Texto paralelo y cuestionario del programa derecho mercantil
Mario VicoEnsayo15 de Febrero de 2019
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TEXTO
PARALELO
O GLOSARIO
(ENFOQUE DOS AUTORES)
UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA
CENTRO UNIVERSITARIO DE OCCIDENTE
DIVISION DE CIENCIAS JURIDICAS Y SOCIALES
LIC. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
DERECHO MERCANTIL II
TEMA:
1ER. TRABAJO; TEXTO PARALELO Y CUESTIONARIO
DEL PROGRAMA DERECHO MERCANTIL II
(ENFOQUE DOS AUTORES)
NOMBRE;
XXXX XXXXX XXXX XXXX
CARNE XXXXXX
NOVENO SEMESTRE
SECCION “A”
QUETZALTENANGO, ABRIL 2014.
INTRODUCCION
- En el curso de Derecho Mercantil II es necesario el estudio, de la estructura, clasificación, características, naturaleza jurídica de los títulos de créditos. Históricamente las operaciones en materia de títulos de créditos marchan de un modo insuperable que día a día van cambiándose a través de las prácticas de los particulares que utilizan como un medio para realizar a feliz término sus negocios. Es correcto y hasta obligado, hacer un estudio acerca de la naturaleza negociable de los títulos de créditos en aspecto general o particular, en un análisis general de sus formas de circulación, endoso. En Guatemala, desde luego, hay títulos de crédito que han sido modificado en su estructura, otros no han tenido su apogeo, existen también títulos que dejaron de ser utilizados tales como la letra de cambio, factura cambiarias y han sido reemplazado con las tarjetas de créditos.
- El objetivo esencial de este estudio de trabajo es tratar de dar a conocer los títulos de créditos de una forma ordenada, estructurada de los diferentes Títulos de Créditos, surgiéndonos inquietudes tales como en que ámbito son utilizables los títulos de créditos, analizando desde su perspectiva estructura como su naturaleza, clasificación, formas de circulación, en la manera que son endosables, comenzado de un estudio de Títulos General a Títulos Particulares de diferentes títulos de créditos que se presentan según el caso, así como su cancelación, reposición, reivindicación del mismo, culminando con un análisis profundo de los títulos de crédito a una perspectiva internacional con los diferentes tratados y convenios internacionales en materia de títulos de créditos.
- La elaboración de este trabajo no fue fácil ya que durante la investigación documental bibliográfico, pude notar que se han interesado en profundizar acerca de la naturaleza negociable de los títulos de créditos en nuestro país; se utilizó el método de consultas bibliográficas de enfocando esencialmente a dos autores en otros caso auxiliando en algunos autores esto con el fin de comparar un estudio sobre títulos de créditos También se utilizó la técnica de las fundamentaciones en las diferentes legislaciones esto para conservar la información encontrada.
- El estudio se inicia con la historia de los títulos de crédito, con su concepto, su definición, su naturaleza jurídica, con sus características, sus requisitos, sus formas de circular; es decir iniciamos el estudio de la naturaleza negociable del cheque con la teoría general de los títulos de crédito. Luego se escribe acerca de la funcionalidad de los títulos de créditos, temas como el endoso, protesto y el aval. Seguidamente se trata de un estudio sobre los títulos de créditos en particular así como un procedimiento ene le ejercicio de los títulos de créditos y por ultimo pero no menos importante se escribe acerca de los convenios y tratados sobre los títulos de créditos a nivel internacional.
PRIMERA UNIDAD
GLOSARIO DEL PROGRAMA DERECHO MERCANTIL
PRIMERA UNIDAD
- TEORIA GENERAL DE LOS TITULOS DE CREDITOS
HISTORIA:
Entre los títulos de créditos que reconoce nuestra legislación mercantil guatemalteca son; las Letras de Cambio, cheques, pagares, vales facturas cambiarias, cartas de porte, certificado fiduciario cedulas hipotecarias. La letra de cambio o la factura cambiaria se utilizan muy pocos en Guatemala, en el caso de la letra de cambio preferible negociar utilizando la tarjeta de crédito como instrumento más adecuado para los comerciantes que mercantilizan sus productos. En cuanto a la factura cambiaría su utilización no encontró eco en la práctica comercial.
