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ANÁLISIS AL ARTÍCULO LA EFICACIA DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LA POLÍTICA CRIMINAL DEL ESTADO COLOMBIANO


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2020  •  Ensayos  •  1.322 Palabras (6 Páginas)  •  106 Visitas

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ANÁLISIS AL ARTÍCULO LA EFICACIA DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LA POLÍTICA CRIMINAL DEL ESTADO COLOMBIANO

AUTORES: NILTON ROSAS CAMACHO Y DEILY CAROL SIERRA RAMÍREZ

PRESENTADO POR:

RAFAEL MENDOZA

PROFESOR:

FUNDACIÓN UNIVERSITARIA DEL ÁREA ANDINA

PROGRAMA DE DERECHO

ENSAYO

 SEMESTRE

18/11/2020

ANÁLISIS AL ARTÍCULO LA EFICACIA DE LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LA POLÍTICA CRIMINAL DEL ESTADO COLOMBIANO

El articulo como su título lo describe busco analizar cuál es la eficacia en la implementación de los métodos alternativos de solución de conflictos pero en la política criminal de Colombia, y en un contexto claro esta se deben a las políticas públicas orientadas a los fenómenos definidos por la ley penal como delitos, en cuanto a su prevención, control, investigación y sanción presentando como objetivo principal un vistazo a la incorporación del mecanismo de la conciliación como requisito de procedibilidad en materia de procedimiento penal, vistos en los 5 términos de la Ley 906 de 2004, estos mencionan que resulta pertinente comenzar con la caracterización de la política criminal del Estado colombiano.

En pocas palabras los autores revelan que el recurso de la conciliación aplicada al proceso penal obedece a unos fundamentos que buscan, por una parte, recomponer las relaciones sociales, fomentar la cultura de la solución pacífica de conflictos y proteger los derechos de las víctimas a la reparación integral, las instituciones jurídicas, sociales y humanas del Estado y para la sociedad en general, los problemas de la justicia, háblese de problemas estructurales o de políticas criminales estatales, como es el problema de la congestión judicial, el hacinamiento en las cárceles, y la violencia social generalizada en todo el territorio nacional. Concluyen diciendo que no existía una política pública en materia criminal de parte del estado colombiano, reduciéndose a una herramienta de política pública con fundamento en la legitimidad legal racional, revitalizando el fenómeno de congestión y sobresaturación de los despachos judiciales en cuanto a recepción de denuncias, causas y procesos.

La naturaleza jurídica de la conciliación en el área penal en particular como forma de materializar la justicia restaurativa del tejido social y la reconstrucción de la paz, las controversias surgidas entre las partes y no simplemente la búsqueda de la reparación de un daño o el acuerdo entre la víctima y el victimario, es importante traer a colación que en Colombia desde el siglo XIX fue concebida la conciliación como una figura de orden legal, posteriormente inicia a regir la Ley 23 de 1991[1]. Ahora la conciliación a nivel internacional hacen su equivalencia con la mediación, constituye una forma ya antigua de dirimir los conflictos presentados entre personas o grupos sociales, que buscan evitar la jurisdicción tradicional, tribunales u organismos institucionales. En sentencia C160 de 1999[2], se define la conciliación como “una institución en virtud de la cual se persigue un interés público, mediante la solución negociada de un conflicto jurídico entre partes, con la intervención de un funcionario estatal, perteneciente a la rama judicial o a la administración, y excepcionalmente de particulares (Corte constitucional, 1999)

        Entonces que si bien existe un mecanismo aceptado por el legislador, para solucionar unos conflictos específicos en el área penal estos pueden ser dirimidos por las partes de una forma más pacífica y consensuada, motivo por el cual consideramos que si ya la ley dio el aval para que estos MASC se puedan implementar en ciertos casos, porque las partes no acuden a este medio y siguen con la creencia de que únicamente se puede concurrir a la justicia ordinaria, ya sea por pensar que es más eficaz, legal o efectiva, sin conocer que de igual manera tanto la conciliación, como la mediación, solucionan con plena validez los conflictos sociales, puesto que prestan merito ejecutivo y hacen tránsito a cosa juzgada, por lo tanto invitamos a todas las personas a conocer, acudir y preferir estas figuras que solucionan las controversias antes de llegar a instancias mayores que lo que generan es la congestión de todo el aparato judicial del país y una vaga sensación de justicia.

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