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DERECHOS HUMANOS INTERNACIONALES Y EL CASO AYOTZINAPAN

somefher512 de Diciembre de 2014

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INDICE

CAPITULO I

LA COMISION INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

1.1 Que es la CIDH

1.2 Antecedentes históricos

1.3 Los instrumentos regionales de protección

1.4 El reglamento de la CIDH

1.5 La Corte Interamericana de Derechos Humanos

1.6 La Convención Internacional DH y la integración de México

CAPITULO II

TRATADOS INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS FIRMADOS Y RATIFICADOS POR MEXICO

2.1 De carácter particular

2.2 De carácter universal

CAPITULO III

EL CASO AYOTIZINAPAN

3.1 Ubicación geográfica

3.2 Antecedentes y Desarrollo de los hechos

3.3 Consecuencias Políticas Internas

3.4 Relación con guerreros unidos

3.5 Reacción Nacional Internacional

3.6 Movilizaciones

3.7 Reacción Tardía del Presidente

3.8 Declaración de Testigos

3.9 Rechazo del Informe del Procurador

3.10 Protestas

3.11 Medidas Cautelarías dictadas por la CIDH

3.12 Recomendaciones Emitidas por CIDH

3.13 Firma del Acuerdo del 12 de Noviembre por la CIDH

3.14 El Nuevo Ombudsman y el Caso Ayotzinapan

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCION

En este trabajo de investigación abordo el tema de Ayotzinapan porque pocos acontecimientos en México han tenido tanto impacto internacional como el caso de los 43 estudiantes desaparecidos el 26 y 27 de septiembre pasados. La indignación y las muestras de solidaridad de la comunidad internacional con el dolor y la incertidumbre que viven las familias que reclaman que les devuelvan a sus hijos vivos, es motivo para analizar y entender que el país y sus instituciones serán otros después de este hecho. La perspectiva para darle respuesta a la pregunta que me formule para llevar acabo esta investigación ,del porque tuvo que intervenir la CIDH en el caso Ayotzinapan es desde el ámbito jurídico internacional, apegado a las normas que rigen los tratados internacionales de derechos humanos que el país firmo y están vigentes. La investigación puede en estos momentos servir como un punto de referencia de análisis histórico y comparativo de cómo están los hechos hasta el día de hoy .

Los sucesos tomaron por sorpresa al Estado que de por sí no le daba mucha atención a Guerrero, uno de los estados más pobres del país. A eso se suma la debilidad del Estado mexicano. Aunque las fuerzas armadas y la policía federal son razonablemente confiables, los cuerpos policiales estatales y municipales son corruptos, ineficientes y están penetrados por el crimen organizado. Estos hechos son analizados con mayor profundidad en el capitulo tres

Los hechos fueron condenados por diversas instituciones y organizaciones sociales. La CIDH destacó que la ejecución extrajudicial y la desaparición forzada son las violaciones más graves a derechos humanos que se pueden cometer en contra de las personas; la Organización de los Estados Americanos declaró que los crímenes enlutaban no sólo a los mexicanos, sino a todos los países de las Américas y Human Rights Watch lo calificó como el ataque más violento contra estudiantes desde la ocurrida el 2 de octubre de 1968. La forma de organización sus funciones y porque interviene la CIDH en el país, la explico en el capitulo uno de la presente investigación

Miembros del Parlamento Europeo condenaron los hechos ocurridos en Iguala, Guerrero. Exigieron que el Acuerdo Global celebrado entre México y la Unión Europea, el cual establece mecanismos de cooperación entre ambas partes en el respeto indivisible de los derechos humanos y la seguridad de los ciudadanos, tiene que ser puesto en espera y sus objetivos y áreas previstas para la liberalización deben ser revisados. Estos acuerdos y su reglamentación se abordaran en el capitulo tres de la investigación.

