ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Asociaciones Y Sociedades Civiles


Enviado por   •  26 de Enero de 2014  •  4.454 Palabras (18 Páginas)  •  445 Visitas

Página 1 de 18

Objeto de las A.C.

La Asociación Civil (A.C.) es una figura jurídica en la que dos o más personas deciden formalizar y desarrollar un fin común lícito que no tiene un carácter preponderantemente económico” que sea lícito sin incurrir en especulación comercial, se encuentra regulada por lo dispuesto en los artículos 2670 al 2687 del Código Civil del Distrito Federal.

Obligaciones Fiscales

Las A.C. son consideradas personas morales con fines NO lucrativos, las que se encuentran contempladas en los artículos 95 y 96 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Todas las personas morales SIN fines de lucro se encuentran exentas del Impuesto sobre la Renta y sólo se consideran contribuyentes de este impuesto cuando obtengan ingresos por:

 Enajenación de Bienes

 Intereses

 Obtención de Premios

 Inscripción en el RFC

 Llevar registros contables

 Expedir comprobantes fiscales por operaciones distintas de los donativos

 Expedir recibos especiales por donativos

 Presentar declaración anual sueldos y retenciones

 Expedir constancias por retención

 Presentar declaraciones informativas

 Retener y enterar los impuestos a cargos de terceros

 Presentar en el mes de febrero de cada año, declaración anual de ingresos-egresos

 Presentar, en enero de cada año, aviso de que sigue cumpliendo con los requisitos y obligaciones de Ley

 En caso de tener trabajadores, debe solicitar su registro patronal ante el IMSS y pagar las cuotas obrero-patronales, así como efectuar las aportaciones al Infonavit y al Sistema del Ahorro para el Retiro

 En caso de efectuar pagos por servicios profesionales, se deberán realizar las retenciones del ISR y del IVA.

 Las Asociaciones Civiles que no enajenen bienes, que no tengan empleados y que únicamente presten servicios a sus asociados, no tendrán obligación alguna.

FINANCIEROS PRESENTADOS: NIF B-16 (ESTADOS FINANCIEROS DE LA ENTIDADES NO LUCRATIVAS)

 Estado de posición financiera (balance general).

 Estado de actividades (estado de resultados para entidades no lucrativas).

 Estado de flujos de efectivo.

TITULO DECIMO PRIMERO

De las Asociaciones y de las Sociedades

I.- De las Asociaciones

Artículo 2670.- Cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación.

Artículo 2687.- Las asociaciones de beneficencia se regirán por las leyes especiales correspondientes.

ARTÍCULO 102 LISR

Los partidos y asociaciones políticas, legalmente reconocidos, tendrán las obligaciones de retener y enterar el impuesto y exigir la documentación que reúna los requisitos fiscales, cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en términos de Ley.

La Federación, los Estados, los Municipios y las instituciones que por Ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación, sólo tendrán las obligaciones a que se refiere el primer párrafo de este artículo.

Los organismos descentralizados que no tributen conforme al Título II de esta Ley, sólo tendrán las obligaciones a que se refiere este artículo y las que establecen los dos últimos párrafos del artículo95 de esta Ley.

TÍTULO III - DEL RÉGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS

Artículo 93.

Las personas morales a que se refieren los artículos 95 y 102 de esta Ley, así como las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, no son contribuyentes del impuesto sobre la renta, salvo por lo dispuesto en el artículo 94 de esta Ley. Sus integrantes considerarán como remanente distribuible únicamente los ingresos que éstas les entreguen en efectivo o en bienes.

Los integrantes o accionistas de las personas morales a que se refiere este Título, no considerarán como ingresos los reembolsos que éstas les hagan de las aportaciones que hayan efectuado. Para dichos efectos, se estará a lo dispuesto en el artículo 89 de esta Ley.

Las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles de impuestos podrán obtener ingresos por actividades distintas a los fines para los que fueron autorizados para recibir dichos donativos, siempre que no excedan del 10% de sus ingresos totales en el ejercicio de que se trate. No se consideran ingresos por actividades distintas a los referidos fines los que reciban por donativos; apoyos o estímulos proporcionados por la Federación, las entidades federativas, o municipios; enajenación de bienes de su activo fijo o intangible; cuotas de sus integrantes; intereses; derechos patrimoniales derivados de la propiedad intelectual; uso o goce temporal de bienes inmuebles, o rendimientos obtenidos de acciones u otros títulos de crédito, colocados entre el gran público inversionista en los términos que mediante reglas de carácter general establezca el Servicio de Administración Tributaria. En el caso de que sus ingresos no relacionados con los fines para los que fueron autorizadas para recibir dichos donativos excedan del límite señalado, las citadas personas morales deberán determinar el impuesto que corresponda a dicho excedente, de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior.

Artículo 94.

Las personas morales a que se refiere este Título, a excepción de las señaladas en el artículo 102 de esta Ley, de las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y de las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la misma, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los mencionados en los Capítulos IV, VI y VII del Título IV de esta Ley, con independencia de que los ingresos a que se refiere el citado Capítulo VI se perciban en moneda extranjera. Para estos efectos, serán aplicables las disposiciones contenidas en dicho Título y la retención que en su caso se efectúe tendrá el carácter de pago definitivo.

Las sociedades de inversión de deuda y de renta variable a que se refiere el artículo 103 de esta Ley no serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos de los señalados en el Capítulo VI del Título IV de esta Ley y tanto éstas como sus integrantes o accionistas estarán a lo dispuesto en los artículos 103, 104 y 105 de la misma Ley.

Artículo 95.

Para los efectos de esta Ley, se consideran personas morales con fines no lucrativos, además

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (30 Kb)  
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com