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ATENCION A ACCIDENTES LABORALES (AP)


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2015  •  Trabajos  •  1.658 Palabras (7 Páginas)  •  190 Visitas

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Título:

ATENCION A ACCIDENTES LABORALES  (AP)

 Documento de Referencia:

Empresa:

VEGA SA SUCURSAL BOLIVIA

Sugerente:

GRUPO DE TRABAJO

Responsable:

Joao Mota

Gerente de Operaciones

Aprobación:

Jorge Rodríguez

Gerente General

Descripción:

Estandarizar y describir los procedimientos de atención a y accidentes personales (AP).

Usuario:

Departamento de Seguridad y Salud Ocupacional.

  1. OBJETIVO

Con el presente documento se pretende establecer la sistemática que se debe seguir para la notificación de todos aquellos incidentes, accidentes personales de trabajo, y enfermedades profesionales sufridos por los trabajadores de la empresa VEGA, en cualquiera de los servicios que presta.

  1. ALCANCE

Este procedimiento es aplicable a todo el personal encargado de atender este tipo de contingencias, en particular a personal del Dpto. CSSMA.

  1. DEFINICIONES

  1. Incidente: Suceso acontecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos.

  1. Cuasi Accidente: Se trata de un incidente en el que se produce ninguna lesión o muerte. También puede ser llamado un "casi-pérdidas", "ocurrencia anormal" o "suceso peligroso”.
  1. Accidente de trabajo: Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte.

Tendrán consideración de accidentes de trabajo:

  • Los que sufra el trabajador al ir o volver del trabajo (accidente de trayecto).
  • Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de sus labores diarias, así como los ocurridos al ir o volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.
  • Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que aun siendo distintas de las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del supervisor encargado o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.
  • Las enfermedades, no incluidas en la definición de enfermedad profesional, que contraiga un trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.

  1. Accidente Grave: Es todo accidente fatal, accidentes con pérdida de extremidades, y accidentes con más de 30 días de ausencia.

  1. Días Perdidos: Días consecutivos de ausencia del trabajo debido a lesiones personales, excepto el día del accidente y el día de regreso al trabajo. También se consideran días perdidos, días libres por mes en accidentes en los meses anteriores.
  1. Días Debitados: Días que débito, incapacidad permanente o la muerte, para calcular el tiempo calculado basado en NBR 14280.
  1. DECRIPCIONES
  1. Tasa de frecuencia: Es un índice estadístico que refleja el número de accidentes por millón de horas-hombre de exposición al riesgo en un periodo determinado.
  1. Tasa de Gravedad: Es un índice estadístico que refleje el número de días perdidos durante los días cobrados como consecuencia de accidentes de trabajo por cada millón de horas-hombre de exposición al riesgo en un período determinado.
  1. FUNCIONES

Serán responsables de la aplicación del presente procedimiento las siguientes personas o entidades, con las atribuciones que se indican:

  1. SUPERVISOR ENCARGADO:

El supervisor tiene la obligación de estar pendiente de cualquier incidente, accidente que pueda ocurrir al funcionario al momento de realizar sus labores, y posteriormente dirigirse al lugar de los hechos para así informar al encargado del departamento CSMA los detalles del accidente y así poder registrarlo, tener conocimiento del caso, proceder con la debida atención que requiera el suceso.

Los datos del accidente e incidente a proporcionar son los siguientes:

  1. En caso de accidentes personales.

  • Nombre de accidentado.
  • Evaluación de la gravedad del involucrado.
  • Lugar del accidente.
  • Hora del accidente.
  • Breve descripción de las causas del accidente.
  • En caso de ser posible aplicar primeros auxilios, en caso de accidente con gravedad despejar el lugar y esperar auxilio profesional.
  • Verificar si el personal cuenta con seguro médico.
  • Verificar si porta consigo su cedula de identidad y el carnet del seguro.
  • Esperar instrucciones del encargado del departamento CSMA.
  • En caso de lesiones de gravedad, fracturas expuestas, derivar al herido al centro de salud más cercano, llamar a ambulancia.
  1. ENCARGADO DEL DEPARTAMENTO CSMA:

El encargado del departamento CSMA una vez reciba toda la información requerida de parte del supervisor, proceder a dar las instrucciones al supervisor encargado, instrucciones las cuales se detallan a continuación:

  1. En caso de accidentes personales

  • Solicitar la información del accidentado al supervisor a cargo.
  • Evaluar la gravedad del accidente.
  • Verificar si el funcionario cuenta con el carnet del seguro de la caja de caminos.
  • En caso lesiones con objetos corto punzantes, golpes, contusiones, caídas, entre otros, ocasionados durante su jornada laboral, proceder de la siguiente manera:
  • En caso de que posea el carnet de seguro de la caja de caminos derivar a la caja de caminos.
  • En caso de que el funcionario no cuente con el carnet del seguro de la caja de caminos derivar a la clínica ITOD, formalizando la denuncia del accidente a la clínica, y posteriormente informar al BROKEER KIEFFER mediante correo.
  • En caso de enfermedades, malestar corporal, el funcionario dependiendo de la gravedad del caso será derivado a la clínica Cardenal Maurer, esto si el funcionario no presenta el carnet de seguro de la caja de caminos.
  • Llenar los formularios de accidentes personales.
  • Registrar el accidente en la planilla correspondiente para los datos estadísticos.
  • Informar siempre a gerencia del accidente con detalles del caso.
  1. PROCEDIMIENTO
  1. ACCIDENTES DE TRABAJO:

Al ocurrir un accidente, el empleado o testigo deben desencadenar la atención médica cuando sea necesario, e inmediatamente notificar al departamento CSMA.

  1. Accidente Típico - Con y Sin Impedimento

Accidente que ocurra, el trabajo se debe detener hasta que la investigación del accidente realizada por el responsable y / o el área de Seguridad Laboral, se dé concluida.

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