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Política Publica de habitante de calle de “Andes Alianza por el desarrollo humano”


Enviado por   •  25 de Febrero de 2021  •  Apuntes  •  10.811 Palabras (44 Páginas)  •  120 Visitas

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Introducción

Este documento constituye una ruta para desarrollar acciones que promuevan el reconocimiento de los habitantes de calle como sujetos de derechos en la construcción de la Política Publica de habitante de calle de “Andes Alianza por el desarrollo humano”.

Esta Política pública se sustenta en el marco normativo en especial la ley 1641 de 2013, y en las directrices de orden internacional, nacional y departamental así como en su implementación con el apoyo de las diferentes organizaciones que trabajan en pro del bienestar del habitante de y en calle, reconociéndolo como sujetos plenos de derechos, a las familias como agentes corresponsables y al Estado como garante material de derechos a través de los diferentes servicios y acciones institucionales.

Empero, en este documento priorizamos las acciones para la protección integral inmediata de las personas en situación de y en calle, con el propósito de coordinar los planes, programas y proyectos sectoriales e intersectoriales que se consideren pertinentes. Es así como se realizaron las acciones de fortalecimiento de las competencias de los actores locales, con los cuales se realizó la recolección de información primaria y segundaria , consolidación y análisis de la información por cada uno de los grupos identificados (CPSAM Casa de los Abuelos, CPSAM Santa lucia de Marillac, Hogar Santa María de la Calle, iglesia católica de andes, Comisión Habitante de calle concejo de Andes, Cruz Roja, Capitán de Bomberos, Fundación casa de la esperanza) además de las diferentes secretarias de la administración municipal, en relación a las principales problemáticas y necesidades identificadas en el municipio en materia de habitantes de y en calle, se definieron las principales alternativas de solución con base en los recursos y potenciales que se encuentran en el territorio.

El presente documento de Política Pública, se encuentra estructurado en componentes: En la primera parte se relaciona todo el marco normativo o legal que sustenta la construcción de la política pública de habitante de y en calle en el municipio de Andes, articulando lo establecido desde el ámbito internacional y nacional, departamental, posteriormente. La segunda parte se define una serie de conceptos relacionados a habitante de y en calle. se realiza un objetivo general. En la tercera parte se plasma las generalidades del municipio, describiendo desde la constitución política y geográfica hasta la estructura poblacional. Se culmina con la cuarta parte en la que se plasma el diagnóstico realizado a través de fuentes y datos primarios y secundarios.

Justificación

Teniendo en cuenta que es responsabilidad del Estado desarrollar planes, programas, proyectos y procesos de políticas públicas para la atención a los habitantes de la calle, la ley 1641 de 2013 en su artículo 1. “… Tiene por objeto establecer los lineamientos para la formulación para la política pública social para habitantes de la calle, dirigidos a garantizar, promocionar y restablecer los derechos de estas personas, con el propósito de lograr su atención integral, rehabilitación e inclusión social.”

Por ende para el municipio de Andes que se caracteriza como receptor ya que solo el 28% de los habitantes de y en calle que provienen del municipio y un 72% provenientes de otros municipios, así mismo nuestra economía mayoritariamente es caficultora la cual según periodos de cosecha aumenta más su población, la acción pública debe estar orientada a proveer estrategias de atención a los problemas públicos de manera acertada, esto cobra relevancia en la medida que dichas medidas están acordes a los problemas de la población, como son los crecientes niveles de pobreza, el incremento de la violencia intrafamiliar, el debilitamiento de las redes sociales y el desplazamiento.

Por esta razón es imperativo construir una política pública donde estén incluidas la ejecución de planes, programas y proyectos para que de esta manera se dé respuesta a esta realidad social, y de esta manera las acciones a futuro tendrán como resultado beneficios al territorio y nuestros habitantes.

Mencionado lo anterior es necesario llevar a cabo la Política pública con el fin de unificar las acciones de los diferentes sectores para la atención a los habitantes de la calle, lo cual permitirá no solo fortalecer las acciones realizadas hasta el momento sino también aunar esfuerzos y conjugar recursos que permitan una mayor optimización de los mismos.

Objetivo general de la política

Garantizar la protección, restablecimiento de los derechos, e inclusión social de las personas habitantes de la calle, mediante acciones intersectoriales que prevengan la vida en la calle, permitan su superación, y mitiguen y reduzcan el daño ocasionado por esta opción de vida .

Enfoques, Principios y componentes

Enfoques

Se consideran los siguientes enfoques, sin perjuicio de otros que contribuyan a cumplir con la garantía y restablecimiento de derechos de la población habitante de la calle y a su inclusión social.

Derechos. Este enfoque reconoce los derechos humanos, como inherentes a la persona, con carácter irrevocable, inalienable e irrenunciable, determinados por su carácter igualitario y universal (para todos los seres humanos), y atemporal e independiente de contextos sociales e históricos. Se aplica sin distinción de raza, pertenencia étnica, género, religión, orientación política, orientación sexual, situación económica o social y en cualquier momento de su curso de vida.

Desarrollo Humano. Consiste en ampliar las libertades y capacidades de las personas en riesgo de calle y en situación de calle (EN y DE calle) de modo que puedan aprovechar las posibilidades que consideren más valiosas y así garantizar su posibilidad para procurar su bienestar y potenciar sus capacidades para que quienes se encuentran en riesgo de calle no concreten ese riesgo, y quienes se encuentren en situación de calle puedan desarrollar el proyecto de vida que definan, bien sea el de dejar atrás la vida en calle, o el de permanecer en la calle en condiciones más dignas y con garantía para el ejercicio de sus derechos.

Diferencial. Es el reconocimiento de un estilo de vida19 (sentencia Corte Constitucional T-043 de 2015), y el ajuste institucional necesario para proteger y garantizar derechos en el marco de ese estilo de vida, de forma que se pueda desarrollar en condiciones dignas, o superar la situación de calle si la persona así lo decide.

De género. Es el reconocimiento de la desigualdad para el ejercicio de derechos de hombres y mujeres que se encuentran en situación de calle (EN y DE) y de las funciones asignadas socialmente a mujeres y a hombres y a sus necesidades

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