ANALISIS DEL CODIGO D ECUADOR DEL 1 AL 27
RowexInforme12 de Diciembre de 2022
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ANALISIS DEL CODIGO DE COMERCIO DEL 1 AL 27
Art. 1.-
ANALISIS:
El código comercio rige a en base de obligaciones con el objetivo de que los comerciantes cumplan con sus operaciones. Esta parte de la ley ayuda de manera general a todos los comerciantes. Es decir, a quienes se rigen a Ley mercantil.
Art. 2.-
ANALISIS:
Los comerciantes tienen una serie de obligaciones legales, precisamente por su condición de comerciante, que le lleva a interactuar con la sociedad, con el consumidor, y esa interacción está regulada por la ley para proteger tanto al consumidor como los intereses del estado.
Art. 3.-
ANALISIS:
En el artículo 3 del código de comercio se considera el régimen de ley ls cuales cuada comerciante o empresa tiene que cumplirlas.
Art. 4.-
ANALISIS:
En el artículo cuatro del código de comercio se dice que las personas que ejecuten las operaciones mercantiles ellos no serán comerciantes ya que están sujetos al código el comercio.
Art. 5.-
ANALISIS:
En el artículo cinto del código del comercio donde también incluye el código civil ya que testo s constituyen a las normas supletorias en otras ramas ya que están observan al anónimo y la naturaleza mercantil.
Art. 6.-
ANALISIS:
En el artículo seis del código del comercio la existencia de la práctica empresarial y el cumplimiento de los requisitos descritos en el párrafo anterior deberán ser probados por quien la invoque. Pero si se ha de interrogar a los testigos, debe haber por lo menos cinco comerciantes idóneos inscritos en el registro mercantil que hayan presentado los hechos y sus declaraciones en forma razonable; si se citan como prueba dos decisiones judiciales firmes, deberán publicarse a más tardar 5 años después del juicio en cuestión.
Art. 7.-
ANALISIS:
En artículo 7 del código del comercio se entiende por actividades comerciales todas aquellas actividades u operaciones que comprendan necesariamente el desarrollo continuo o constante de actividades productivas, el intercambio de bienes o la prestación de servicios en un determinado mercado, que se realicen en un sentido económico, en los términos señalados en el acuerdo. sección de este Código; y las actuaciones de un comerciante o comerciante que intervenga, si al menos una de las entidades antes mencionadas interviene con el objeto de crear un beneficio económico.
ANALISIS:
Compra o intercambio de propiedades en movimiento destinadas a su destrucción de la misma manera y su alienación; compra o intercambio de propiedades móviles; Su alquiler; Alquilar todo tipo de bienes para sus facilidades y su subarrendamiento; la compra o alienación de instituciones comerciales e hipotecas, arrendamientos, administración y otras operaciones similares;
la interferencia como una constitución relacionada de las empresas comerciales, los mismos o los mismos actos administrativos o negociaciones sobre promociones, membresía o partes sociales; producción, transformación, producción y circulación de bienes; el transporte de bienes y personas; Las acciones descritas y reguladas por los códigos orgánicos monetarios y económicos, independientemente del hecho de que la ley se aplique, actividades de representación proporcionadas por terceros a través de las cuales se encuentran productos o servicios; almacenes, tiendas, bazares, fondos, café y otras compañías similares; actividades comerciales realizadas en empresas físicas o lugares virtuales donde se ofrecen productos o servicios;
Contrato de Seguro todos relacionados con las cartas u orden de intercambio, incluso entre los no méritos; El dinero transfiere de un cuadrado a otro realizado bajo el cambio de cambio y todo L para Libranza entre comerciantes o actividades comerciales de quién firma el Libranz; bienes -epositum; y almacenamiento general de activos para engorrosos; la relación entre los contratos existentes entre los proveedores de servicios de transporte y sus usuarios; contrato logístico; ropa y otras garantías reguladas en este código; operaciones de crédito; cooperación comercial en un esfuerzo por llevar a cabo actividades comerciales; Y, y,
Otros que este código actúa. Asimismo, se considerará conducta comercial toda conducta relacionada con una actividad comercial o negocio realizada por cualquier persona para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales.
Art. 9.-
ANALISIS:
En el artículo 9 del código del comercio se entiende por bienes o bienes relacionados con las actividades u operaciones mencionadas en este código todos los bienes muebles, corporales o incorporales que pueden ser objeto de actividades comerciales. En materia inmobiliaria, cada tipo de contrato se sujetará a lo dispuesto en esta ley.
Art. 10.-
ANALISIS:
En el artículo 10 de código del comercio se consideran comerciantes o comerciantes y, por tanto, están sujetos a las disposiciones de esta Ley, las siguientes personas: Vendedor o Comerciante, según se define en las disposiciones de este Código; las sociedades controladas por la unidad administrativa en relación con la supervisión societaria, bursátil, de seguros y bancaria, según el caso, con base en su actividad mutua; entidades económicas o entidades con o sin personalidad jurídica, cuya propiedad sea independiente de la propiedad de los participantes y que realicen actividades comerciales; Sí, las personas naturales que se dediquen a actividades tales como la agricultura, la manufactura, la agroindustria, etc., y que por la escala de sus actividades, deban llevar contabilidad de conformidad con la ley y las normas legales pertinentes.
Art. 11.-
ANALISIS:
No son comerciantes ni comerciantes: los empresarios que se dediquen al trabajo por cuenta propia, así como los empresarios que se dediquen a actividades intelectuales, literarias, científicas y artísticas, que se realicen con la participación de colaboradores; artesanos; Sí, las personas que eventualmente se retiren de la actividad comercial.
Art. 12.-
ANALISIS:
Para todos los efectos legales, se considerará que una persona se dedica a los negocios en cualquiera de los siguientes casos: si tiene un negocio que está abierto al público; además, promocionar a la empresa de cualquier forma como comerciante u ofreciendo bienes o servicios.
Art. 13.-
ANALISIS:
En el artículo 13 del código del comercio se encuentran las responsabilidades específicas de un comerciante o comerciante: lleva registros o cuentas de ingresos y gastos (si corresponde) que reflejan su negocio de conformidad con las disposiciones reglamentarias pertinentes; realizar adecuadamente la correspondencia que refleje su actividad económica; Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. La ausencia de este registro no afecta el carácter mercantil del negocio ni de las actividades que realiza la empresa, siempre que cumplan con los requisitos contenidos en este código y notifiquen oportunamente los cambios en la actividad; obtener los permisos necesarios para el desempeño de la actividad; conservar la información relacionada con su funcionamiento por lo menos por el tiempo señalado en este Código; no participar en actividades de competencia desleal y, en general, en cualquier infracción sancionada por la ley sobre control del poder de mercado; Sí, Evitar prácticas sancionadas por las leyes orgánicas de protección al consumidor.
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