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Ventanillas Unicas De Comercio Exterior

leonaguila8 de Mayo de 2014

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Tabla de contenido

INTRODUCCIÓN. 3

CAPITULO I ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL 4

1.1 ANTECEDENTES 4

1.2 ¿QUE ES LA VENTANILLA UNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE)? 7

1.3 FUNDAMENTO LEGAL 7

1.4 PLAN DE MODERNIZACION DEL SAT 18

1.5 TRAMITES ELECTRONICOS 23

1.6 .AUTORIDADES COMPETENTES EN ESTE PROYECTO: 29

1.6 IMPLEMENTACIÓN: 30

CAPITULO II VENTANILLAS UNICAS DE COMERCIO EXTERIOR 30

2.1 OBJETIVOS 31

2.2 BENEFICIOS 32

2.3 INVOLUCRADOS EN SU OPERACIÓN 33

2.4. OPERACIÓN 35

2.5 COMPROBANTE DE VALOR ELECTRÓNICO 36

2.6 AVANCES EN LA IMPLEMENTACIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR MEXICANA (VUCEM) 38

2.7 DIGITALIZACIÓN - VUCEM 41

CAPÍTULO III: REFORMAS LEGALES RELACIONADAS 42

3.1 OPERATIVAS, FISCALES Y ADUANERAS 43

3.2 RCGMCE 2012 46

3.3.- LEY ADUANERA 47

3.4.- CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN 55

3.5.- APLICACIÓN PRÁCTICA EN FACULTADES DE COMPROBACIÓN 56

INTRODUCCIÓN.

La Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), es un proceso administrativo que pretende simplificar y optimizar los trámites de Comercio Exterior. También es llamada “Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior”

Es decir lo que se pretende homologar los 165 trámites actuales y 40 documentos que se manejan actualmente en relación con importación, exportación y tránsito de mercancías a una sola entrada de datos en un organismo único.

Se crea con el objetivo de mejorar la competitividad en México en materia comercial, no obstante se promueve también el cuidado al medio ambiente al evitar el uso de papeleo.

En un análisis más profundo, debemos captar el impacto de la implantación total de éste sistema. Para muestra tenemos que la disminución de trámites administrativos para la creación de empresas en México ha generado 5% de crecimiento en el registro de nuevas empresas y aumento del empleo de casi 3%, informó Yara Salem, especialista en desarrollo del sector privado en el BM. Entonces ¿Cuál es el beneficio que pudiese generarnos la “VUCE”.

En un seminario organizado por el Foro de Cooperación Asia Pacífico (APEC) se afirma que en promedio, cada reducción de 10 días en tramitología lleva a un crecimiento de la economía del 0.4%, y en ocasiones aún más.

CAPITULO I ANTECEDENTES Y MARCO LEGAL

1.1 ANTECEDENTES

Desde los años noventa, el comercio mundial ha crecido dos veces más rápido que el producto interno bruto mundial. En este contexto, los países que logren atraer inversión extranjera y que impulsen el comercio exterior tendrán mayor crecimiento económico.

Sin embargo, para incrementar el intercambio comercial entre los países no basta con reducir o eliminar aranceles; es necesario poner enmarcha sistemas de modernización aduanera que permitan reducir costos e incrementar la competitividad internacional. Los países con las mejores prácticas del comercio exterior han adoptado el sistema Ventanilla Única.

Hoy en día el comercio exterior en México involucra un alto número de trámites, papeleo y personas. Existen aproximadamente 30 actores involucrados, entre oficinas de gobierno, exportadores, importadores, transportistas y auxiliares de la función aduanera, esto representa 40 documentos, 165 trámites y 200 diferentes datos, muchos de los cuales deben entregarse varias veces.

Para ello son necesarios los programas de modernización/reformas aduaneras y de facilitación de comercio, si los países buscan reducir los costos de transacciones comerciales e incrementar la competitividad internacional.

En el diseño e implementación de sistemas de tecnologías de información y comunicaciones para apoyar esfuerzos de facilitación de comercio, es esencial que, desde un principio, se adopten mejores prácticas y un enfoque para abordar este problema es el establecimiento de una

Ventanilla Única en la que la información relacionada con el comercio y/o documentos deben ser presentados sólo una vez en un único punto de entrada.

La Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (UNECE), en 2005 a través del UNCEFACT (Trade Facilitation and Electronic Business/Facilitación del Comercio y Transacciones Económicas) en la Recomendación no. 33 de 2005 relativa a la “recomendación y directrices en el establecimiento de un ventanilla única” (recomendation and guidelines on establishing a single window) sugirió a los gobiernos implementar Ventanillas Únicas (Single Window).