En la Historia de la humanidad se dio un desarrollo constante en materia del comercio, surgieron tres etapas importantes; a) el trueque, b) El intercambio monetario, c) El crédito, dieron una evolución mercantil, del truque se pasa a la utilización de la representación monetaria. [1]
En la etapa de la Edad Media se intensifica el negocio de la mercaderías que pasaba a través del mar mediterráneo se corría el riesgo de hallarse con atracadores que pirateaban a los comerciantes, transportar dinero en ese entonces era muy riesgosos para los comerciantes, entonces aparece la necesidad de transportar dinero representándolo en documentos que equivalían a la moneda .
En el caso de Guatemala según Villegas Lara desde las ordenanzas de Bilbao, surgiendo así el Código de 1877, el código de 1942 y el reciente de 1970, que incluyeron dentro de sus normas jurídicas sobre los títulos de créditos, surgió entonces la necesidad de regir la letra de cambio a nivel internacional dando así el aparecimiento del Reglamento Uniforme de la Haya de 1912 y que más tarde se concretó en la ley del uniforme aprobada en la conferencia de Ginebra en 1930, siendo así el Código de 1970 contiene títulos de crédito como también la posibilidad de crear títulos de créditos atípicos, dentro del ordenamiento jurídico de Guatemala se inspira en dos corrientes una es la corriente alemán e italianos estos corrientes aparecen dentro del Código de Comercio. [2]
DEFINICIONES
Doctrinario
Para el autor Paz Álvarez opina al respecto de los Títulos de Créditos como un criterio doctrinario y nos dice “los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo que en ello se consigna y que están destinados a circular”. [3]
El Licenciado Villegas Lara apunta a una definición enfocando la naturaleza jurídica del título como “bien patrimonial, de naturaleza mueble y contiene un negocio jurídico unilateral o una declaración unilateral de voluntad, porque obliga al suscriptor desde el momento en que lo signa con su firma por su voluntad.” Según este criterio enfocando a una definición de naturaleza jurídica extrayéndolo a una definición legal.[4]
Legal
El artículo 385 del Código de Comercio indica “Títulos de créditos. Son títulos de créditos los documentos que incorporan un derecho literal y autónomo, cuyo ejercicio y transferencia es imposible independientemente del título. Los títulos de créditos tienen la calidad de bienes muebles.[5]
Según nuestra norma incorpora una definición con las características de los títulos de créditos concentrando derechos de declaración de voluntades que obligan a los suscriptores agrega también que tales títulos es necesario la calidad de bienes muebles.
CARACTERISTICAS
Formúlismo:
Todos títulos de créditos son documentos vinculados a una redacción formal y contiene los elementos generales de todo título, indicando la forma documental y escrita esencial para que el negocio jurídico surja y eso hace existentes.
Incorporación:
Es decir la incorporación del derecho dentro del documento, el derecho está incorporado en el documento, está incorporado y forma parte del título, de manera que al transferir el documento se transfiere el derecho, en caso de destrucción del título subsiste la relación que género la creación del título.
Literalidad:
Es un derecho que se rige por que el documento diga en su tenor escrito, es evidente esta característica que prevalece la cantidad escrita, lo que no aparece escrito en el documento, no tiene ninguna influencia sobre el derecho en el contenido, en fundamento en el artículo 385 del Código de Comercio nos dice que son documentos que incorporan un derecho literal, en varias disposiciones se refieren a las características de la literalidad
Autonomía:
La ley dice que es un derecho autónomo quiere decir existe un derecho independiente de cualquier vínculo o relación con las personas, de manera que cada persona que intervienen en la relación de un título de crédito cada uno de ellos tienen un derecho autónoma y una obligación autónoma.
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