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Tratado De Libre Comercio G3

unamoy31 de Mayo de 2014

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Tabla de Contenido

Introducción 1

1 Conceptos de Tratado Internacional 3

2 Clasificación de los Tratados Internacionales 4

3 Denominaciones de Tratado Internacional 5

4 Fases de celebración de los tratados 6

• La Negociación 6

• Adopción del Texto del Tratado 7

• El consentimiento de un Estado en la firma de un

Tratado 8

• Adhesión, aceptación y aprobación de los Tratados 9

4.4.1 La adhesión 9

• La aceptación 9

• La aprobación 10

5 Ratificación simultánea 10

6 Celebración de los Tratados Internacionales 11

7 Las reservas Internacionales 11

8 Capacidad para celebrar Tratados Internacionales 13

9 Registro de los Tratados Internacionales 14

10 Procedimiento de nulidad del contrato 14

11 Entrada en vigor de los contratos 16

12 Terminación y suspensión de los contratos Internacionales 17

Conclusión 19

Bibliografía 20

Introducción

Los tratados Internacionales se han diseminado de una forma cada vez más urgida, debido a la estrechez de que gozan los países respecto a los convenios y Tratados de carácter internacional; instrumentos jurídicos que desarrollaremos a lo largo del presente trabajo de investigación; como consecuencia natural de la proliferación de los Tratados Internacionales éstos se han desarrollado considerablemente en los últimos años; han pasado de ser mero derecho consuetudinario a ser derecho codificado a partir de la celebración de las Convenciones de Viena de 1969 sobre Derecho de los Tratados y la de 1986 sobre Tratados Celebrados entre Organismos Internacionales o entre Organismos Internacionales y Estados.

En lo sucesivo haremos referencia a diversas concepciones de tratado, clasificación de los mismos, abarcando además el proceso de elaboración de los mismos incluiremos igualmente la forma de finalización de los tratados, respecto a nuestra legislación interna, ésta se encuentra regulada en el artículo 37, inciso 14 de la constitución dominicana.

Por considerarlo más propicio y sistemático aludiremos en un primer lugar al concepto de Tratado Internacional abarcando diversas concepciones que han surgido a partir del mismo, seguiremos con la clasificación de los mismos y además desarrollaremos igualmente el proceso de la elaboración de los Tratados Internacionales abarcando desde el momento de la elaboración del mismo hasta la forma de finalización de dichos instrumentos jurídicos.

Cabe aclarar además que daremos especial importancia a los temas que a lo largo del desarrollo de este trabajo investigativo así lo ameriten.

Conceptos de Tratado Internacional

Fruto de la dificultad que requiere exponer una definición que logre reunir todos los elementos atinentes a lo que se pretende definir, se hace preciso destacar que son variadas las definiciones que han surgido sobre los tratados internacionales, entre las cuales serán señaladas las que se consideran de mayor trascendencia en el ámbito jurídico internacional.

Es por ello que a continuación expondremos los conceptos de mayor relevancia, entre los cuales están:

• Un tratado internacional es un acuerdo celebrado por escrito entre Sujetos del Derecho Internacional regido por el Derecho Internacional y llamado a regular sus relaciones mediante la creación de derechos y deberes mutuos.

• Es un instrumento donde se consignan disposiciones libremente pactadas entre dos o más sujetos de Derecho Internacional con el fin de crear, modificar o extinguir obligaciones y derechos.

• Es un acuerdo celebrado por escrito entre Estados y regido por el Derecho Internacional, consiste en un instrumento único o en dos instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular.

Clasificación de los Tratados Internacionales

No existe un criterio unívoco de la clasificación del Derecho Internacional, debido a la diversidad de criterios que han surgido a lo largo de la historia del Derecho Internacional Público, es por ello que en lo sucesivo expondremos la clasificación del mismo partiendo del punto de vista material y asimismo desde el punto de vista formal.

De tales clasificaciones citamos a continuación las siguientes:

• Conforme al número de participantes, los tratados se clasifican en bilaterales o multilaterales, dependientemente de si participan dos o varios Estados respectivamente en su celebración.

• Desde el punto de vista estrictamente formal, los tratados pueden ser abiertos o cerrados; los tratados cerrados restringen el acceso a otros posibles particulares, o sea, se celebran exclusivamente entre los contratantes originarios y no admiten la adhesión de otros Estados, o bien dicha adhesión depende del acuerdo de todas las partes en el tratado.

