Tributacion
icari16 de Diciembre de 2012
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UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA – PRODEUNP - SULLANA
GIRON ANDRADE, BRENDA JAMILETH
LAZO NUÑEZ BRECIA,CAROLINA
PALOMINO CAMACHO, IDA CAROLINA
PINGO ZAPATA, FATIMA DEL BELEN
ZAPATA CISNEROS, CATHERINE LISBETH
DOCENTE:
MANUEL LANADA MACHERO.
INTRODUCCION
Como todos sabemos, al pagar por alguna cosa, cualquiera que esta sea, que jamás haya sido utilizada, se debe desembolsar una cantidad de dinero, esto es porque, al igual que todas las cosas en este mundo, los bienes materiales también se desgastan y al hacerlo, ya no funcionan correctamente como lo hacían al principio. Este hecho ocasiona que su valor se deteriore de la misma manera. Por lo que al final de su vida útil, es decir, cuando queremos deshacernos de él, lo que nos pagaría otra persona por adquirirlo sería sólo un porcentaje de lo que nosotros pagamos.
Por ese motivo existe la depreciación, la cual nos ayuda a encontrar ese valor a través de ciertos métodos, éstos nos brindan resultados exactos y que toman en cuenta todo lo necesario para que la cantidad a la que vamos a vender el bien sea la indicada.
Cuando un activo es utilizado para generar ingresos, este sufre un desgaste normal durante su vida útil que el final lo lleva a ser inutilizable. El ingreso generado por el activo usado, se le debe incorporar el gasto correspondiente desgaste que ese activo a sufrido para poder generar el ingreso, puesto que como según señala un elemental principio económico, no puede haber ingreso sin haber incurrido en un gasto, y el desgaste de un activo por su uso, es uno de los gastos que al final permiten generar un determinado ingreso.
Diferentes motivos obligan o inducen a las empresas a enviar a sus trabajadores al interior del país o al extranjero (la búsqueda de clientes o proveedores, cumplimiento de obligaciones contractuales etc.) solventando los gastos que en ellos se incurren.
Estos gastos de viaje deberían deducirse de la renta bruta para efectos del cálculo del impuesto a la renta en atención a que fueron realizados para generar mayores rendimientos para la empresa o mantener la fuente productora de los mismos.
Sin embargo, la deducción de estos gastos se encuentra supeditada al cumplimiento de ciertos requisitos y límites establecidos en las normas tributarias.
En el Perú, la deducción de los gastos de viaje está regulada en el inciso r) del artículo 37° de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR) en concordancia con el inciso n) del artículo 21° de su Reglamento (RLIR).
Se consideran deducibles los gastos por concepto de donaciones otorgados en favor de entidades y dependencias del Sector Público Nacional, excepto empresas, y a entidades sin fines de lucro
GASTOS POR PROVISIONES DEL EJERCICIO
1.-DEPRECIACIONES:
Al admitirse la deducción de la depreciación y de la amortización de los bienes, se permiten recuperar el costo de las inversiones durante el plazo de la vida útil de estos o en determinado número de año.
¿Qué es la depreciación?
Podríamos contestar, como generalmente se hace, que esta es una técnica de valuación que permite determinar el valor actual de un activo fijo.
Tal respuesta es en nuestra opinión, incorrecta, pues consideramos que la depreciación es un sistema para asignar costos. En efecto, la inversión incurrida por la empresa al momento de adquirir el activo fijo debe ser recuperada, para ellos efectúa una asignación lo más razonable posible a los ejercicios que comprenden la vida útil del bien.
Como se a indicado, la depreciación implica asignar el costo de adquisición del activo fijo a lo largo de la vida útil de este, ello implica que será cada negocio o empresa el que establezca cual resulta ser el plazo más representativo para su propia realidad.
Ejemplo:
una empresa que se dedica al servicio de interprovincial de carga de mercadería puede considerar que un vehículo destinado a estas a estas tareas posee una vida útil de dos años, mientras que una empresa que preste el mismo tipo de vehículos, pero en solo en el radio urbano de una provincia, considerara que la vida útil más representativa para su realidad es de cuatro años.
Nuestra legislación de renta no establece un mínimo de años para efectuar la depreciación, la modalidad adoptada es fijar tasas máximas, las que el contribuyente no debe exceder.
