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Culpa patronal


Enviado por   •  27 de Febrero de 2020  •  Documentos de Investigación  •  5.113 Palabras (21 Páginas)  •  159 Visitas

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PAT COLECTIVO

DR. CARLOS MUÑOZ

ANDRÉS EDUARDO ESTRADA MEDINA

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA RAFAEL NUÑEZ

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS

PROGRAMA DE DERECHO

VII SEMESTRE

CARTAGENA

2019

INTRODUCCIÓN

En Colombia el sistema de seguridad social es un valioso instrumento para la protección del hombre frente a ciertas necesidades sociales, ya que, siempre ha estado cuestionado por este.

En el transcurso de nuestra historia los individuos se han abstraído por saciar las menesteres mínimo vitales para brindarles protección y bienestar a las personas.

El sistema de seguridad social es el conjunto armónico de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos y está conformado por los regímenes generales establecidos para pensiones, salud, riesgos laborales, subsidio familiar y los servicios sociales complementarios que se definen en la ley.[1]

Por otra parte, tanto los trabajadores dependientes, como los independientes están obligados hacer sus aportes al sistema de seguridad social, en esta investigación abordaremos a los segundos mencionados que se entiende por éstos que son las personas naturales que ejercen de manera autónoma personal y directamente una profesión, oficio o actividad económica, sin sujeción a contrato de trabajo, por consiguiente, se deduce que los rentistas de capital se pueden catalogar trabajadores independiente toda vez cuentan con extension económica sufiiciente para afiliarse al sistema.

En este trabajo se realiza con el propósito de dar a conocer la Cotización de los independientes al sistema de seguridad social por la renta de capital.

por lo anterior, la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (Ugpp), es quien obliga a los rentista de capital hacer aportes a los Sistemas de Seguridad Social en Salud y en Pensión.

Ahora bien, es también sumamente importante para entender los aportes al sistema de seguridad social en colombia, conocer su historia y cómo se adopta en nuestro ordenamiento jurídico, cuáles son las bases y características de este procedimiento no solo en una parte general, si no en un objeto de estudio más específico como es en los trabajadores independiente como rentista de capital.

Al término de la investigación, nosotros como estudiantes adquiriremos y desarrollaremos facultades en el campo de la investigación, estaremos en la capacidad de explicar con autoridad la temática relacionada Cotización de los independientes al sistema de seguridad social por la renta de capital, por último invitamos a los lectores a realizar una interpretación crítica y objetiva de las páginas que están por leer ya que pretendemos que sean una ayuda en su quehacer diario y que enriquezcan sus conocimientos de la temática en cuestión.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.

1.1. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

El sistema de seguridad social está en constante evolución, puesto que se adecua a los cambios de la realidad sociedad, ya que en los últimos años se han presentó problemas sociales, que pueden afectar la historia de la economía y social en el mundo.

El Sistema de Seguridad Social Integral vigente en Colombia fue instituido por la Ley 100 de 1993 y reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales pueden tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que esté acorde con la dignidad humana. Hace parte del Sistema de Protección Social junto con políticas, normas y procedimientos de protección laboral y asistencia social.[2]

Por ende, la seguridad social es obligatoria, está a cargo del estado y prestada por entidades públicas y privadas, buscando y evitando una estabilidad económica.

Por otra parte, tanto los trabajadores dependientes, como los independientes están obligados hacer sus aportes al sistema de seguridad social, en este último se presentan diversas clases de actividades económica, como lo son los rentistas de capital. Según el diccionario de la Real Academia Española –RAE–, el cual establece que un rentista de capital es “la persona que percibe renta procedente de una propiedad de cualquier tipo, la persona que percibe renta procedente del papel del Estado y, la persona que principalmente vive de sus rentas”[3]; es decir, el rentistas de capital es aquellas personas que obtiene ingresos como resultado de una inversión en acciones u alquiler de su propiedad,será el trabajador independiente aquel que no obtenga sus ingresos de un contrato de servicios.

Citamos la Ley 1955 de 2019, Art 244. INGRESO BASE DE COTIZACIÓN (IBC) DE LOS INDEPENDIENTES. Los trabajadores independientes con ingresos netos iguales o superiores a 1 salario mínimo legal mensual vigente que celebren contratos de prestación de servicios personales, cotizarán mes vencido al Sistema de Seguridad Social Integral, sobre una base mínima del 40% del valor mensualizado del contrato, sin incluir el valor del Impuesto al Valor Agregado (IVA).[4]

1.1.2. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿Cómo ha sido abordado la cotización a la seguridad social de los independientes cuyo ingresos tiene como fuente la renta capital?

1.1.3. NÚCLEO PROBLÉMICO

Cotización de los independientes al sistema de seguridad social por la renta de capital.

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