con respecto a Delito, sanciones y procedimientos en el sistema de consumidores y usuarios, presente en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y servicios, tiene como objeto el conocimiento y análisis como instrumentos normativos.

En este sentido el Estado venezolano dispone de un diversas leyes u Ordenamiento Jurídico, con el fin de aplicar los procedimientos y sancionar a quienes incurran en delitos o actos ilícitos, a fin de garantizar a todos los ciudadanos ciudadanas el derecho al acceso a bienes y servicios de calidad, y la aplicación de sanciones paras el que incurra en delitos sin el debido procedimiento administrativo.

DELITOS, SANCIONES Y LOS PROCEDIMIENTOS EN EL SISTEMA DE PROTECCION AL CONSUMIDOR Y USUARIO.

Delito

El delito es toda acción u omisión voluntaria penada por la ley. Esta definición está contenida en el artículo 1º del Código Penal. En forma simple, es la comisión de un hecho que la ley castiga con una cierta pena. Lo que hace característico al delito, es la existencia de una norma jurídica que debe haber sido dictada con anterioridad al hecho, que amenace fija una sanción al que realiza el hecho. Es decir previene la conducta por la amenaza de la sanción, y no por la prohibición. La ley no prohíbe robar, pero sanciona el robo con penas privativas de libertad.

Sanciones

Se denomina sanción a la consecuencia o efecto de una conducta que constituye infracción de una norma jurídica (ley o reglamento). Dependiendo del tipo de norma incumplida o violada, puede haber sanciones penales o penas; sanciones civiles y sanciones administrativas.

Sin embargo, habitualmente la referencia a una sanción se hace como sinónimo de pena pecuniaria, es decir, una multa o, al menos, para penas leves (por ejemplo, prohibiciones para ejercer cargos). Por el mismo motivo, comúnmente se suele relacionar la expresión sanción con la Administración pública (sanciones administrativas) y el término pena se deja para el ámbito del Derecho penal.

Procedimientos Jurídicos- administrativos

Normas reguladoras para la actuación ante los organismos jurisdiccionales, sean civiles, laborales, penales, contencioso- administrativos, entre otros. Sirve para determinar las reglas de organización judicial, competencia, tramites de los juicios y ejecución de las decisiones de la justicia, lo que constituye el contenido del Derecho Procesal y del los códigos procesales, y otro estricto o conjuntos de actos cumplidos para lograr una solución judicial.

El procedimiento administrativo ha sido considerado por los iusadministrativistas que la declaración de la voluntad de la administración pública debe expresarse como producto de una vía formal prevista legal o reglamentariamente, con especial significado cuando pueden ser afectados los derechos e intereses de los particulares.

Marco Constitucional de la Protección al Consumidor y al Usuario en Venezuela

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como norma rectora y suprema de Ordenamiento Jurídico establece la defensa del consumidor en el artículo 117 ejusdem:

Artículo 117: “Todas las personas tendrán derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen, a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno. La ley establecerá los mecanismos necesarios para garantizar esos derechos, las normas de control de calidad y cantidad de bienes y servicios, los procedimientos de defensa del público consumidor, el resarcimiento de los daños ocasionados y las sanciones correspondientes por la violación de estos derechos”.

De igual forma nuestra Carta Magna se declara como principios contrarios a esta constitución el monopolio y rechaza el ilícito económico, la especulación, el acaparamiento y la usura en los artículos 113 y 114 receptivamente:

Artículo 113: “No se permitirán monopolios. Se declaran contrarios a los principios fundamentales de esta Constitución cualquier acto, actividad, conducta o acuerdo de los y las particulares que tengan por objeto el establecimiento de un monopolio o que conduzcan, por sus efectos reales e independientemente de la voluntad de aquellos o aquellas, a su existencia, cualquiera que fuera la forma que adopte en la realidad…”

Artículo 114: “El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, la usura,

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