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Cuestionario de reforzamiento, derecho fiscal


Enviado por   •  13 de Octubre de 2022  •  Tareas  •  1.184 Palabras (5 Páginas)  •  65 Visitas

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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

FACULTAD DE CONTADURÍA Y ADMINISTRACIÓN

UNIDAD 3: DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONTRIBUYENTES

Cuestionario de reforzamiento

GRUPO: 8302

Prof.: Esteban Cabrera Sara

Vargas Martinez Alejandra

03 de octubre de 2022

  1. ¿En qué consiste la garantía constitucional en materia fiscal establecida en el artículo 8 constitucional y con qué artículo del CFF se relaciona?

Está relacionado con el artículo 18 del código fiscal y este consiste en que los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que este se formule por escrito, de manera pacifica y respetuosa; pero en materia política solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la república.  

  1. ¿Qué función tiene la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente?

La PRODECON es un órgano público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con autonomía técnica, funcional y de gestión. Su finalidad es garantizar el derecho de los contribuyentes a recibir justicia en materia fiscal en el orden federal, mediante la asesoría, representación y defensa, recepción de quejas y emisión de recomendaciones en los términos que establezca su Ley Orgánica.

  1. ¿Cuál es la diferencia entre un representante legal a un apoderado legal?

Al representante legal es designado dentro de los estatutos de la sociedad para realizar una función considerada en estos y es designado por los socios; puede ser un socio o una persona distinta. En tanto, el apoderado legal es la persona designada por los socios fuera de los estatutos de la sociedad, pero dentro de un instrumento notariado.

  1. ¿Cómo se determina el factor de actualización de las contribuciones?

Para calcular la actualización de las contribuciones debes aplicar el factor de actualización a las cantidades pendientes de pago; dicho factor se obtiene de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior al más reciente del periodo entre el INPC correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho periodo (art. 17-A, CFF).

  1. ¿Por qué se dice que se eliminó la compensación universal?

La compensación universal permitió usar como medio de pago el saldo a favor de un contribuyente contra una contribución que se tuviera a cargo de distinta naturaleza, siempre y cuando, se trataran de contribuciones federales, por ejemplo, un saldo a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA), se podía usar para pagar una cantidad a cargo de Impuesto sobre la Renta (ISR). Sin embargo, la experiencia de muchos contribuyentes ha sido que el Fisco ya no devuelve de manera tan sencilla los saldos a favor de contribuciones y la forma más pronta de obtenerlos es usándolos para pagar otras contribuciones a su cargo a través del mecanismo que hoy se elimina y que era la compensación universal.

  1. ¿Por qué surge un saldo a favor y cuáles son los medios para recuperarlo?

Al realizar la declaración anual, puede presentarse que el resultado del cálculo de los impuestos determina que el contribuyente pagó más de lo que estaba obligado a pagar y es entonces que se genera un saldo a favor. Se podrá solicitar la devolución automática cuando se presente la declaración anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y cuando*:

  • Se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e. firma o e. firma portable
  • Tratándose de saldos a favor igual o menor de 10,000 pesos, con contraseña
  • Si el saldo a favor es mayor a 10,000 pesos y hasta 50,000 pesos con contraseña y cuenta CLABE a 18 dígitos precargada. O si se captura CLABE distinta a la precargada, utilizando la e. firma o e. firma portable
  • En caso de saldo a favor mayor a 50,000 pesos, utilizando e. firma o e. firma portable y CLABE de cuenta bancaria
  • Cuando se presente la declaración de forma electrónica con contraseña, e. firma o e. firma portable
  • Se señala la opción de devolución en la declaración del ejercicio
  • Se captura la CLABE bancaria
  • Se manifieste correctamente el RFC de todos los retenedores de impuestos del contribuyente
  • Se indique correctamente el RFC de las personas con las que el contribuyente realizó operaciones deducibles
  1. ¿Cómo se determinan los recargos?

 1. Identificar el periodo de pago de la contribución. 2. Identificar la fecha cuando se debió pagar la contribución (plazo de vencimiento). 3. Señalar la fecha cuando se pagará la contribución. 4. Identificar el periodo de actualización (periodo de pago): desde la fecha en que debió pagarse la contribución hasta la fecha en que se pagará. 5. Identificar el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior al más reciente del periodo de pago y el Índice del mes anterior al más antiguo del periodo de pago. En los casos en que el INPC del mes anterior al más reciente del periodo no haya sido publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la actualización de que se trate se realizará aplicando el último Índice mensual publicado.

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