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Cuestionario 2 Derecho diplomatico


Enviado por   •  6 de Marzo de 2022  •  Ensayos  •  2.093 Palabras (9 Páginas)  •  180 Visitas

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Cuestionario #2

Ruiz Sánchez Lucía Irene, “Derecho Diplomático”, Ed. Porrúa, México, 2005. Pp.1-27.

  1. ¿Qué diferencia hay entre diplomacia, técnicas diplomáticas y Derecho Diplomático?

Diplomacia

Técnicas diplomáticas

Derecho Diplomático

Es la conducción por medios pacíficos entre asuntos de los Estados.

Son medidas que utilizan los medios pacíficos en búsqueda la paz y la armonía.

Manera de conducir los asuntos exteriores de un sujeto de DI utilizando la negociación.  

Es la manera de conducir a los asuntos exteriores.

Se define como “La rama del Derecho Público que se ocupa especialmente de la práctica y la reglamentación, tanto de las relaciones exteriores como de la manera de llevar las negociaciones”

La administración de los negocios internacionales.

La rama del Derecho que se ocupa para representar a un Estado en el exterior.

Conjunta de normas jurídicas que regular la vida insercional sacada de la vida interna.

La relación entre personas jurídicas y sujetos internacionales como las organizaciones.

Métodos particulares que son empleados en la conducción de las relaciones exteriores.

La validez es reconocida en el mundo y están basadas en las costumbres y tradiciones de quienes las practican.

Cada sujeto internacional es libre de emplear las técnicas que se adecuen siempre y cuando no valla en contra de la paz y de a libertad.

  1. ¿Cuáles son las fuentes del Derecho Diplomático?

Son los diversos procesos por los que nacen las normas jurídicas como:

  • Tratados (bilaterales y multilaterales).
  • Costumbre.
  • Legislación interna.
  1. ¿Qué se entiende por Relaciones diplomáticas?

Son las relaciones de los Estados y en ellas se construye un lazo más solio entre los mismos, ya que si un Estado no tuviera estas relaciones caería en el aislamiento. Lo que se pretende es establecer contactos y más integrantes con estrechas relaciones con órganos específicos y pueden ejercerlas.

  1. ¿Cuál es la ubicación del Derecho Diplomático en el contexto del Derecho Internacional?

Es una rama del Derecho Público Externo, así mismo se puede aplicar con los Tratados, la costumbre y la legislación interna.

  1. ¿Cuáles son los pasos que deben seguir los Estados para establecer relaciones diplomáticas entre ellos?

  • En primera instancia tiene que nacer a las Partes y tiene que se de mutuo consentimiento.
  • Se acostumbra a celebrar acuerdos bilaterales que traten de desarrollar contactos diplomáticos permanentes.
  • El Estado interesado manda a sus representantes para que lleve a cabo negociaciones en la que se discutirá las condiciones y se acordaran: la categoría; la temporalidad; la localización; el tamaño, etcétera.
  • Se formalizará en un acuerdo protocolario y en ella están entendidas las negociaciones de las partes ya que se presenta como un: tratado formal; en un Canje de Notas; o como un Comunicado de ambos gobiernos.
  • Se tiene una duración definida.
  • Las negociaciones se pueden presentar de manera directa ante el Estado o los Estados.
  • Se llevan a cabo en el seno de la Organización Internacional (ONU).
  • Al finalizar cuando se firma por las partes del acuerdo queda ratificado.
  • Algunas ocasiones cuando no se llega a un acuerdo se puede posponer para alguna otra oportunidad.
  1. En la estructura de la Misión Diplomática ¿cuál es la función de la cancillería?

Es una serie de acciones que le toca desempeñar al diplomático y algunas tienen cierto nivel de complejidad según el vínculo que se tenga con el Estado. La cancillería es la oficina donde se reciben y se preparan los documentos que están a cargo del jefe de misión. Esta lleva la misión de la evolución política del país receptor mediante informes que rinde al país que acredite.

  1. Explica las funciones de la agregaduría comercial y las agregadurías militares.

Agregaduría comercial

Agregadurías militares.

Se ocupa de las relaciones comerciales entre el Estado acreditante y receptor.

Informa al Estado acreditante acerca de cuanto concierne a la situación económica del Estado receptor y así permite al primero dirigir eficazmente la política comercial que ha de seguir respecto al segundo.

Constituye una fuente de asesoramiento para facilitar el intercambio comercial y promover las inversiones de sus nacionales en el Estado receptor, así como para alentar las que los hombres de empresa del Estado receptor lleven a cabo en el Estado al que pertenece la misión.