El desarrollo de la Ventanilla Única de Comercio Exterior ha sido identificado como una prioridad en la agenda de facilitación de comercio del Foro de Cooperación Económica de Asia Pacífico (APEC) el cual es el mayor espacio para facilitar el crecimiento económico, la cooperación, el comercio y las inversiones en la región de Asia Pacífico.

En 2006 iniciaron los trabajos orientados a contar con un Plan Estratégico cuya visión es alcanzar la interoperabilidad de las ventanillas únicas de los 21 países miembros de APEC en el año 2015 ; entre los cuales destacan: Australia; Brunei; Canadá; Chile; República Popular China; Hong Kong, Indonesia; Japón; Malasia; México; Nueva Zelanda; Perú; República de las Filipinas; Singapur; Estados Unidos de América.

En México, el 31 de mayo de 2012, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el comunicado de prensa no. 029/2012 señaló:

“MAÑANA INICIA EL USO OBLIGATORIO DE LA VENTANILLA ÚNICA

DE COMERCIO EXTERIOR: El Servicio de Administración Tributaria

informa que mañana 1 de junio inicia el uso obligatorio de la Ventanilla Única

para todos los usuarios del comercio exterior, en todas las aduanas del país”

El primer despacho de mercancías con Ventanilla Única de Comercio Exterior se realizó el 16 de enero de 2011, en la Aduana de Lázaro Cárdenas, Michoacán; a partir de ese momento se le ha dado un fuerte impulso al uso de esta herramienta que beneficia la competitividad del país.

Después de esperar por fin entra de lleno el funcionamiento de la Ventanilla Única, siendo obligatoria desde esta fecha para iniciar y continuar cualquier tramite de importación o exportación en materia de Comercio Exterior, inicialmente logra una operación parcialmente exitosa ante los problemas tecnológicos y saturación de tramites y archivos por el envió de documentos, sin embargo es un logro importante ya que permite ahorrar tiempos y eficacia.

Los objetivos de contar con una Aduana sin papel son.

Eliminar el papel convirtiendo los procesos manuales en electrónicos,manejando documentación digitalizada.

Reducir tiempos en procesos administrativos, así como en las plataformas de revisión de las aduanas del país.

Contar con información previa al despacho aduanero para la aplicación acertada de análisis de riesgo.

Facilitar la búsqueda y acceso de información desde ubicaciones remotas a un repositorio central de información, con las debidas limitantes y permisos con base en las funciones y facultades que debería tener cada usuario de la información.

Incidir en la competitividad de la economía del país al permitir una participación en los procesos de comercio exterior más ágil, fácil y seguro.

Toda transmisión de documentos se deberá realizar con la Firma Electrónica Avanzada

Los documentos que sean ingresados en la Ventanilla Unica y que serán utilizados para el despacho aduanero deberán de cumplir con las siguientes especificaciones;

-Debe ser formato PDF que no contenga formularios, objetos OLE incrustados,código java script.

-En escala de grises a 8 bits de profundidad.

-En resolución de 300 puntos por pulgada.

-Sin OCR aplicado.

-Sin hojas en blanco

Operaciones iniciadas antes del 1° de junio de 2012.

Aquellas operaciones de comercio exterior iniciadas antes del 1° de junio de 2012, deberán ser concluidas y despachadas de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables al inicio de la operación; es decir, que antes del 1 de junio todas las operaciones que se hayan iniciado en esquema tradicional tendrán que terminar en el mismo esquema después del 1 de junio, sin embargo, todas aquellas operaciones iniciadas a partir del 1 de junio tendrán que ser por esquema VUCEM.

1.2 ¿QUE ES LA VENTANILLA UNICA DE COMERCIO EXTERIOR (VUCE)?

Es una herramienta que permite el envío de la información electrónica, una sola vez, ante una única entidad, para cumplir con todos los requerimientos del comercio exterior. Esto es posible a través de la simplificación, homologación y automatización de los procesos de gestión.

1.3 FUNDAMENTO LEGAL

El Diario Oficial de la Federación publicado el 14 de enero de 2012, señala que con fundamento en el artículo 89, fracción I de la Constitución Política; el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos; tiene facultades para Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia; por lo cual se expide el Decreto por el que se establece la Ventanilla Única de Comercio Exterior.

ARTS: 17, 21, 29, 31, 32 Bis, 33, 34, 35, 37, 38 y 39 LOAPF

En cuyo decreto especifica:

DECRETO por el que se establece la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior.

Al margen

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