Conocimientos Básicos y Relevantes del Derecho Constitucional
levanygTrabajo2 de Diciembre de 2019
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1]
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
NÚCLEO - APURE
DERECHO CONSTITUCIONAL
(Conocimientos Básicos y Relevantes del Derecho Constitucional)
Profesor:
Tomas Mota
Alumna:
Levany Gomez
C.I 29.692.660
Biruaca, 01 de octubre del 2019
ÍNDICE
Introducción………………………………………………………………………… 1
Desarrollo………………………………………………………………………….. 2 - 15
La Constitución…………………………………………………………………. 2 - 3
Tipos de Constitución…………………………………………………………… 4- 6
Derecho Constitucional………………………………………………………… 6 - 8
Análisis de las definiciones de Derecho Constitucional………………………… 9
Las Fuentes del Derecho Constitucional………………………………………… 9 - 11
Origen y Formación……………………………………………………………… 11 - 12
Objeto del Derecho Constitucional……………………………………………… 12
Características…………………………………………………………………… 13
Importancia……………………………………………………………………… 13 - 14
La Relación con otras Áreas del Conocimiento………………………………… 14 - 15
Conclusión ………………………………………………………………………… 16
Bibliografía………………………………………………………………………….. 17 - 19
INTRODUCCIÓN
En una Constitución, además de estar contenidas las normas y leyes, se ve reflejada toda la historia y cultura que existe en un país en específico; que a lo largo del tiempo se ha venido formando para llegar a lo que es actualmente. El propósito de la Carta Magna es la organización, tanto de un Estado de Derecho y su relación con la sociedad o población, asegurando de esta manera cada una de las garantías constitucionales o los llamados deberes y derechos de un individuo; así como también de la regulación de los poderes públicos, para que puedan ejercer sus funciones de las manera más eficaz. Existen distintos tipos de Constituciones que pueden ser clasificadas según su forma, su dificultad de modificación, su forma de establecimiento y su vigencia.
Por otra parte, el Derecho Constitucional es una rama del Derecho Público que busca el cumplimiento de todas aquellas leyes o normas que están contenidas en el marco constitucional, o Carta Magna, ya que es una ley suprema, es decir, que ninguna ley está por encima de ella. El nacimiento de este Derecho se dio a principios del siglo XIX, específicamente fue un hecho que marcó un antes y un después en la historia de muchos países, la cual conocemos como Revolución Francesa en el año 1789; ya que difundió por el mundo los ideales de libertad e individualismo, así como también los derechos fundamentales del hombre y del ciudadano.
Seguidamente en 1797, se creó la primera cátedra de Derecho Constitucional en Ferrara, Italia, que fue impartida por Giuseppe Campagnoni. Años después, en 1834, Francisco Guizot propuso al rey Luis Felipe Orleans, la creación de una cátedra de Derecho Constitucional en la Universidad de Paris.
Asimismo, el derecho Constitucional trabaja en conjunto con otras ramas del conocimiento como lo son el Derecho Público, el Derecho Político, el Derecho Administrativo, el Derecho Penal, el Derecho Procesal y la Economía Política.
DESARROLLO
La Constitución
Es el conjunto de principios, normas y reglas que pretenden establecer la forma de un Estado de Derecho, al mismo tiempo busca organizar dicho Estado, delimitándolo, a través de sus propias instituciones de la Administración Pública y estableciendo procedimientos y sanciones para que no se incumpla con las normas establecidas en dicha Constitución.
En referencia a lo anterior, la Constitución es mejor conocida como la Carta Magna, porque es la que rige todo el ordenamiento jurídico de un Estado, es decir no existe ninguna ley ordinaria que pueda estar por encima de ella, es por esto que es llamada Ley Suprema. Ningún organismo, ente, funcionario del Estado, ley, decreto-ley o acto de la Administración Pública puede ir en contra de lo establecido en la Constitución de un Estado.
Esta palabra tiene origen del latín “cum” que significa con y “statuere” que quiere decir establecer. La misma es obra del poder constituyente, ejercido por el pueblo, que en las democracias, es donde reside el poder soberano, que establece los poderes constituidos (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial) mediante un contrato social donde se llega a acuerdos sobre la organización del país y las libertades individuales en vistas a los ideales comunes y al bienestar general.
También se puede definir como un acuerdo de reglas de convivencia, es decir, una forma de pacto político y social. Se le llama así porque integra, establece, organiza, constituye las normas que rigen a la sociedad de un país. Una constitución ‘viva’ se construye, funciona y evoluciona por el trabajo de los ciudadanos y de sus representantes; si no conocemos ni reclamamos nuestros derechos, entonces se puede decir que no hay una constitución viva.
A lo largo de la historia, se han formado distintas Constituciones, sin embargo, la mayoría de ellas persiguen los mismos objetivos, los cuales se pueden agrupar de la siguiente manera:
- Convocar, agrupar y ensamblar a la sociedad de un país.
- Incluir a toda persona, grupo, sector, segmento, región, identidad o cultura.
- Asegurar la vida comunitaria, el orden, así como las libertades individuales y colectivas.
- Reconocer los derechos con los que nacen las personas y garantiza su cumplimiento.
- Organizar el ejercicio de los poderes del Estado; para crear leyes, de lo cual se encarga el Poder Legislativo; aplicar esas leyes, función que ejerce el Poder Ejecutivo y resolver los conflictos en la aplicación de esas leyes, de lo que se encarga el Poder Judicial.
- Además organiza el territorio en municipios, provincias y otras divisiones, como las comunidades autónomas (en el caso de España) o los estados (en el caso de Venezuela).
- Finalmente, busca la prevalencia de valores, principios, guías y normas de conducta, que son la suma de derechos y responsabilidades de cada habitante de un país.
La Constitución pueden ser modificada con la finalidad de mejorarla o ponerla al día, el Tribunal Constitucional suele ser el encargado de decidir qué leyes son conformes a la Constitución y cuáles no, y si se trata de un cambio importante, se consulta a los ciudadanos o al pueblo mediante un referéndum o reforma constitucional, en donde por medio del voto expresan si están conformes o no con el cambio. Este acto se realiza en países democráticos, ya que en los países con dictadura, su Constitución esta impuesta por el dictador, que no consulta ni al Parlamento ni a los ciudadanos.
La mayor parte de los países tienen una Constitución escrita, mientras que otros no, como lo es el de La Gran Bretaña su Constitución está representada en numerosos documentos y el derecho consuetudinario.
Tipos de Constituciones
- Por su forma:
- Constituciones no escritas o consuetudinarias.
Son mezcla de usos y costumbres sobre la manera de gobernarse, fruto de la idiosincrasia de un pueblo concreto. Suelen estar acompañadas de algún texto escrito de carácter parcial por lo que podemos decir que tienen una pluralidad de fuentes normativas. Un ejemplo de esto es la Constitución inglesa y la de Israel.
- Constituciones escritas
Son documentos en los que se plasman los principios fundamentales sobre los que descansa la organización, los límites y las facultades del Estado, así como deberes y derechos de los individuos; es el texto específico que contiene la totalidad o casi la totalidad de las normas básicas.
- Por la dificultad de modificación:
- Constituciones rígidas
Son aquellas Constituciones que para modificarse establecen un procedimiento más agravado que el procedimiento legislativo ordinario. Según el grado de complejidad del mismo se denominarán bien rígidas, bien súper rígidas.
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