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Ventanilla Unica


Enviado por   •  9 de Octubre de 2013  •  1.747 Palabras (7 Páginas)  •  896 Visitas

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Qué es la Ventanilla Única?

Es una herramienta que permite el envío de la información electrónica, una sola vez, ante una única entidad, para cumplir con todos los requerimientos del comercio exterior. Esto es posible a través de la simplificación, homologación y automatización de los procesos de gestión.

En términos prácticos, la Ventanilla Única tiene como objetivo agilizar y simplificar los flujos de información entre el comercio y el gobierno y aportar beneficios significativos para todas las partes involucradas en el comercio transfronterizo. La Ventanilla Única es generalmente gestionada de forma centralizada por un organismo rector, lo que permite a las autoridades competentes y organismos gubernamentales recibir o tener acceso a la información pertinente para su propósito. Además, las autoridades y organismos participantes deben coordinar sus controles. En algunos casos, la Ventanilla Única deberá proporcionar medios para el pago de derechos correspondientes, los impuestos y tasas.

Complejidad del Comercio Exterior

• Aproximadamente 30 actores involucrados (agentes navieros, agentes aduanales, exportadores, importadores, etc.)

• Aproximadamente 40 diferentes documentos utilizados durante la cadena de suministro, 200 diferentes datos de información, de los cuales entre el 60 y el 70% son capturados en más de una ocasión

• Aproximadamente 161 trámites para el cumplimiento de restricciones y regulaciones no arancelarias, trámites de aduanas, entre otros

La operación de Ventanilla Única implica cuatro pasos:

1. El interesado ingresa en www.ventanillaunica.gob.mx y con su Firma Electrónica Avanzada (Fiel) registra en línea la información relacionada con la importación, exportación o tránsito de mercancías.

2. La información se envía electrónicamente a las oficinas de gobierno correspondientes para su aprobación y autorización.

3. Los impuestos se calculan y se descuentan de manera automática de una cuenta bancaria del interesado.

4. Al presentar el transportista un formato simplificado, el verificador de aduana consulta la información mediante un dispositivo digital portátil y libera la mercancía.

Los operadores de comercio exterior del país deben cumplir ciertas especificaciones tecnológicas para utilizar la Ventanilla Única.

Para el uso de la herramienta es indispensable la Firma Electrónica Avanzada (Fiel), que puede tramitarse en una oficina del Servicio de Administración Tributaria, o renovarse por internet

Beneficios

• Entrega de información electrónica en un solo punto de contacto. Toda la información relacionada con el proceso de importación, exportación o tránsito de mercancías se ingresa en línea, una sola vez, y en un solo punto de contacto.

• Atención permanente desde cualquier lugar. La información puede ser enviada a cualquier hora, cualquier día del año, desde cualquier lugar del mundo.

• Menor tiempo y costo. Como resultado de la simplificación y automatización de los procesos de gestión, los tiempos y los costos se reducen, tanto para la Administración Pública Federal como para los usuarios de comercio exterior, en el intercambio de mercancías de México con otros países.

• Mejora logística. Sin formatos de papel se agiliza la liberación de mercancías y se hace más eficiente la cadena logística.

• Más transparencia. La automatización de los procesos de comercio exterior evita decisiones arbitrarias de servidores públicos, y proporciona un mejor control de riesgos.

• Mayor certidumbre jurídica. La homologación y claridad de los requisitos para el cumplimiento de las obligaciones de comercio exterior da certeza jurídica.

• Eliminación de formatos en papel. La información digital substituye el uso del papel.

• Mejora la seguridad de la información. Mediante el uso de tecnologías de la información se evita el daño o pérdida de datos, aun en casos de desastre.

Ventanilla Unica:

Obligatoria a partir del 01 de marzo de 2012

Reglas aplicables a esta normatividad 3.1.30 y 3.1.31

El importador deberá seguir lo dispuesto en la regla 3.1.31

El agente aduanal deberá seguir lo dispuesto en la regla 3.1.30

Se impondrá multa de $2,930.00 a $4,400.00 pesos por no transmitir la citada información en el plazo establecido, considerando que se incumple con la obligación además, cuando la información transmitida sea incompleta o incorrecta.

Cortesia: SAT, ADUANA MEXICO, Ventanilla Unica de Comercio Exterior.

Antecedendetes

Según Decreto publicado el 14 de enero de 2011 en el D.O.F, la implementación de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior se desarrollará en tres etapas, para lo cual las diferentes autoridades competentes en materia de comercio exterior que la integren adoptarán una arquitectura de redes informáticas abiertas, compatibles e interoperables, conforme a las mejores prácticas internacionales en la materia.

En cada una de las tres etapas se incorporará y compartirá progresivamente la información pertinente en términos de las disposiciones aplicables, que se encuentre en poder de las autoridades competentes en materia de comercio exterior, a más tardar en las siguientes fechas:

• Etapa 1: SE y AGA, al 30 de septiembre de 2011;

• Etapa 2: SEDENA, SEMARNAT, SAGARPA y SALUD, al 30 de enero de 2012, y

• Etapa 3: SENER y SEP, al 30 de junio de 2012.

Las autoridades competentes en materia de comercio exterior deberán habilitar la infraestructura necesaria para la operación de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, de acuerdo con las fechas indicadas anteriormente.

Las actividades que podrán realizarse a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior son las siguientes:

• Cualquier trámite relacionado con importaciones, exportaciones y tránsito de mercancías de comercio exterior.

• Consultar información sobre los

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