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Caso aplicacion de los tributos

krisstina1970Ensayo5 de Agosto de 2021

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CASO LA APLICACIÓN DE LOS TRIBUTOS

Las comunidades autónomas tienen capacidad para la creación de tributos propios de acuerdo con lo previsto en los artículos 133.2 y 157 1b) de la constitución española y 6.1 de la LO 8/1980 de 22 de septiembre de financiación de las comunidades autónomas.

Las entidades locales no pueden crear impuestos, pero pueden poner en vigor o hacer efectivos los tributos previamente configurados por una ley

CASO GESTION TRIBUTARIA

1.-

   A- procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación

   B- procedimiento de verificación de datos

   C- procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación

   D- procedimiento iniciado mediante declaración

   E- procedimiento de comprobación de valores

   F- procedimiento de comprobación limitada

2.-

   Podra realizar las siguientes actuaciones:

     Examen de los datos consignados por los obligados tributarios en sus declaraciones y de los justificantes presentados o que se requieran.

    Examen de los datos y antecedentes en poder de la Administración tributaria que pongan de manifiesto:

  − La realización del hecho imponible.

  − El presupuesto de una obligación tributaria

  − La existencia de elementos determinantes de la misma no declarados o distintos a los declarados por el obligado tributario.

    Examen de los registros y demás documentos exigidos por la normativa tributaria y de cualquier otro libro, registro o documento de carácter oficial con excepción de la contabilidad mercantil, así como el examen de las facturas o documentos que sirvan de justificante de las operaciones incluidas en dichos libros, registros o documentos.  

    Puede requerir a terceros para que aporten la información que se encuentren obligados a suministrar con carácter general o para que la ratifiquen mediante la presentación de justificantes

Nunca podrá solicitar la contabilidad, excepto los libros registro, ni aclaratoria  de los documentos presentados a terceros, ni solicitar nuestros movimientos bancarios a una entidad financiera, salvo extractos que justifiquen los gastos incluidos

Las actuaciones deben realizarse ante el mismo órgano de la agencia tributaria que nos solicito la comprobación limitada, aunque suele ser el órgano recaudatorio

3.-

La administración no puede volver a solicitar unos datos que ya nos solicito en un procedimiento anterior

4.-

Requisitos tasación pericial contradictorias son estar legitimidos para solicitar la tasación según la Ley General Tributaria, bien como sujeto pasivo de impuestos bien como afectado por la decisión adoptada en un procedimiento. Tiene que existir una valoración administrativa y una notificación de la misma.

El interesado podrá solicitar la tasación pericial contradictoria en dos momentos:

  • Una vez notificada la liquidación provisional derivada de la comprobación de valores. En este caso, el plazo será de un mes contado a partir del día siguiente de dicha notificación.
  • Si han optado por interponer un recurso de reposición o reclamación económico-administrativa y se han reservado el derecho a promover posteriormente la tasación pericial contradictoria, el plazo de un mes se contará desde la fecha de firmeza en vía administrativa del acuerdo que resuelva el recurso o reclamación interpuesto contra la liquidación provisional.

En el caso de que la diferencia entre los valores determinados por el perito de parte y el perito de la Administración sea superior a los indicados anteriormente se designará un perito tercero. Con carácter previo a la actuación del perito tercero, tanto la Administración como el interesado deberán consignar depósito por el importe de los honorarios.

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