CAPITULO I

I.- LA COMISION INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

1.1 Que es la Comisión Internacional de los Derechos Humanos

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) encargado de la promoción y protección de los derechos humanos en el continente americano. Fue creada por la OEA en 1959 y, en forma conjunta con la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), instalada en 1979, es una institución del Sistema Interamericano de protección de los derechos humanos (SIDH) .

El SIDH se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en la Novena Conferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá en 1948, en el marco de la cual también se adoptó la propia Carta de la OEA, que proclama los derechos fundamentales de la persona humana como uno de los principios en que se funda la Organización.

El pleno respeto a los derechos humanos aparece en diversas secciones de la Carta. De conformidad con ese instrumento, el sentido genuino de la solidaridad americana y de la buena vecindad no puede ser otro que el de consolidar en este Continente, dentro del marco de las instituciones democráticas, un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre. La Carta establece la Comisión como un órgano principal de la OEA, que tiene como función promover la observancia y la defensa de los derechos humanos y servir como órgano consultivo de la OEA en dicha materia.

La CIDH está integrada por siete personas elegidos a título personal por la Asamblea General de la Organización y deben ser personas de alta autoridad moral y reconocida versación en materia de derechos humanos. La duración de su mandato es de cuatro años, renovables por un único período adicional. La directiva de la Comisión está compuesta por un cargo de Presidente/a, Primer/a Vicepresidente/a y Segundo/a Vicepresidente/a, con un mandato de un año, pudiendo ser respectivamente reelegidos/as una sola vez en cada período de cuatro años.

El SIDH se inició formalmente con la aprobación de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre en la Novena Conferencia Internacional Americana celebrada en Bogotá en 1948, en el marco de la cual también se adoptó la propia Carta de la OEA, que proclama los "derechos fundamentales de la persona humana" como uno de los principios en que se funda la Organización.

1.2 Antecedentes históricos del Sistema Interamericano de Derechos Humanos

En abril de 1948, la OEA aprobó la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en Bogotá, Colombia, el primer documento internacional de derechos humanos de carácter general. La CIDH fue creada en 1959, reuniéndose por primera vez en 1960.

Ya en 1961 la CIDH comenzó a realizar visitas para observar la situación general de los derechos humanos en un país, o para investigar una situación particular. Desde entonces ha realizado 92 visitas a 23 países miembros. Con respecto a sus observaciones de tipo general sobre la situación en un país, la CIDH publica informes especiales, habiendo publicado hasta la fecha 60 de ellos.

Desde 1965 la CIDH fue autorizada expresamente a recibir y procesar denuncias o peticiones sobre casos individuales en los cuales se alegaban violaciones a los derechos humanos. Hasta diciembre de 2011, ha recibido varias decenas de miles de peticiones, que se han concretado en 19.423 casos procesados o en procesamiento. Los informes finales publicados en relación con estos casos pueden encontrarse en los informes anuales de la Comisión o por país.

En 1969 se aprobó la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que entró en vigor en 1978 y que ha sido ratificada, a enero de 2012, por 24 países: Argentina, Barbados, Brasil, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, Dominica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Suriname, Uruguay y Venezuela. La Convención define los derechos humanos que los Estados ratificantes se comprometen internacionalmente a respetar y dar garantías para que sean respetados. Ella crea además la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y define atribuciones y procedimientos tanto de la Corte como de la CIDH. La CIDH mantiene además facultades adicionales que antedatan a la Convención y no derivan directamente de ella, entre ellos, el de procesar peticiones individuales relativas a Estados que aún no son parte de la Convención.

En esta compilación se recogen los principales instrumentos del sistema interamericano de protección de los derechos humanos. Su objetivo es servir de guía para usuarios y usuarias del sistema. Aquí se encuentran las distintas declaraciones, convenciones y protocolos de las cuales se derivan los mandatos y funciones de los órganos del sistema -la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la CIDH”, “la Comisión” o “la Comisión Interamericana”) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la CorteIDH”, “la Corte” o “la Corte Interamericana”)- así como las obligaciones de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos (en adelante “la OEA” o “la Organización”) en materia de derechos humanos.

Los Documentos Básicos incluyen

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