Método de depreciación
Las empresas pueden optar entre muchos métodos de depreciación diferentes, exigiendo solamente que el método seleccionado debe reflejar el modelo, según el cual los beneficios económicos del activo fijo son consumidos por las empresas y aplicarlos de manera consistente.
Entre los métodos más comunes:
Método de depreciación en línea recta; por el cual se asigna una porción igual de gasto, a lo largo de la vida útil del activo fijo.
Método de disminución del saldo.
Método de unidades producidas.
Los dos últimos métodos pertenecen a un grupo denominados métodos acelerados. Solo hay un método de línea recta, pero diversos métodos acelerados, cada uno de los cuales produce resultados ligeramente distintos.
Cada empresa adoptara el método que considere mejor para su realidad y conciliará posteriormente, al final del ejercicio con las tasas máximas que el artículo 22 del reglamento del TUO de la LIR fija para los activos fijos.
La mayoría de las empresas emplea el método de línea recto y esto provocara que la empresa declare utilidades más altas que resultaría si se utilizara un método acelerado, lo que no significa que haya sido más rentable que la otra.
En efecto, el valor de esta estimación no tiene efecto sobre la posición financiera real del negocio. Por lo tanto un negocio que utiliza un método de depreciación acelerada en sus estados financieros están midiendo simplemente su utilidad neta en forma conservadora que un negocio que utiliza línea recta.
Tratamiento tributario de la depreciación
El inciso f del artículo 37 del TUO de la LIR señala que son deducibles las depreciaciones por desgaste u obsolencia de los bienes del activo fijo. para esto, se entiende por depreciación a las deducciones por concepto de desgaste o agotamiento de bienes de activo fijo tangibles contables admitidas según lo dispuesto en los artículos 38-43 del TUO de la LIR, y el articulo 22 del reglamento.
Los mencionados artículos establecen las pautas para que, mediante la deducción de un porcentaje del valor de adquisición del bien durante determinado número de años, se recupere el costo de la inversión (con algunas excepciones).
Criterios de aplicación
• Se aplica respecto de todos aquellos bienes comprendidos en el activo fijo que sufran desgaste por la utilización dad en la realización de los negocios, industria, profesión u otras actividades productoras de renta de tercera categoría.
• Según lo dispuesto en el artículo 23 del reglamento forman parte del activo fijo, aquellos bienes que sufran desgaste, cuyo costo de adquisición sea mayor a un cuarto de la UIT.
• La depreciación se aplicara para la determinación del impuesto anual, computándose a partir del mes en que los bienes sean utilizados en la generación de rentas gravadas. En ningún caso se aplicara depreciaciones correspondientes a ejercicios anteriores.
• Cuando los bienes son afectados parcialmente a la producción de rentas, la depreciación será proporcional.
• Los deudores tributarios deberán llevar un control permanente de los bienes del activo fijo en el registro de activos fijos (mediante resolución de superintendencia SUNAT se determinan los requisitos).
• Quienes suspenda temporalmente su actividad productiva (hasta 12 meses consecutivos sin realizar ningún acto que implique la generación de renta gravada o no), podrán dejar de computar la depreciación de sus bienes por dicho periodo. Dicha suspensión operra desde su comunicación a la SUNAT.
Exclusiones:
Como la depreciación es por desgaste u obsolescencia, quedan excluidos los terrenos (salvo que por la actividad sufran reales gastos, por ejemplo: en el caso de las explotaciones forestales, planeación de productos agrícolas de carácter permanente o la extracción de tierras para la fabricación de ladrillo), así como los pagos por los bienes que no pierden su valor (por ejemplo: las obras de arte).
Tasa Aplicable:
El reglamento de TUO de la LIR admite, para los edificios y construcciones, la deducción de en línea recta del 3% anual. Para los demás bienes se pueden aplicar otro sistema. La depreciación máxima aceptada tributariamente es aquella contabilizada en el ejercicio gravable en los libros y registros contables, las cuales no deben exceder los porcentajes máximos siguientes
BIENES PORCENTAJE ANUAL DE DEPRECIACIÓN MÁXIMA
Ganado de trabajo y de reproducción, redes de pesca 25%
Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles), hornos en
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