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ANALISIS DEL CODIGO D ECUADOR DEL 1 AL 27


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2022  •  Informes  •  1.859 Palabras (8 Páginas)  •  201 Visitas

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ANALISIS DEL CODIGO DE COMERCIO DEL 1 AL 27

Art. 1.- 

ANALISIS:

El código comercio rige a en base de obligaciones con el objetivo de que los comerciantes cumplan con sus operaciones. Esta parte de la ley ayuda de manera general a todos los comerciantes. Es decir, a quienes se rigen a Ley mercantil.

 Art. 2.- 

ANALISIS:

Los comerciantes tienen una serie de obligaciones legales, precisamente por su condición de comerciante, que le lleva a interactuar con la sociedad, con el consumidor, y esa interacción está regulada por la ley para proteger tanto al consumidor como los intereses del estado.

Art. 3.- 

ANALISIS:

En el artículo 3 del código de comercio se considera el régimen de ley ls cuales cuada comerciante o empresa tiene que cumplirlas.

 Art. 4.- 

ANALISIS:

En el artículo cuatro del código de comercio se dice que las personas que ejecuten las           operaciones mercantiles ellos no serán comerciantes ya que están sujetos al código el comercio.

Art. 5.- 

ANALISIS:

En el artículo cinto del código del comercio donde también incluye el código civil ya que testo s constituyen a las normas supletorias en otras ramas ya que están observan al anónimo y la naturaleza mercantil.

Art. 6.- 

ANALISIS:

En el artículo seis del código del comercio la existencia de la práctica empresarial y el cumplimiento de los requisitos descritos en el párrafo anterior deberán ser probados por quien la invoque. Pero si se ha de interrogar a los testigos, debe haber por lo menos cinco comerciantes idóneos inscritos en el registro mercantil que hayan presentado los hechos y sus declaraciones en forma razonable; si se citan como prueba dos decisiones judiciales firmes, deberán publicarse a más tardar 5 años después del juicio en cuestión.

Art. 7.- 

ANALISIS:

En artículo 7 del código del comercio se entiende por actividades comerciales todas aquellas actividades u operaciones que comprendan necesariamente el desarrollo continuo o constante de actividades productivas, el intercambio de bienes o la prestación de servicios en un determinado mercado, que se realicen en un sentido económico, en los términos señalados en el acuerdo. sección de este Código; y las actuaciones de un comerciante o comerciante que intervenga, si al menos una de las entidades antes mencionadas interviene con el objeto de crear un beneficio económico.

ANALISIS:

Compra o intercambio de propiedades en movimiento destinadas a su destrucción de la misma manera y su alienación; compra o intercambio de propiedades móviles; Su alquiler; Alquilar todo tipo de bienes para sus facilidades y su subarrendamiento; la compra o alienación de instituciones comerciales e hipotecas, arrendamientos, administración y otras operaciones similares;

la interferencia como una constitución relacionada de las empresas comerciales, los mismos o los mismos actos administrativos o negociaciones sobre promociones, membresía o partes sociales; producción, transformación, producción y circulación de bienes; el transporte de bienes y personas; Las acciones descritas y reguladas por los códigos orgánicos monetarios y económicos, independientemente del hecho de que la ley se aplique, actividades de representación proporcionadas por terceros a través de las cuales se encuentran productos o servicios; almacenes, tiendas, bazares, fondos, café y otras compañías similares; actividades comerciales realizadas en empresas físicas o lugares virtuales donde se ofrecen productos o servicios;

Contrato de Seguro todos relacionados con las cartas u orden de intercambio, incluso entre los no méritos; El dinero transfiere de un cuadrado a otro realizado bajo el cambio de cambio y todo L para Libranza entre comerciantes o actividades comerciales de quién firma el Libranz; bienes -epositum; y almacenamiento general de activos para engorrosos; la relación entre los contratos existentes entre los proveedores de servicios de transporte y sus usuarios; contrato logístico; ropa y otras garantías reguladas en este código; operaciones de crédito; cooperación comercial en un esfuerzo por llevar a cabo actividades comerciales; Y, y,

Otros que este código actúa. Asimismo, se considerará conducta comercial toda conducta relacionada con una actividad comercial o negocio realizada por cualquier persona para asegurar el cumplimiento de obligaciones comerciales.

Art. 9.- 

ANALISIS:

En el artículo 9 del código del comercio se entiende por bienes o bienes relacionados con las actividades u operaciones mencionadas en este código todos los bienes muebles, corporales o incorporales que pueden ser objeto de actividades comerciales. En materia inmobiliaria, cada tipo de contrato se sujetará a lo dispuesto en esta ley.

Art. 10.- 

ANALISIS:

En el artículo 10 de código del comercio se consideran comerciantes o comerciantes y, por tanto, están sujetos a las disposiciones de esta Ley, las siguientes personas: Vendedor o Comerciante, según se define en las disposiciones de este Código; las sociedades controladas por la unidad administrativa en relación con la supervisión societaria, bursátil, de seguros y bancaria, según el caso, con base en su actividad mutua; entidades económicas o entidades con o sin personalidad jurídica, cuya propiedad sea independiente de la propiedad de los participantes y que realicen actividades comerciales; Sí, las personas naturales que se dediquen a actividades tales como la agricultura, la manufactura, la agroindustria, etc., y que por la escala de sus actividades, deban llevar contabilidad de conformidad con la ley y las normas legales pertinentes. 

Art. 11.- 

ANALISIS:

No son comerciantes ni comerciantes: los empresarios que se dediquen al trabajo por cuenta propia, así como los empresarios que se dediquen a actividades intelectuales, literarias, científicas y artísticas, que se realicen con la participación de colaboradores; artesanos; Sí, las personas que eventualmente se retiren de la actividad comercial.

Art. 12.- 

ANALISIS:

Para todos los efectos legales, se considerará que una persona se dedica a los negocios en cualquiera de los siguientes casos: si tiene un negocio que está abierto al público; además, promocionar a la empresa de cualquier forma como comerciante u ofreciendo bienes o servicios. 

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