Pueden ser militares, navales o aéreas.

En su frene se halla un agregado que es un miembro del ejército, marina o fuerza aérea que normalmente tiene grado de coronel.

  1. ¿Cómo se define el Derecho de Legación y cómo se clasifica?

Es la facultad que tienen las entidades en enviar y recibir presentantes (diplomáticos) activo o pasivo. Anteriormente solo los Estados soberanos eran quien lo hacía valido, pero ya se extendió hacia algunos Sujetos de Derecho Internacional. Se aplica de manera activa enviándolos o pasiva recibiéndolos.

Las dos reglas del Derecho de Legación son:

  • No obligación: se ejercer de manera propia la soberanita y no existe ningún imperativo legal para ejercer el derecho.
  • No coerción: ningún sujeto tiene el derecho de emplear fuerza para que otro establezca o mantenga relaciones con él.

  1. ¿Cuáles son las reglas principales del Derecho de Legación?

Antes de la modificación de las reglas, el Derecho Diplomático se manejaba de manera distinta en base a la costumbre de los Estados y los siguientes apartados servían como guía:

  • El nombramiento de los agentes diplomáticos.
  • La categoría de los agentes diplomáticos es fijada del acuerdo de los gobiernos interesados.
  • Todo Estado tiene el derecho de acreditar a sus agentes diplomáticos ante uno o más gobiernos extranjeros.
  • Ningún Estado puede mantener, simultáneamente, relaciones diplomáticas con una más de un gobierno.
  • El nombramiento de agente diplomático depende de la previa solicita del beneplácito al gobierno de país ante el cual va a ser acreditado.
  • Todo Estado tiene derecho de rehusarse a conceder el belicito a la propuesta de nombramiento de un agente diplomático extranjero, siempre que, para ello existan motivos ponderales.
  • Todo Estado que recibe a un agente diplomático puede, en cualquier momento pedir su retiro o el de otro miembro de la misión siempre que uno u otro se convirtiera en persona no garata.
  • El Derecho de Legación acompaña a los Gobiernos legalmente constituidos, que se expatrían para no caer en mano del enemigo.
  • La incorporación de un Estado a otro priva, automáticamente al Estado incorporado del ejercicio del Derecho de Legación.
  • El Estado de guerra interrumpe el ejercicio del Derecho de Legación entre los integrantes, pero no afecta el Derecho de Legación de los países nútrales, que pueden, si se solicita, y mediante consentimiento de las partes ocuparse de los intereses de los países.

  1. ¿Cuáles son los principales factores que influyen en la terminación de las relaciones diplomáticas? Y señalar las acciones posteriores que se indican en la Convención de Viena.

Obedece a una multitud de factores:

  • Pueden llevar a una afectación seria de los términos de amistad.
  • Cuando se acaba la amistad surge el descontento.
  • Puede ir desde una protesta hasta un enfriamiento.
  • El cambio del jefe diplomático.
  • Se actúa en defensa de sus propios intereses como: afectación de honor nacional; faltas a sus representantes; desacuerdos con algún gobierno no constitucional, menoscabo de sus derechos soberanos. Agresión por motivos imperialista.
  • Los intereses comunes de la humanidad.
  • Violación de los derechos humanos como genocidio.
  • Incumplimiento a los Tratados.

Acciones:

  • Cerrar las misiones para evitar el conflicto.
  • Generar una nota de descontento.
  • La protección de que representación amiga quedaran los intereses nacionales.
  • Derecho de Legación.
  • Generar pautas de protección a bienes y personal del Estado acreditante.
  • Protección de intereses por otro Estado.

Actividades de Aprendizaje:

  1. Localizar, copiar y analizar un tratado bilateral de establecimiento de relaciones diplomáticas.

Tratado: Las relaciones diplomáticas entre México y Colombia se iniciaron el 3 de mayo de 1822.

  • El Programa de Cooperación Técnica y Científica México-Colombia 2016-2019 está conformado por 4 proyectos: desarrollo agropecuario, medio ambiente, salud, ciencia y tecnología.
  • Intercambio de experiencias exitosas para el fortalecimiento de las capacidades locales en el manejo integrado de residuos sólidos en el sur del Tolima (Colombia) y el ayuntamiento de Cuautla (México).
  • Cooperación técnica México-Colombia Fase II Validación, ajuste por productores y mejoras en los procesos de producción de biofertilizantes aplicados a cultivos de interés agroindustrial en Colombia.
  • Fortalecimiento de las estrategias de la salud del adulto mayor en Colombia y México.
  • Desarrollo de prototipos robóticos para rehabilitación y de prótesis.
  • En materia de Seguridad se encuentran vigentes varios acuerdos de cooperación, contribuyendo a que la relación entre las partes sea óptima.
  • Recientemente fue concluido y firmado el proyecto “Memorándum de Entendimiento entre la Fuerza Aérea Mexicana y la Fuerza Aérea Colombiana para el Establecimiento de Procedimientos Operativos en Materia de Interdicción/ Interceptación Aérea”.  (Exterior., s.f.)

