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DESHILANDO CONDENAS, BORDANDO LIBERTADES: DIEZ HISTORIAS DE VIDA


Enviado por   •  4 de Septiembre de 2017  •  Biografías  •  4.012 Palabras (17 Páginas)  •  410 Visitas

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DESHILANDO CONDENAS, BORDANDO LIBERTADES:

DIEZ HISTORIAS DE VIDA

(Mujeres indígenas presas por delitos contra la salud en Oaxaca.

Narcotráfico, pobreza, justicia y derechos humanos)

Autor: Mtro. Mario Ivan Marin Hernandez

Deshilando Condenas, bordando libertades, es una realización de 35 minutos que logra condensar las historias de mujeres presas por la pobreza, por la marginación, por la ignorancia; presas por uno de los lastres de nuestra era: el narcotráfico, señala la socióloga e investigadora de la Universidad Pedagógica Nacional.

Estela, Alicia, Angelina, Francisca, Tomasa, María, Ana, Zoila, Antonia, Juana e Isabel son algunos de los nombres de las 13 mujeres que hoy pueden mirar sus rostros en la luz de la libertad.

“En él se presentan las historias de vida que ejemplifican de manera concreta una realidad de pobreza heredada, de carencias, de injusticias sistemáticas; son evidencia de la irracionalidad de un orden económico que privilegia la ganancia y hace a un lado la justicia; son muestra de un sistema de procuración de justicia-injusticia cuya misión es cumplir con las estadísticas, con los números que indiquen la eficiencia con la cual actúan los sistemas de justicia, aunque sin interés alguno por saber que detrás de esos números existen personan con circunstancias de vida, circunstancias que involucran a la sociedad en su conjunto.

La necesidad, la pobreza y la desesperación son las causas que en la mayoría de los casos, contribuyeron al delito. La necesidad de curar a un hijo, la necesidad de darles de comer o comprarles los uniformes para la escuela. La desesperación por mejorar sus condiciones de vida, la necesidad de salir en busca de trabajo, la necesidad por terminar con la pobreza, la necesidad siempre.

Historias que reflejan esa realidad, hechos que nos hacen pensar en dichas mujeres las cuales, a pesar de haber cometido un delito, no son delincuentes, que al margen de ser “culpables” son inocentes por las circunstancias que explican el delito, porque desde siempre se les ha negado todo tipo de accesos y de derechos, que han hecho de ellas un “no-sujeto”, un ser de la infra humanidad.”

La edad de las mujeres entrevistadas fluctúa entre los treinta y los sesenta años. Todas son bilingües, hablantes de la lengua zapoteca de la Sierra Sur y del español. Debo subrayar que aprendieron o terminaron de aprender español en la cárcel, de acuerdo con su dicho. Cinco son analfabetas en ambas lenguas, no fueron a la escuela o llegaron a ir pero no aprendieron a leer ni a escribir, ni en su lengua porque no forma parte del proyecto educativo nacional, ni en español por no ser su lengua; cuatro tienen primaria incompleta: dos estudiaron segundo año, una llegó hasta tercero, una más estudió quinto año y sólo una terminó la educación primaria. Siete de ellas son madres solteras, una vive en unión libre, una es soltera y la otra es viuda. Las diez son responsables de su unidad doméstica y sus hijas e hijos dependen de ellas. Dos mujeres tienen un hijo, dos cuatro, una cinco, dos tienen seis, una siete y una ocho. La principal ocupación de las mujeres coatlanas se circunscribe a las labores de la casa y el campo y, en sus ratos libres, se dedican a bordar blusas en punto de cruz. Cuatro de ellas lavaron y plancharon ropa ajena, seis de ellas obligadas por la necesidad en algún momento de sus vidas emigraron para ir a trabajar a la capital del estado, al valle de San Quintín, en Sinaloa, o al Distrito Federal.

De las diez mujeres seis fueron detenidas por “posesión” de marihuana, sentenciadas a cinco años y cien días y cuatro por “transporte”, con diez años y cien días de sentencia.

Es pertinente aclarar que en el proceso de investigación seis de las mujeres salieron por el beneficio que otorga la ley, es decir, quienes cumplen 60% de la condena pueden salir con una orden de preliberación. Cinco habían cumplido tres años y seis meses en la cárcel cuando salieron preliberadas y una más, seis años siete meses.

De las diez mujeres, sólo cuatro reconocen haber aceptado trasladar la marihuana; «la necesidad las obligó», aseguran. Dos más dicen haber sido obligadas a «echarse la culpa»; una por la comadre que la amenazó para que se culpabilizara y por miedo lo hizo, y la otra por la policía que la quiso extorsionar y, al no lograrlo, la acusó de llevar las cajas del enervante. Las otras cuatro aseguran estar pagando un delito no cometido por ellas, se dicen inocentes, argumentan que los bultos ya venían en el transporte utilizado y que al descubrirlos, la policía las culpabilizó.

A través de los testimonios es posible pensar que las mujeres que se declaran culpables conocían el delito, pero desconocían las penas a las que se hacían acreedoras en caso de ser descubiertas. Esto provocó cierto grado de ingenuidad en el momento del traslado de la mercancía. Las mujeres saben que no es legal y que es “malo” hacerlo. No ignoran que no deben prestarse para trasladar ese tipo de mercancía, pero desconocen hasta qué grado pueden ser castigadas; el delito, tal cual, no lo conocen.

Las mujeres indígenas presas (sujetos de esta investigación) son una clara muestra del sistema que imparte la justicia en el país y de la injusticia social sistémica de la cual son víctimas. Cuando las mujeres llegan a estos espacios de dominación masculina se encuentran en un mundo por completo desconocido para ellas. Los ministerios públicos son quienes se encargan de fabricar los expedientes, basándose en las declaraciones de la parte acusadora, la que por lo general son los policías quienes las detuvieron y quienes nunca se presentan a los careos solicitados por las inculpadas. Los expedientes se encuentran llenos de anomalías, nunca se presentan pruebas por parte de la defensoría de oficio federal o si se presentan son irrelevantes.

Con la ausencia de una perspectiva de género en las leyes, en el derecho y en la justicia, se presenta otro problema para las indígenas: el de las prácticas étnicas de costumbres que les niegan a las mujeres sus derechos humanos fundamentales. La pregunta obligada es: ¿de qué manera proteger los derechos de las mujeres en el contexto de cada cultura y tradición?

Es importante manifestar que actualmente todas las mujeres fueron liberadas, algunas por beneficios al haber purgado el 60% de su pena y las otras después de esfuerzos de organizaciones, intelectuales, el video exhibido en múltiples eventos y por la presión social que se ejerció.

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