Denominaciones de Tratado Internacional

Existen diversas denominaciones del concepto de Tratado Internacional; En la diversidad de denominaciones que experimentan estos instrumentos pertenecientes al Derecho Internacional encontramos: carta, convención, convenio, pacto, Declaración conjunta, Declaración, memorandum, comunicado, protocolo, canje de notas, etc.,

Por su parte a los acuerdos que crean organizaciones internacionales comúnmente se les denomina Estatuto o carta, los acuerdos sobre leyes y costumbres sobre la guerra, así como aquellos concluidos en forma multilateral al término de una conferencia Internacional se denominan generalmente Convenciones.

El acuerdo que establece una situación temporal o provisional hasta que se concluya otro acuerdo de carácter definitivo se denomina Modus Vivendi.

Se hace preciso aclarar que tales denominaciones no tienen importancia para el Derecho Internacional, debido a que las referidas denominaciones no tienen implicaciones jurídicas, ni afectan su calidad, siempre y cuando se cumplan con los requisitos generales de los Tratados.

Fases de celebración de los Tratados

La negociación

La negociación abarca el conjunto de operaciones previas a la redacción del texto del tratado. Esta puede revestir diversas modalidades según se trate de la celebración de un tratado bilateral o de uno multilateral. Si se trata de un tratado bilateral, por lo regular la negociación puede tener lugar en el marco de discusiones llevadas a cabo entre los agentes diplomáticos de un Estado y los representantes de otro, que son ordinariamente funcionarios del Ministerio de relaciones exteriores. Pueden tener lugar esas discusiones entre el Ministro de Relaciones Exteriores y sus asesores, por su parte, y el representante diplomático del país acreditado ante el gobierno respectivo o una misión enviada especialmente a negociar el tratado, por otra parte.

Adopción del Texto del Tratado

Luego de finalizadas las negociaciones, entendiéndose que éstas se desarrollaron en términos favorables, las partes negociadoras proceden a adoptar o establecer el texto del tratado.

La Convención de Viena en su artículo 9, refiriéndose a la adopción del texto, dispone lo siguiente:

• La adopción del texto de un tratado se efectuará por consentimiento de todos los Estados participantes en su elaboración, salvo lo dispuesto en el párrafo 2.

• La adopción del texto de un tratado en un Conferencia Internacional se efectuará por mayoría de dos tercios de los Estados presentes y votantes, a menos que esos Estados decidan por igual mayoría aplicar una regla diferente.

La convención se refiere, como podemos observar no sólo a los tratados multilaterales.

El consentimiento del Estado en la firma de un Tratado

La firma, como forma de autenticación de un texto, no tiene el mismo sentido de la firma como manifestación del consentimiento. Ese último caso es propio del procedimiento simplificado de concluir tratados.

La firma respecto a la celebración de los acuerdos internacionales puede cumplir dos funciones dependientemente de si se trate del procedimiento clásico o del simplificado. Es decir, la firma puede ser o bien firma-auténtica; o bien firma-consentimiento.

La manifestación del consentimiento del Estado sobre la obligatoriedad del tratado respecto a él, constituye la etapa culminante de la celebración del tratado. Son variadas las formas como el Estado puede manifestar ese consentimiento, entre las de mayor discusión cuentan; al firma del tratado; la ratificación; la aprobación; la aceptación; y la adhesión.

Adhesión, aceptación y aprobación de los Tratados Internacionales

La Adhesión

La adhesión es el acto jurídico por el cual un Estado que no es signatario de un tratado llega a formar parte del mismo.

La adhesión es posible cuando el tratado la prevé, cuando conste de otro modo que los Estados negociadores han convenido que ese Estado puede manifestar su consentimiento mediante la adhesión, o si las partes deciden ulteriormente esa posibilidad estando el tratado en vigor en esa última hipótesis.

La aceptación

La aceptación puede tener lugar cuando la firma no ha sido depositada, es decir, cuando el Estado no ha participado en las negociaciones o no ha aprobado el texto del tratado. Así, pues, se asemeja a la adhesión, la aceptación se lleva a cabo mediante un instrumento formal de estructura similar al instrumento de adhesión y se denomina instrumento de aceptación.

Aprobación

En algunos casos, en lugar de adhesión se aplica la aprobación del tratado. No existe una diferencia de principio entre esas dos formas de manifestación del consentimiento en obligarse por el tratado; es más bien una diferencia de terminología. En

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