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Trabajo Introducción al Derecho.


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2016  •  Trabajos  •  2.306 Palabras (10 Páginas)  •  230 Visitas

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  TRABAJO DE INTRODUCCIÓN AL DERECHO

Fecha       : 26 de abril de 2016


                                                     ÍNDICE

CONTENIDO                                                               PÁGINA

Introducción                                3

Cuadro Comparativo                                4 – 8

Conclusión                                9

Bibliografía                                10


                                           INTRODUCCIÓN

        La palabra Derecho proviene del latín        “Directum” que significa dirigir, y es el conjunto de normas jurídicas que regula la conducta de los hombres.  

        Comúnmente se suele confundir “Derecho” con “Deber”, sin embargo hay una diferencia entre éstas. Deber es una forma de conducta, la obligación de toda persona de cumplir para realizar un mandato y al no cumplirse se podría aplicar una sanción. En tanto el Derecho es una exigencia, que regula la conducta del hombre en sociedad, que al no cumplirse es sancionada por el Estado.

        El presente trabajo de Introducción al Derecho estudiará las ramas del Derecho: Constitucional, Derecho Penal, Derecho Civil y Derecho Comercial. Para lo cual se ha confeccionado un cuadro comparativo con las diferencias y similitudes de cada una. Explicando las características de cada una de las ramas, subdivididas en  concepto, fuentes y principios generales, además de comprender otros conceptos que también  están directamente relacionadas con cada una de ellas.

        Se hace mención de manera especial  a  la clasificación de sus actos y funciones que cumple cada una de las ramas del derecho.

        Este informe ha pretendido abarcar todo lo posible con respecto a los Derechos Constitucional, Civil, Penal y Comercial, dando a conocer sus estructuras y sus funciones específicas.

CUADRO COMPARATIVO

ITEM/RAMAS DEL DERECHO

DERECHO CONSTITUCIONAL

DERECHO PENAL

DERECHO CIVIL

DERECHO COMERCIAL

CONCEPTO

Es una rama del Derecho Público que protege el Estado de Derecho, vigilando el cumplimento de lo contenido en la Carta Magna o Constitución del Estado.

Tiene como finalidad establecer  las formas del gobierno, las leyes que definen al Estado, así como regular los poderes públicos del Estado,  manteniendo la división e independencia o codependencia entre estos.

Rama del Derecho Público que establece y regula el castigo de los crímenes o delitos (hechos determinados por la Ley) a través de la imposición de ciertas penas.

Es la única disciplina jurídica que se encarga de estudiar el fenómeno  criminal, el delito, el delincuente y la pena a partir de lo cual se deducirán sus principios y normas jurídicas.

Rama del Derecho Privado que regula las relaciones de los individuos desde su nacimiento hasta su muerte, tanto en el ámbito familiar como comercial.

Es un sistema de principios y normas que regula las relaciones y vínculos jurídicos que establecen entre si los ciudadanos en sus vidas privadas.

Se refiere a las relaciones que surgen entre particulares, en oposición a las que existen entre los particulares y los órganos públicos o a las relaciones que se dan entre los organismos del Estado.

El Derecho Civil también comprende el derecho: de las personas, de familia, de bienes, de las obligaciones y los contratos, el derecho de sucesiones y las normas de responsabilidad civil, entre otros.

Rama del  derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a la actividad económica, el comercio y las relaciones que nacen en el ejercicio de este.

Tiene por finalidad regular el comercio por los distintos operadores económicos en el mercado, la internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores, con el objeto de mantener una estabilidad económica y financiera.

Se puede definir como: progresivo (porque el espíritu de lucro da movilidad para satisfacer las necesidades), uniforme (ya que las prácticas se repiten y realizan en forma similar a nivel local e internacional) e Internacional (porque mediante acuerdos y tratados se busca uniformidad de la actividad mercantil).

FUENTES

La ley es la fuente formal del derecho más importante y de ahí nace el derecho constitucional, derecho penal, derecho civil, derecho comercial y la ley debe sujetarse a la constitución.

Fuentes directas del derecho constitucional son: la Constitución (tiene como fin garantizar y proteger el Estado de Derecho de los ciudadanos de un país), las leyes, los Decretos Ley (DL), los Decretos con Fuerza de Ley (DFL), los tratados internacionales y las costumbres (que pudiese llenar los vacíos que pudiese presentar la ley).

Fuentes indirectas son: jurisprudencia, doctrina (es un estudio que se encarga de interpretar las normas y señalar las reglas de su implementación), derecho comparado (es un estudio del régimen constitucional y del texto de las constituciones de otros países que busca encontrar elementos comunes o dispares entre ellos).

Las fuentes del derecho es aquello de donde el mismo emana, dónde y cómo se produce la norma jurídica.

La fuente del derecho penal es la Ley.

La Sentencia judicial es la fuente que pone al Derecho en contacto con los elementos cotidianos del ser humano, al aplicarlo jurídicamente.

Las costumbres ni la jurisprudencia pueden ser consideradas como fuentes de derecho penal.

En el derecho civil y comercial  la Ley parte de la fuente más importante: la autonomía de la voluntad.

Una fuente Histórica del Derecho Civil es el Derecho Romano.

El Código Civil, es un instrumento que contiene una serie de normas que rigen la vida del ciudadano.

