Análisis gramatical, sistémico, histórico y teleológico de los artículos 40, 41 y 42 de la Constitución Política del Perú de 1993
maranteTrabajo6 de Agosto de 2020
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ACTIVIDAD 2
- Después de leer el documento o lectura N° 2, realiza el análisis gramatical, sistémico, histórico y teleológico de los artículos 40, 41 y 42 de la Constitución Política del Perú de 1993.
Artículo 40º La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, y los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. No están comprendidos en dicha carrera los funcionarios que desempeñan cargos políticos o de confianza. Ningún funcionario o servidor público puede desempeñar más de un empleo o cargo público remunerado, con excepción de uno más por función docente. No están comprendidos en la función pública los trabajadores de las empresas del Estado o de sociedades de economía mixta. Es obligatoria la publicación periódica en el diario oficial de los ingresos que, por todo concepto, perciben los altos funcionarios, y otros servidores públicos que señala la ley, en razón de sus cargos.
GRAMATICAL | En primer término, este artículo constitucional establece la reserva de ley formal respecto a la regulación de los aspectos concernientes a la carrera administrativa, y a los derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos. |
SISTÉMICA | redundante |
HISTÓRICA | la voluntad constituyente hace necesaria la unidad de las carreras administrativas, bajo un régimen común unificador y no la dispersión que actualmente existe, en función de reivindicaciones sectoriales, o voluntad legislativa de otorgar privilegios a algún cuerpo funcionarial en relación con los demás. |
TELEOLÓGICA | deben constituir el punto de base para el desarrollo normativo ulterior: La reserva de ley en materia de regulación de la carrera administrativa, y de derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos |
Artículo 41º Los funcionarios y servidores públicos que señala la ley o que administran o manejan fondos del Estado o de organismos sostenidos por éste deben hacer declaración jurada de bienes y rentas al tomar posesión de sus cargos, durante su ejercicio y al cesar en los mismos. La respectiva publicación se realiza en el diario oficial en la forma y condiciones que señala la ley. Cuando se presume enriquecimiento ilícito, el Fiscal de la Nación, por denuncia de terceros o de oficio, formula cargos ante el Poder Judicial. La ley establece la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos, así como el plazo de su inhabilitación para la función pública. El plazo de prescripción se duplica en caso de delitos cometidos contra el patrimonio del Estado.
GRAMATICAL | Los futuros trabajadores del estado firman una declaración donde se indica todo lo que obtuvieron antes de trabajar para el estado, para que asi se tenga un resgistro de que obtiene una vez ya perteneciendo como trabajador público y no se encuentre nada riqueza ilegal. |
SISTÉMICA | Los funcionarios publicos que determinan la ley deben proceder una declaración jurada de sus posesiones antes de adoptar su cargo. |
HISTÓRICA | Es solo teorico , desde un comienzo se debe hacer un buena investigación de que están obteniendo con desde que adaptaron su cargo en el estado. |
TELEOLÓGICA | Se quiere evitar corrupción por parte de los funcionarios y servidores públicos que pertenecen al estado. |
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