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Trabajo Procesal Penal


Enviado por   •  11 de Julio de 2015  •  1.781 Palabras (8 Páginas)  •  440 Visitas

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TRABAJO ACADEMICO

I. Definir la Etapa Intermedia o Actos Preparatorios en el Código de Procedimientos Penales de 1940. (3PTOS)

ETAPA INTERMEDIA:

Es una etapa totalmente autónoma bien delimitada y con funciones definidas, de esta forma el inicio de la etapa intermedia está representado por la conclusión de la investigación preparatoria.

Es una etapa de apreciación, de análisis para decidir la acusación, plantear mecanismos de defensa contra la acción penal, así también podemos decir que es una etapa tiene como función depurar errores y controlar los presupuestos o bases de la imputación y de la acusación, primero por el propio órgano acusador y después el órgano judicial a fin de establecer si es viable para convocar el debate penal en juicio oral.

En esta etapa, se tiene dos cosas por hacer:

- El Fiscal puede hacer el requerimiento de acusación o el requerimiento de sobreseimiento ante el Juez de la investigación preparatoria.

II. Identificar y describir contenido de la Acusación Fiscal, conforme a lo previsto en el Art. 349 y ss. Del Nuevo Código Procesal Penal.

(3 PTOS)

TÍTULO II

LA ACUSACIÓN

Artículo 349 Contenido.-

1. La acusación fiscal será debidamente motivada, y contendrá:

a) Los datos que sirvan para identificar al imputado;

b) La relación clara y precisa del hecho que se atribuye al imputado, con sus circunstancias precedentes, concomitantes y posteriores. En caso de contener varios hechos independientes, la separación y el detalle de cada uno de ellos;

c) Los elementos de convicción que fundamenten el requerimiento acusatorio;

d) La participación que se atribuya al imputado;

e) La relación de las circunstancias modificatorias de la responsabilidad penal que concurran;

f) El artículo de la Ley penal que tipifique el hecho, así como la cuantía de la pena que se solicite;

g) El monto de la reparación civil, los bienes embargados o incautados al acusado, o tercero civil, que garantizan su pago y la persona a quien corresponda percibirlo; y,

h) Los medios de prueba que ofrezca para su actuación en la audiencia. En este caso presentará la lista de testigos y peritos, con indicación del nombre y domicilio, y de los puntos sobre los que habrán de recaer sus declaraciones o exposiciones. Asimismo, hará una reseña de los demás medios de prueba que ofrezca.

III. Desarrollar los Principios rectores del Juicio Oral, asimismo explicar las características principales de esta fase.(3 PTOS)

Nuestro código recoge estos principios básicos:

a) PRINCIPIO DE INMEDIACIÓN: consiste en la exigencia de la existencia de una relación directa entre el acusado y su juzgador pues la información oral, como la corporal, que pueden transmitir ambas personas será de primera mano osea sin intermediarios. Logrando a la vez la prescencia directa del sujeto procesado, por el cual el juzgador va a tener la certeza de calificar y examinar su comportamiento durante el desarrollo del proceso.

b) PRINCIPIO DE CONTRADICCION: es un principio de la cual otorga la posibilidad a los sujetos procesales de realizar sus planteamientos, aportar pruebas, discutirlas, debatirlas, realizar argumentaciones inseales, finales y realizar opiniones incidentales, etc. Este principio se realiza bajo el principio y respeto al principio acusatorio, al principio de igualdad de armas que deben tener las partes en un debate y que tiene relación directa con el derecho de defensa. La contradicción permite también que el juez pueda aceptar una información que ha sido debidamente procesada y puesta a prueba, previamente la trasladará a la contraparte para que sea quien logre desmentirla o desvirtuarla utilizando toda su capacidad para contradecirla a través del contra examen.

c) PRINCIPIO DE ORALIDAD: Es uno de los principios mas importantes del sistema acusatorio, representa una garantía para el reconocimiento y protección de los derechos fundamentales. Consiste en que los actos procesales deben ser predominantemente hablados y que la intervención y la comunicación de los sujetos procesales deben realizarse a través de la oralidad sin perjuicio de que lo actuado en el juicio quede en actas. La Oralidad es un instrumento principal que produce la comunicación oral entre las partes, con la oralidad se puede captar el mensaje en vivo y directo y podemos apreciar necesariamente la comunicación corporal a través de los gestos, ademanes y el nerviosismo que puede mostrar la persona al hablar.

d) PRINCIPIO DE CONCENTRACIÓN: Consiste o supone que los actos procesales deben ser realizados o desarrollados en una sola sesión, en una sola audiencia o en todo caso en pocas audiencias próximas temporalmente entre sí. La concentración es un principio necesario para permitir el seguimientos de los hechos que se juzgan y las pruebas que se actua, pues se exige que el juicio se realice frente a la presencia de todos los sujetos procesales desde su inicio hasta su terminación de una sola vez y en forma sucesiva, sin solución de continuidad con el propósito que exista la mayor proximidad entre el momento que se recibe la argumentación, la prueba, las conclusiones y el momento que se dicta a sentencia.

IV. Reconocer y definir los principios fundamentales de la actividad probatoria en el nuevo proceso penal. (3 PTOS)

1.- Regulan la aportación aportación y la admisión admisión de la prueba.

a) Libertad de Prueba: (art. 157 inc.1), los hechos objeto de prueba pueden acreditarse por cualquier cualquier medio de prueba. No existe una tabla de medios de prueba tasados.

b) Principio de Pertinencia: entre hechos y medio de prueba.

c) Principio de Conducencia o idoneidad: (art.352.5b) El medio probatorio ofrecido es apto para ser incorporado.

d) Principio de Utilidad: el medio probatorio probatorio debe ser adecuado para probar un hecho.

e) Principio de Licitud: la incorporación de un medio de prueba

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