Catedra Uniminuto
yalile0524 de Mayo de 2013
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JUNTAS DE ACCION COMUNAL
Las Juntas de Acción Comunal son corporaciones cívicas sin ánimo de lucro, compuestas por los vecinos de un lugar dedicados a unir esfuerzos y recursos para solucionar las necesidades más sentidas de la comunidad.
Es una organización cívica, social y comunitaria de gestión social, sin ánimo de lucro, de naturaleza solidaria, con personería jurídica y patrimonio propio y variable, integrada voluntariamente por los residentes de un lugar que aúnan esfuerzos y recursos para procurar el desarrollo humano integral, sostenible y sustentable con fundamento en el ejercicio de la democracia participativa. Es una organización de primer grado.
1. Cuáles son las funciones de la JAC?
R: Promover y fortalecer en el individuo, el sentido de pertenencia frente a su comunidad, localidad, distrito o municipio a través del ejercicio de la democracia participativa;
Crear y desarrollar procesos de formación para el ejercicio de la democracia;
Planificar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad;
Establecer los canales de comunicación necesarios para el desarrollo de sus actividades;
Generar procesos comunitarios autónomos de identificación, formulación, ejecución, administración y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo comunitario;
Celebrar contratos con empresas públicas y privadas del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local, con el fin de impulsar planes, programas y proyectos acordes con los planes comunitarios y territoriales de desarrollo;
Crear y desarrollar procesos económicos de carácter colectivo y solidario para lo cual podrán celebrar contratos de empréstito con entidades nacionales o internacionales;
Desarrollar procesos para la recuperación, recreación y fomento de las diferentes manifestaciones culturales, recreativas y deportivas, que fortalezcan la identidad comunal y nacional;
Construir y preservar la armonía en las relaciones interpersonales y colectivas, dentro de la comunidad, a partir del reconocimiento y respeto de la diversidad dentro de un clima de respeto y tolerancia;
Lograr que la comunidad esté permanentemente informada sobre el desarrollo de los hechos, políticas, programas y servicios del Estado y de las entidades que incidan en su bienestar y desarrollo;
Promover y ejercitar las acciones ciudadanas y de cumplimiento, como mecanismos previstos por la Constitución y la ley, para el respeto de los derechos de los asociados;
Divulgar, promover y velar por el ejercicio de los derechos humanos, fundamentales y del medio ambiente consagrados en la Constitución y la ley;
Generar y promover procesos de organización y mecanismos de interacción con las diferentes expresiones de la sociedad civil, en procura del cumplimiento de los objetivos de la acción comunal;
Promover y facilitar la participación de todos los sectores sociales, en especial de las mujeres y los jóvenes, en los organismos directivos de la acción comunal;
Procurar una mayor cobertura y calidad en los servicios públicos, buscar el acceso de la comunidad a la seguridad social y generar una mejor calidad de vida en su jurisdicción;
Los demás que se den los organismos de acción comunal respectivos en el marco de sus derechos, naturaleza y autonomía.
Además de la capacitación como eje orientador de sus actividades y la formación integral de sus directivos, dignatarios, voceros, representantes, afiliados y beneficiarios, las organizaciones comunales deberán observar los siguientes principios: a)democracia; b) Autonomía; e) Prevalencia del interés común; f) Principio de la buena fe
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