ANALISIS DEL PROCESO DE EJECUCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE HABITANTE DE CALLE EN LA LOCALIDAD DE LO MÁRTIRES (BOGOTÁ D.C) EN EL MARCO DE LA LEY 16-41 2013 EN EL PERIODO 2012-2015
Alejandra VanegasMonografía24 de Febrero de 2020
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ANALISIS DEL PROCESO DE EJECUCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE HABITANTE DE CALLE EN LA LOCALIDAD DE LO MÁRTIRES (BOGOTÁ D.C) EN EL MARCO DE LA LEY 16-41 2013 EN EL PERIODO 2012-2015
ESTEFANNY LARA VANEGAS
KAREN LORENA GOEZ RODRÍGUEZ
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS CENTRO REGIONAL
FACULTAD DE CIENCIAS HUMANAS Y SOCIALES
PROGRAMA TRABAJO SOCIAL
SOACHA, CUNDINAMARCA
2019
ANALISIS DEL PROCESO DE EJECUCIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE HABITANTE DE CALLE EN LA LOCALIDAD DE LO MÁRTIRES (BOGOTÁ D.C) EN EL MARCO DE LA LEY 16-41 2013 EN EL PERIODO 2012-2015
ESTEFANNY LARA VANEGAS
KAREN LORENA GOEZ RODRÍGUEZ
Trabajo de grado presentado como requisito para optar el título de Trabajadoras Sociales
Asesora:
CATHERINE ARDMIROLA MENDOZA
Trabajadora Social – Universidad Minuto de Dios
CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS CENTRO REGIONAL
FACULTAD DE CIENCUAS HUMANAS Y SOCIALES
SEDE SOACHA
SECCIONAL CUNDINAMARCA
2019
DEDICATORIA
AGRADECIMIENTOS
TABLA DE CONTENIDO
Contenido
INTRODUCCIÓN 8
PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN 9
ANTECEDENTES DEL PROBLEMA 9
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN 11
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA 14
ESTADO DEL ARTE DE LA INVESTIGACIÓN 14
OBJETIVOS 18
MARCO LEGAL 19
MARCO TEÓRICO 22
LISTA DE TABLAS
LISTA DE FIGURAS
Ilustración 1Número de Ciudadanas y Ciudadanos Habitantes de Calle identificados según la localidad 13
Ilustración 2 Plan indicativo de la política pública - Direccionamiento Político 14
Ilustración 3Estructura Política Pública Distrital del Fenómeno de la Habitabilidad de Calle PPDFHC 2015-2025 18
LISTA DE ANEXOS
RESUMEN
PALABRAS CLAVE
ABSTRACT
KEYWORDS
INTRODUCCIÓN
Según la ley1641 de 2013, por la cual se establecen los lineamientos para la formulación de la política pública social para habitantes de la calle que tiene como objeto, según el artículo 1 de la misma establecer los lineamientos generales para la formulación de la política pública social para habitantes de calle dirigidos a garantizar, promocionar, proteger y restablecer los derechos de estas personas, con el propósito de lograr su atención integral, rehabilitación e inclusión social. (Ley N°1641.Congreso de Colombia, Colombia, 12 de julio de 2013).
Con base en las cifras del informe Política Pública Distrital para el Fenómeno de Habitabilidad en Calle, expedido en el año 2015 por la Secretaria de Integración Social de la Alcaldía Mayor de Bogotá en ese momento a cargo de Gustavo Petro Urrego, de 7’467.804 habitantes de Bogotá, la población habitante de calle censada fue de 9.614 habitantes, lo que indica que, por cada 10.000 habitantes, el 12,87 se encuentra en condición de habitabilidad de calle.
En el mismo informe se pudo ver que en Bogotá en 1997 se encontraron 4.515 habitantes de calle, dos años luego, la cifra ascendió a 7.793, y continuó de la misma manera hasta 2001, en el 2004 hubo 10.077 ciudadanos y ciudadanas habitantes de calle, en el 2006 la cifra determinó que estos habían incrementado a11.832, en 2007 se contaron 8.365, lo que quiere decir que disminuyó la cifra en 3.467 personas, pese a ello, la cifra es alta. Cabe resaltar que en los censos están incluidas personas que ya habitaban la calle y otras en riesgo de ello. (Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 2015, Política Pública Distrital para el Fenómeno de Habitabilidad en Calle).
En este sentido es pertinente analizar la formulación y ejecución de la Política Pública Distrital de Habitabilidad en Calle en Bogotá y para esta investigación en específico la localidad de Los Mártires, teniendo en cuenta que es la localidad, en la que se encuentran además de la mayoría de habitantes de calle del distrito, un número alto de localizaciones de parches y cambuches, y el desarrollo de actividades económicas como recolección de productos reciclables, mendicidad, delincuencia, prostitución, comercio de SPA (Sustancias Psicoactivas), entre otras.
PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
ANTECEDENTES DEL PROBLEMA
Los ciudadanos y ciudadanas habitantes de calle pertenecen a una población que ha sido bastante vulnerable y que debe atravesar a diario por situaciones muy complejas que se convierten en desafíos tanto para ellos como para el resto de la ciudadanía ya que se debe mantener para todos la garantía de sus derechos y el reconocimiento de sus diferencias para lograr inclusión social aún con las nuevas dinámica sociales, económicas, políticas, culturales y ambientales.
En Bogotá se da inicio a este propósito en el año 1970 con la creación del Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud (IDIPRON), en pro de la mejora de calidad de vida de esta población; seguido a ello y continuando con el objetivo de mitigar el problema desde los ciudadanos en minoría de edad y sus familias se crea el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) por medio de la Ley 75 de 1968 y por la cual además de dictan normas de filiación.[1]
Con referencia a lo anterior y con el paso del tiempo se fueron conformando otras instituciones, acuerdos, normas, entre otros; como el Acuerdo 13 de 1995 Por medio del cual se crea el Programa Integral de Protección y Seguridad Social a los Indigentes de la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D.C y para su cumplimiento el Decreto Reglamentario 897 de 1995 con la creación del Programa Distrital de Atención al Habitante de la Calle para, entre otras cosas, reducir los proceso de exclusión y deterioro de las personas que viven en la calle y para la promoción y potencialización de las habilidades de estas personas. En el marco del mismo decreto se inició con lo que hoy llamamos Secretaría Distrital de Integración Social a quien se le asignó la atención de las personas mayores de 22 años, al IDIPRON los niños y personas menores de los 22 años, y a la Secretaría de Salud la población mayor y en condición de discapacidad, como actualmente labora el Hospital Santa Clara a diferencia de que no hay restricción en la edad de la población que reciben.
De ahí, el Decreto 897 (29 de diciembre de 1995), por el cual se crea el Programa Distrital de Atención al Habitante de la Calle, el Decreto 136 (6 de Mayo de 2005) por el cual se formulan acciones prioritarias para brindar atención integral a la población habitante de calle del Distrito Capital, el Decreto 170 (30 de abril de 2007) por el cual se dictan disposiciones en relación con la ejecución del Plan de Atención Integral al Ciudadano (a) Habitante de Calle, el . Acuerdo 366 (1 de abril de 2009) por medio del cual se establecen lineamientos de política pública para la atención, inclusión y mejoramiento de la calidad de vida del habitante de calle en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones, y el Decreto 544 (2 de diciembre de 2011) que dio paso a la Política Pública de y para la Adultez en el Distrito Capital, ya que 90,81% de ciudadanos habitando la calle en Bogotá eran adultos y todo esto para atender al restante de la población y responder así a la Política Pública Distrital de Habitante de Calle.
El proceso de la Alcaldía se materializó en el 2012 con la calle denominada El Bronx contando con la presencia de un cabildo de la localidad de Los Mártires, con el compromiso de diseñar un conjunto de acciones sociales en donde fuera fundamental inicialmente la atención social integral, en segundo lugar el manejo de las adicciones a las sustancias psicoactivas, como tercer punto seguridad humana, territorios de vida y paz y por último la generación de ingresos para estas personas, especialmente en el tema del reciclaje.
Ubicando el tema y la política dentro del Plan de Desarrollo 2012-2016, se puede ir a dos diferentes programas, el primero llamado Programa lucha contra distintos tipos de discriminación y violencias por condición, situación, identidad, diferencia, diversidad o etapa del ciclo vital a través del proyecto Plan de protección diferencial para poblaciones con fragilidad social: habitantes de calle, personas en situación de prostitución el cual tiene como objetivo contribuir al desarrollo humano integral de los ciudadanos habitantes de calle y personas vinculadas a la prostitución propiciando mejores condiciones familiares y sociales, que generen cambios en sus proyectos de vida. De manera adicional, se persigue transformar los imaginarios relacionados con la habitabilidad en calle y el fenómeno de la prostitución. El segundo programa, llamado Programa territorios de vida y paz con prevención del delito, con el proyecto Poblaciones libres de violencia y delito, en el que se implementarán acciones como el desarrollo de estrategias para disminuir prácticas de estigmatización y ejercicios de violencia contra y entre jóvenes; generar espacios públicos y privados protectores de la seguridad de las mujeres; diseñar y coordinar procesos multisectoriales que incrementen la oferta de vinculación regular de jóvenes en espacios políticos, culturales, económicos y educativos de la ciudad y de esta manera fortalecer sus procesos sociales, familiares y afectivos. Adicionalmente se desarrollarán, conjuntamente con los sectores de Salud, Educación e Integración Social, estrategias para la prevención de las adicciones y el consumo de SPA para la reducción del delito y prevención de la vinculación a la oferta de sustancias psicoactivas para población en riesgo de involucrarse en situaciones de inseguridad y tolerancia dentro de la que se encuentra la población habitante de calle.
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