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TRABAJO INFANTIL


Enviado por   •  20 de Junio de 2014  •  2.412 Palabras (10 Páginas)  •  185 Visitas

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EL TRABAJO INFANTIL EN PANAMÁ

A. Definición de Trabajo Infantil

No todo el trabajo infantil, evidentemente, es tan repugnante como las formas más peligrosas y explotadoras. Incluso los más fervientes partidarios del no-trabajo infantil reconocen que tareas apropiadas pueden aportar a los niños habilidades y responsabilidades, mantener unidas a las familias y contribuir a los ingresos familiares. Al evaluar el alcance del trabajo infantil y dibujar soluciones, es crucial definir qué es el trabajo infantil, y distinguir formas explotadoras de formas apropiadas.

El concepto de trabajo infantil según la Organización Internacional del Trabajo – OIT consiste: en la participación de niños en formas de trabajo prohibidas y, a nivel más general, en tipos de trabajo que es preciso eliminar por ser social y moralmente indeseables. El Día Mundial contra el Trabajo Infantil se celebra el 12 de junio.

Según UNICEF, se ha establecido una serie de criterios básicos para determinar si el trabajo infantil es explotador. Define que el trabajo infantil es inapropiado si:

 Es con dedicación exclusiva a una edad demasiado temprana

 Se pasan demasiadas horas trabajando

 El trabajo provoca estrés físico, social o psicológico indebido

 Se trabaja y se vive en la calle en malas condiciones

 El salario es inadecuado

 El niño tiene que asumir demasiada responsabilidad

 El trabajo impide el acceso a la escolarización

 El trabajo mina la dignidad y autoestima del niño (como el esclavismo y la explotación sexual)

 Impide conseguir un pleno desarrollo social y psicológico

La Convención sobre los Derechos de la Infancia, firmada en 1989 por todos los países excepto la Islas Cook, Somalia, Omán, Suiza, los Emiratos Árabes Unidos y EUA, obliga a los gobiernos a proteger a los niños de "la explotación económica y de realizar ningún trabajo que pueda ser peligroso o interferir en la educación del niño, o que sea peligroso para la salud física, mental o espiritual del niño o para su desarrollo social." Cerca de 50 países han ratificado la Convención 138 de la OIT sobre edades mínimas para trabajar, que establece normas más rigurosas que la convención anterior. Establece que 15 años es la edad mínima aceptable en países industrializados, y 14 años en los demás países. Permiten que los niños hagan trabajos suaves a los 13 años en países industrializados y a los 12 en países más pobres. Prohíbe el trabajo que pueda amenazar la salud, la seguridad o la moral para niños menores de 18 años.

La Declaración de los Derechos del Niño establece en sus principios que todo niño debe:

 El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios,

dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.

 El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.

Fuente: Los Derechos del Niño, Unicef.

En Panamá, se define trabajo infantil como: “todo trabajo o actividad económica que realiza cualquier persona por debajo de la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo establecida en el país (14 años)”. El Trabajo Adolescente se define como: todo trabajo o actividad económica que realiza cualquier persona con edades que no contraviene la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo pero con menos de 18 años (el cual es permitido, legal y protegido según la normativa especial en materia laboral, en tanto no se comprometa su formación, educación y desarrollo integral).

Las actividades permitidas son todas aquellas que pueden contribuir a su evolución, desarrollo integral y a la transmisión de habilidades de una generación a otra, siempre y cuando se realicen por pocas horas, haciendo esfuerzo y asumiendo responsabilidades según la edad, y que no afecten su salud física y mental; no interfiera con su educación; o no obstruya su tiempo libre para el descanso y actividades lúdicas.

Las leyes panameñas permiten trabajar a partir de los 14 años bajo las siguientes condiciones:

 Haber terminado la escuela obligatoria (en el caso de panamá viene siendo la pre-media, 9° grado o tercer año) que generalmente es a los 15 años, lo que quiere decir que a pesar de haber cumplido catorce, no necesariamente puede trabajar.

 Trabajar menos de 6 horas al día.

 Debe existir un contrato de trabajo firmado por padre o responsable y el Ministerio de Trabajo. En caso de no tener padres, el Ministerio lo debe avalar.

 No puede trabajar en turnos nocturnos.

 Se le deben pagar todas sus prestaciones, salario mínimo, décimo tercer mes.

 No puede estar desempeñando ninguna labor contenida en las peores formas de trabajo infantil.

El trabajo infantil en nuestro país es difícil de clasificar, pero esta es una aproximación a los tipos de trabajos que desempeñan los niños:

 Pequeñas empresas (generalmente familiares): aquí las condiciones de trabajo son buenas y muchas veces gratas para el niño ya que él puede aprender algo bueno para su vida, pero en algunos casos se presentan problemas como largas

jornadas de trabajo, lugares de trabajo sin las condiciones necesarias para el desarrollo de éste, empresarios agresivos o las condiciones laborales inseguras.

 Agricultura tradicional, muchos niños no asisten a la escuela pues sus padres consideran que ellos son más útiles en el hogar.

 Trabajos de supervivencia: estos trabajos son los cuales desempeñan los niños cuando tienen que mantenerse económicamente sin contar con apoyo de sus familiares o muchas veces ellos tienen que mantenerlos. Estos son trabajos de corto plazo, informales, con sueldos bajos, inseguros, que exponen la salud de

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