Articulos Ley Secundaria
cachorro2504Informe16 de Septiembre de 2020
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Artículo 1
Ley Secundaria
Comenzando a abordar los artículos de esta carta magna, junto con sus garantías individuales y las leyes secundarias que emanan de ella, nos encontramos con que en el artículo primero nos hace mención sobre los derechos humanos que toda persona gozará dentro de la tierra mexicana, obligando a las autoridades a la tarea de promover, respetar y garantizar dichos derechos, así como también dar la sanción correspondiente a quien los violente.
Garantía
Éste artículo garantiza que en México todos y todas gozarán de las garantías que menciona la constitución mexicana, estableciendo así la ley de la comisión nacional de los derechos humanos.
Artículo 2
Ley Secundaria
En cuanto al artículo segundo, nos refiere que la nación mexicana es única e indivisible, otorgando a los pueblos indígenas el derecho y garantía a la libre determinación y autonomía de formas de convivencia, sistemas, normas, cuidado y enriquecimiento de sus lenguas, protección de hábitat e igualdad de oportunidades en todo ámbito, siempre y cuando no atente contra otro artículo que se mencione en este documento.
Garantía
Desprende la Ley de la comisión nacional para el desarrollo de los pueblos indígenas, la ley general de derechos lingüísticos de los pueblos indígenas y la ley federal para prevenir y eliminar la discriminación.
Articulo 3
Ley Secundaria
Por su parte, el artículo tercero, establece que toda persona tiene derecho a la educación desde inicial hasta superior basándose siempre en el respeto y la dignidad de las personas y también deberá enfocarse en los derechos humanos e igualdad sustantiva, procurando desarrollar las facultades del ser humano y fomentando el amor a la patria y los valores tomando como prioridad a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.
Menciona además que todo personal de la educación tendrá derecho a un sistema integral de formación, capacitación y naturalización para cumplir objetivos y propósitos del sistema educativo nacional.
Garantía
Éste artículo al mismo tiempo compromete al estado a fortalecer las instituciones públicas de formación docente, a que los materiales didácticos, infraestructura de la institución, condiciones de entorno y mantenimiento esté en óptimas condiciones para los fines educativos. En cuanto a las instituciones de estudios superiores, éstas tendrán la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí mismas, dando oportunidad a la libre catedra.
Lo anteriormente mencionado otorga la garantía de que la educación nacional será laica, integral, intercultural, inclusiva, gratuita y obligatoria, derivando de ella la ley general de educación, la ley orgánica del consejo nacional de ciencia y tecnología, ley general para la inclusión de las personas con discapacidad.
Artículo 4
Ley Secundaria
Al introducirse al artículo cuarto se especifica que ante la ley, tanto hombres como mujeres son iguales, además, éste está enfocado hacia la familia otorgando la protección de ella desde la decisión libre, responsable e informada sobre el espaciamiento y número de hijos, hasta el derecho a que en ella se tenga una alimentación, ambiente y desarrollo sano, igualmente, brinda una identidad, protección y disfrute de bienes y servicios.
Obligando al Estado la garantía del cumplimiento de estos derechos, así como el otorgar apoyo económico a personas con discapacidades permanentes y pertenecientes a la tercera edad a partir de los 68 años.
Garantía
Aquí se desprende la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, Ley de Nacionalidad, Ley General de la Salud, Ley General para la Igualdad entre Hombres y Mujeres, Ley para la Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, Ley del Instituto Nacional de las Mujeres, entre otras.
Artículo 5
Ley Secundaria
El artículo quinto garantiza que a ninguna persona se le impedirá la profesión, industria, comercio o trabajo de su preferencia siempre y cuando sea lícito, estipulando también que no se le podrá obligar al préstamo de trabajos personales sin una retribución justa o sin su consentimiento.
El Estado no podrá permitir que se efectúe algún contrato laboral que implique el menoscabo, la pérdida o el sacrificio de la libertad, su destierro o su renuncia temporal o permanente, mismo contrato sólo obligará a la responsabilidad civil sin hacer coacción sobre su persona.
Garantía
Las leyes que se emanan de este artículo son la Ley Federal del Trabajo, Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Artículo 6
Ley Secundaria
Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión.
Artículo 7
Ley Secundaria
Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar la libertad de difusión, que no tiene más límites que los previstos en el primer párrafo del artículo 6o. de esta Constitución. En ningún caso podrán secuestrarse los bienes utilizados para la difusión de información, opiniones e ideas, como instrumento del delito.
Artículo 8
Ley Secundaria
A toda petición deberá recaer un acuerdo escrito de la autoridad a quien se haya dirigido, la cual tiene obligación de hacerlo conocer en breve término al peticionario.
Artículo 9
No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito
Ley Secundaria
Ley de libertad y asociación y de reunión en México.
Artículo 10
Esta dice que los habitantes tienen derecho a poseer un arma en su hogar solamente por seguridad o defensa propia antes se determinará las condiciones para autorizar.
Ley Secundaria
Ley legítima de defensa propia.
Artículo 11
Ley Secundaria
Esta menciona que todas personas pueden entrar a la república y salir de ella, viajar por su territorio sin necesidad de pasaporte o carta de seguridad, la ley regulará sus procedencias y excepciones.
Artículo 12
Ley Secundaria
En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país, ley a la protección contra ataques.
Artículo 13
Ley secundaria
Nadie debe ser juzgado por sus leyes privativas ni tampoco por los tribunales especiales.
Garantía
De ninguna manera la persona o corporación puede tener algún fuero, ni tampoco disfrutar más emolumentos que sean compensación de algún servicio público.
Artículo 14
Ley secundaria
Ninguna persona puede ser privada de sus propiedades o derechos, sino por juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, por lo cual se debe de cumplir las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas.
Artículo 15
Ley secundaria
Prohibición de celebrar tratados para la extradición de reos políticos o para aquellos delincuentes que hayan tenido en el país donde cometieron el delito la calidad de esclavos.
Garantía
Prohibición de celebrar tratados que alteren las garantías y derechos establecidos en la constitución.
Artículo 16
Ley secundaria
Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.
Artículo 17
Ley secundaria
Libertad de administración de justicia por tribunales, Ley secundaria: libertad de administración de justicia por tribunales.
Garantía
Seguridad jurídica, que todo persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expedidos para impartirla en los plazos y términos en fijen las leyes.
Artículo 18
Ley secundaria
Prisión preventiva
Garantía
Seguridad jurídica, que ningún habitante de la nación puede ser penado sin juicio previo fundado en ley anterior al derecho del proceso, ni juzgado comisiones especiales.
Artículo 19
Ley secundaria
Libertad de los individuos vinculados a proceso.
Garantía
Seguridad Jurídica, define la libertad de expresión y el derecho a la información asi ninguna detención ante la autoridad judicial podrá exceder del plazo de sesenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición.
Artículo 20
Ley secundaria
Libertad de proceso penal, a declarar o a guardar silencio.
Desde el momento de su detención se le harán los motivos de las mismas y su derecho a guardar silencio, el cual no podrá ser utilizado en su perjuicio
Garantía
Seguridad jurídica.
Artículo 21
Ley secundaria
La ley de este artículo se refiere a la imposición de las penas.
También señala lo relativo a las infracciones administrativas
La investigación de los delitos.
Garantía
Corresponde al Ministerio Público y a las policías, las
Cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél
en el ejercicio de esta función el ejercicio de la acción penal ante los tribunales
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