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CUESTIONARIO DE PROCESAL CIVIL


Enviado por   •  9 de Octubre de 2020  •  Tareas  •  2.047 Palabras (9 Páginas)  •  117 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación

Universidad Nacional Experimental de los Llanos

“Ezequiel Zamora”

Sanare-Estado Lara

CUESTIONARIO DE

PROCESAL CIVIL

Estudiante: Almaris Landaeta

Junio 2020

LA SENTENCIA

-Forma de la sentencia

-Contenido de la sentencia

-Clasificación de las sentencias

-Efectos

-Requisitos formales y requisitos materiales

-Diferimiento

-Experticia complementaria del fallo

-Los medios de autocomposición procesal

  1. -La homologación
  2. -desistimiento
  3. -el convenimiento
  4. -la transacción
  5. -el desistimiento

-La perención de la instancia (concepto, presupuesto, efectos)

-La cosa juzgada (concepto, naturaleza, limite, cosa juzgada formal y material, tutela de la cosa juzgada)

-Base constitucional.

LA SENTENCIA

Concepto: Es el acto procesal exclusivo del juez en el que plasma la respuesta definitiva o el resultado de un proceso o de un controvertido, donde se es aceptada o denegada una pretensión. E s la resolución final sobre el juicio donde se declara, condena o absuelve del asunto principal guiándose por las normas establecidas.

Forma y Contenido

En la forma nos referimos a como está estructurada la sentencia y en el contenido a lo que lleva o contiene meramente la estructura de la sentencia y puede constar de 3 partes:

1-Narrativa: indicación del tribunal que emite la sentencia, identificación y datos de las   partes y apoderados, la pretensión y defensa, los términos en que ha quedado la controversia sin añadir los actos que constan de autos

2-Motiva: Fundamento de hecho y de derechos donde el juez redacta los motivos de su decisión argumentados en los textos legales de nuestra legislación, en base a máxima experiencia y pruebas presentadas

3-Dispositiva: se ubica propiamente la decisión o fallo del juez y la información sobre los recursos ordinarios que se puede interponer contra la misma sentencia

CLASIFICACIÓN

Definitivas: Son las que ponen fin al proceso ya sea aceptando o rechazando la pretensión y pueden interponerse recursos

Definitivamente firmes: aquellas donde se ha agotado la función jurisdiccional, y no cabe ejercer ninguna clase de recursos en su contra.

Interlocutorias: Son las dictadas en pleno proceso para hacer posible el curso del proceso apartando inconvenientes o estorbos procesales como cuestiones previas, admisión o inadmisión de pruebas, etc.

      -Interlocutorias con fuerza definitiva: las que ponen fin al juicio desechando la demanda y extinguir el proceso cuando se es resuelto algún entorpecimiento como cuestiones previas

        -Interlocutoria simple: son las que resuelven incidentes, solicitudes promovidas por las partes en el transcurso del proceso pero no ponen fin al juicio, como oposiciones de pruebas, solicitudes de nulidad, etc.

         -Autos de Mero Trámite: son emitidas por el juez para impulsar algún procedimiento pero no resuelve ningún controvertido, como la ejecución de un peritaje, admisión de una prueba, etc.

. Homologación: cuando aprueban alguna de los medios de autocomposición procesal y esta alcanza autoridad de cosa juzgada.

Declarativas: aquellas que reconocen un derecho existente, como la adquisición de una propiedad bajo verificación de documentos

Constitutivas: aquellas que crean, modifican o extinguen una resolución jurídica como la disolución de un vínculo matrimonial o una adopción

Condenatorios y absolutorias: aquellas que exigen u obligan el cumplimiento de realizar o abstenerse de determinada acción o absolverse de algún asunto especifico, ejemplo: pagar deuda-absuelto de deuda

Sentencias de Primera y Segunda Instancia: En la primera instancia se emite sentencia del tribunal que principal y/o  inicialmente conoció de la causa y la procesó y la segunda instancia emite una sentencia el tribunal de alzada, en este caso es interpuesta por la parte que ha sido perjudicada por el fallo y no esta desacuerdo con la decisión tomada por el tribunal de primera instancia

Definitivas formales o de reposición: En vez de emitir una sentencia definitiva, se emite una de reposición, la cual NO da una resolución al controvertido, sino que, regresa a un punto del proceso para resolver algún inconveniente que emergió durante el proceso, ya sea al lapso probatorio, a la audiencia preliminar, etc., su funcionamiento es regresar  a un estado del proceso para reevaluar o ejecutar una acción. No se da una resolución al conflicto, se devuelve a un estado del proceso

REQUISITOS

Requisitos formales: estos van referidos a la estructura de la sentencia, las formalidades que debe cumplir para su validez y protocolo

  1. La  sentencia debe estar redactada en español
  2. Contener la fecha y lugar en la que fue emitida la sentencia, respectivo membrete, identificación y datos de las partes y apoderados
  3. Debe contener las firmas y sellos de los jueces del tribunal. En caso de fallo y de estar formado por todos los jueces, y si falta la firma de uno de ellos, el fallo no tiene carácter de tal.
  4. Las fechas y cantidades deberán ser escritas en letra mayúscula y luego en números, no dejar entrelineados de párrafos, no dejar espacios en blancos ni abreviaturas y en caso de error no se harán tachaduras, se deberá agregar una nota marginal al final indicando con estricta precisión y especificación el error  que se corregirá
  5. Las sentencias definitivas se publicarán agregándose al expediente, en el cual se pondrá constancia del día y la hora en que se haya hecho la publicación
  6. Debe permanecer una copia de la sentencia emitida en el tribunal que la ejecuto
  7. La parte y/o su apoderado deben manifestar su pretensión firmándolo ante el secretario del tribunal

       

Requisitos materiales: también llamados sustanciales, la forma en la que debe ir redacta la sentencia

1-Las pretensiones y contestaciones de demanda deben ser claras, precisas y coherentes

2-El juez debe expresar lo ocurrido según el juez de acuerdo a las pruebas presentadas y lo que nota y crea conveniente llevar a cabo

3-El juez debe tocar los puntos del litigio que se hayan expuesto durante el proceso y dar una solución o argumentar acerca de ellos

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