  1. Buscar en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, los artículos referentes al ejercicio del Derecho de Legación.
  • Art. 1o.-Los empleados diplomáticos se dividen en tres clases: la de embajadores, legados o nuncios; la de enviados, ministros u otros, acreditados ante los Soberanos, y la de encargados de negocios, acreditados ante los ministros de negocios extranjeros.
  • Art. 2o.-Sólo los embajadores, legados o nuncios tienen carácter representativo.
  • Art. 3o.-Los empleados diplomáticos en misión extraordinaria no tienen, en tal concepto, ninguna superioridad de categoría.
  • Art. 4o.-Los empleados diplomáticos se colocarán entre sí, en cada clase, según la fecha del aviso oficial de su llegada. El presente reglamento no producirá novedad alguna con respecto a los representantes del Papa.
  • Art. 5o.-En cada Estado se adoptará un sistema uniforme para la recepción de los empleados diplomáticos de cada clase.
  • Art. 6o.-Los lazos de parentesco o de alianza de familia entre las Cortes no dan más categoría a sus empleados diplomáticos. Tampoco la dan las alianzas políticas.
  • Art. 7o.-En los instrumentos o tratados entre muchas potencias que admitan la alternativa, decidirá la suerte, entre los ministros, del orden que ha de seguirse para las firmas. (R., s.f.)

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  1. Enlistar las causas de terminación de relaciones diplomáticas considerando las originadas en el estado receptor, en el Estado acreditante, y en acontecimientos fortuitos.

Causas:

  • La ruptura es un aco unilateral.
  • Se puede deber al combate bélico.
  • Estado de guerra.
  • Artículo 43: Las funciones del agente diplomático terminarán, principalmente:
  • Cuando el Estado acreditante comunique al Estado receptor que las funciones del agente diplomático han terminado; cuando el Estado receptor comunique al Estado acreditante que, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 9, se niega a reconocer al agente diplomático como miembro de la misión. (ecolombia, s.f.)
  • Artículo 44: El Estado receptor deberá, aún en caso de conflicto armado, dar facilidades para que las personas que gozan de privilegios e inmunidades y no sean nacionales del Estado receptor, así como los miembros de sus familias, sea cual fuere su nacionalidad, puedan salir de su territorio lo más pronto posible. En especial, deberá poner a su disposición, si fuere necesario, los medios de transporte indispensables para tales personas y sus bienes. (ecolombia, s.f.)
  • Artículo 45: En caso de ruptura de las relaciones diplomáticas entre dos Estados, o si se pone término a una misión de modo definitivo o temporal: Primero: el Estado receptor estará obligado a respetar y a proteger, aún en caso de conflicto armado, los locales de la misión así como sus bienes y archivos; Segundo: l Estado acreditante podrá confiar la custodia de los locales de la misión, así como de sus bienes y archivos, a un tercer Estado aceptable para el Estado receptor; Tercero: El Estado acreditante podrá confiar la protección de sus intereses y de los intereses de sus nacionales a un tercer Estado aceptable para el Estado receptor. (ecolombia, s.f.)
  • Artículo 46: Con el consentimiento previo del Estado receptor y a petición de un tercer Estado no representado en él, el Estado acreditante podrá asumir la protección temporal de los intereses del tercer Estado y de sus nacionales. (ecolombia, s.f.)
  • Artículo 47: En la aplicación de las disposiciones de la presente Convención, el Estado receptor no hará ninguna discriminación entre los Estados. Sin embargo, no se considerará como discriminatorio: a: Que el Estado receptor aplique con criterio restrictivo cualquier disposición de la presente Convención, porque con tal criterio haya sido aplicada a su misión en el Estado acreditante; b: Que, por costumbre o acuerdo, los Estados se concedan recíprocamente un trato más favorable que el requerido en las disposiciones de la presente Convención. (ecolombia, s.f.)

Referencias:

ecolombia. (s.f.). encolombia.com. Obtenido de https://encolombia.com/derecho/derecho-internacional/viena-relacdiplomaticas/funciones-agentediplomatico/

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