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ASPECTOS INTRODUCTORIOS AL DERECHO Y FUENTES DEL DERECHO MEDIANTE EL ANÁLISIS DE UNA SENTENCIA CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  16 de Diciembre de 2020  •  Ensayos  •  2.581 Palabras (11 Páginas)  •  231 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA INDOAMÉRICA

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FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS POLÍTICAS Y ECONÓMICAS

CARRERA DE DERECHO

CIENCIA JURÍDICA

TEMA: ASPECTOS INTRODUCTORIOS AL DERECHO Y FUENTES DEL DERECHO MEDIANTE EL ANÁLISIS DE UNA SENTENCIA CONSTITUCIONAL

ESTUDIANTE: CAROLINA OSORIO Q.

QUITO, 2020

INTRODUCCIÓN

El presente trabajo tiene por objetivo el realizar un análisis desde la perspectiva jurídica a la al Juicio No: 18282202000702, PRIMERA INSTANCIA, número de ingreso 1. No solo lo analizaremos como recurso procesal; entendiéndose como recurso, no solo el que resulta de interponerlo ante la no conformidad con una sentencia, sino como el derecho que tiene una persona de acudir ante los organismos de justicia, cuando en la tramitación de un proceso se ha llegado a dictar sentencia, la misma que por violaciones legales carecerían de todo valor

legal.

En este trabajo analizáremos este recurso procesal los aspectos introductorios al derecho, así como serán citadas las fuentes de derecho utilizadas en el análisis procesal y su final resolución de la sentencia, además citaremos los componente importantes que debe tener una sentencias, como la parte expositiva, donde redactaremos a manera de resumen la demanda interpuesta por el demandante, así como citaremos cada uno de los considerandos que han sido tomados en cuenta al momento para emitir una resolución final, y por último analizaremos de manera objetiva la resolución tomada por el juez del proceso.

Si bien es cierto una sentencia de primeria instancia es aquella en la cual el demandado puede apelar a la resolución, es decir puede presentar el recurso de apelación el cual se define como el recurso que se entabla a fin de que una resolución sea revocada, por tribunal o autoridad superior al que la dictó, es por ello que este juicio la legitima activa a través de su demanda propone una acción constitucional ordinaria de protección en contra de la JUNTA CANTONAL DE PROTECCION DE DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO. Entablando una demanda de nulidad de sentencia ejecutoriada dictada por la Junta Cantonal de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia la cual dicto la siguiente resolución “Aceptar el parte policial No. 2020010207385067714, suscrito por el Capitán de Policía Luis José Barriga, por el análisis ates detallado y a fin de precautelar el normal desarrollo de la adolescente en estudio se dispone las siguientes MEDIDAS DE PROTECCION. (...) Las partes quedan notificadas con esta resolución las mismas que firman y se ratifican en su contenido...”. Con este preámbulo en el siguiente apartado, realizamos el análisis correspondiente del recurso de apelación a la sentencia dictada por la Junta Cantonal de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia.

DESARROLLO

Empezaremos realizando una breve descripción de la demanda establecida por la legitima activa.

Para lo cual el jurista Montes define a “La legitimación activa, como la persona que tiene los agraviados por el acto u omisión proveniente de un órgano público

La demandante, denominada de ahora en adelante como la legitima activa, presenta una demanda sustentando que existe un acto de omisión violatorio de derechos constitucionales, en la cual comparecen la persona natural denominada legitimada activa, señalando textualmente en sus fundamentos de hecho obrantes en el numeral tercero de su escrito de demanda, lo siguiente: “1. Fui notificada por la entidad legitimada pasiva con una denuncia en mi contra, correspondiente al expediente PAPDNA-A-0977-2019 (anexo 1); acto administrativo que contenía varias medidas de protección, de carácter provisional. 2. Con el objeto de ejercer mi defensa, en las dependencias de la entidad accionada, presente un escrito designando defensores legales y señalando domicilio judicial y correos electrónicos para recibir notificaciones durante todo el procedimiento administrativo, como lo podrá advertir del documento agregado (anexo 2) de fecha 15 de enero del 2020”.

En base a lo descrito en el párrafo anterior, la legitimada activa bajo estos hechos establece una demanda de acción constitucional ordinaria de protección en contra de la CANTONAL DE PROTECCION DE DERECHOS DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE AMBATO, representada por los abogados, en adelante legitimados pasivos, la cual se fundamenta en los siguiente: “señala que le han impedido ejercer las garantías del debido proceso”

Según el jurista Benavides, interpreta que “la norma jurídica considera al debido proceso como garantía y al derecho de defensa como principio. La garantía son los derechos que reconoce la Constitución de la República y la ley, a los ciudadanos inmersos en una contienda penal; y, principio en cambio es un enunciado normativo general del Derecho”.

Bajo este fundamento de ejercer la legitima activa sus garantías al debido proceso, establece la nulidad de la resolución establecida por la Junta Cantonal de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia, presenta su demanda aduciendo que el señor (a) Juez que la Junta Cantonal de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia de Ambato, representada por los ciudadanos abogados Ximena Arcos; Esteban Sanguil y Paul Páez, únicos nombres y apellidos que conozco de los mencionados, no ha dado cumplimiento al mandato legal correspondiente a las acciones administrativas, sin que se me haya notificado resolución alguna.” Por lo cual legitima activa señala haber desconocido la resolución adoptada por la autoridad competente por lo que ella no consiguió recurrir en apelación ante el Juez de la Niñez y Adolescencia con una temporalidad de tres días posteriores a la notificación de la resolución administrativa.

Con base a todo lo mencionado y un pequeño resumen de la demanda establecida por la legitima activa, podemos identificar que este proceso está basando en fuentes formales, ya que se encuentra sustentado en normas y en la legislación, plasmada en la constitución.

Es así, que en análisis de este caso es claramente fundamentado en la fuente escrita del derecho como son las normas, así como en el derecho norma o derecho positivo, ya que el recurso de apelación presentado por la demandante está sustentando en la presunta violación de derechos constitucionales conforme a la exigencia del artículo 17 de Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, la cual es una norma escrita. Así como en el Artículo. 76 numeral 1, numeral 3 (artículo final), numeral 7 en sus subderechos de los literales a), b), h), k), 1) y m) de la Constitución de la República del Ecuador, así como el derecho a la defensa, estatuido en el Artículo. 82 ibidem.

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