Las costumbres, son un modo de conducta de uso reiterado que se convierte en obligatorio por este solo hecho.

La Jurisprudencia, la cual se refiere a que las sentencias pasadas en autoridad de cosa juzgada son un precedente obligatorio para casos posteriores.

Llamamos fuentes de derecho comercial o mercantil a todo aquello que se origina es su aspecto objetivo de normas o regla obligatoria de conducta.

Estas fuentes son: El Código de Comercio y las leyes comerciales que lo complementan.

El Código Civil, el cual contiene normas de derecho común que rigen las normas comerciales.

 

Las costumbres comerciales o mercantiles ya sea local, nacional o internacional, que tiene por finalidad interpretar la Ley o llenar los vacíos que ésta pudiese tener.

Y, otra fuente es la Ley extranjera (referido a los tratados internacionales).

PRINCIPIOS GENERALES

En el corazón de todo derecho está el derecho constitucional, y como el corazón es aquello que posibilita el ser humano en sociedad.

Principio de Igualdad, se refiere a que el trato a las personas en situaciones iguales debe ser el mismo y, en situaciones desiguales, se favorezca un trato distinto.

Principio de Legalidad, tiene relación al sometimiento pleno de las administraciones públicas a la Ley y al Derecho.

Principio de Seguridad Jurídica, supone el conocimiento de las normas vigentes y una cierta estabilidad del ordenamiento, que produce confianza en el ciudadano.

Principio de Publicidad y transparencia, se relaciona a que se dé acceso a los actos de la administración y que los actos y resoluciones de los órganos del Estado deben ser públicos.

Principio de Juridicidad, es aquel criterio favorable al predominio de las soluciones de estricto derecho en los asuntos políticos y sociales.

Principio de Probidad, se conoce como “probidad administrativa” y tiene relación con poseer una conducta intachable, y un desempeño leal y honesto al cargo que desempeña, anteponiendo los intereses comunes por sobre los personales.

El principio de Territorialidad rige en Chile para los efectos legales, establece que en territorio chileno (terrestre, aéreo, subsuelo y zona económica exclusiva) rigen las leyes chilenas.

El Principio de Hecho, el cual se refiere a que el Derecho Penal Actúa cuando se ha realizado una acción en sentido amplio por un sujeto.

El principio del Bien Jurídico, el cual consiste en proteger determinados bienes jurídicos como la vida, la integridad física, entre otros, tipificándose como delito solo la acción u omisión cometida, dolosa o culposa.

El Principio de Culpabilidad, se refiere a que no se haga responsable a un sujeto por delitos ajenos, ni castigarse por la personalidad sino que por las conductas, y precisar que el delito haya sido doloso (sido querido) o que haya podido preverse y evitarse (imprudencia).

El Principio de proporcionalidad se refiere a que la pena sea proporcional al delito cometido.

El principio de resocialización tiene relación a que las penas privativas de libertad serán orientadas a la reeducación y la reinserción social.

El Principio de Humanidad de Penas, finalmente, tiene relación a que se han abolido en varios estados y países la pena de muerte y penas corporales por el aumento de penas de privación de libertad e inclusive cambiando éstas últimas por multas u otras.

El Principio de Buena Fe el cual determina el ejercicio de los derechos conforme a exigencias morales y sociales.

El principio de participación, el cual regula el funcionamiento de las instituciones políticas y administrativas.

El Principio “Pacta Sunt Servanda” que en latín se traduce a “lo pactado obliga”, lo cual significa que toda convención debe ser cumplida fielmente y a cabalidad por las partes acorde a lo pactado.

El Principio de igualdad, que proviene del latín “aequalitas” se refiere socialmente a que todas las personas tienen los mismos derechos y oportunidades en un determinado aspecto.

El principio del orden público, expresado en un conjunto de condiciones fundamentales de la vida social.

El principio de Territorialidad rige en Chile para los efectos legales, establece que en territorio chileno (terrestre, aéreo, subsuelo y zona económica exclusiva) rigen las leyes chilenas.

 

El Principio de Buena Fe, aplicable desde la visión de que las partes que firman un contrato actúan de modo sincero y honesto sin engañar a la otra parte.

El Principio de verdad sabia, en donde las partes conocen la veracidad de lo pactado y el alcance de sus derechos y obligaciones.

El Principio de Intención de Lucro, se refiere a que en el actuar del comerciante está el de obtener  una ganancia como compensación al riesgo corrido en el negocio.

El principio de cumplimiento, el que consiste en el “pagar” la deuda de una prestación debida. Consiste en hacer o entregar alguna cosa para saldar una prestación o deuda.

El principio del orden público, expresado en un conjunto de condiciones fundamentales de la vida social.

El principio de Territorialidad rige en Chile para los efectos legales, establece que en territorio chileno (terrestre, aéreo, subsuelo y zona económica exclusiva) rigen las leyes chilenas.


CONCLUSIÓN

        El estudio de la historia de los derechos es un área de sumo interés no solo para los historiadores , sino para muchas profesiones debido a las implicancias que nuestra historia constitucional ha tenido en los diferentes ámbitos de la vida nacional, ya que implica aspectos no solo jurídicos sino también políticos , económicos , sociales incluso culturales.

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