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DIFERENCIAS ENTRE LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIO Y SANCIONADOR


Enviado por   •  9 de Abril de 2022  •  Ensayos  •  780 Palabras (4 Páginas)  •  188 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS

CARRERA DE DERECHO

 

CURSO:

  • DERECHO ADMINISTRATIVO II

PROFESORA:  

  • ROMULO MONTEVERDE

TEMA:  

  • DIFERENCIAS ENTRE LOS PROCEDIMIENTOS DISCIPLINARIO Y SANCIONADOR

 

ALUMNA:

GRUPO 7

  • MICHEL ALESSANDRA DIESTRA MELGAREJO

TRUJILLO - PERÚ

2022

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Diferencias entre los procedimientos disciplinario y sancionador

Reiteradamente se ha argumentado que la sanción del derecho administrativo es una rama autónoma del derecho, teniendo su anclaje en el derecho público, particularmente en el derecho administrativo, con el objetivo de priorizar la distribución del derecho separado de esta rama. La ley, que es proteger el interés público, sin perjuicio de otros intereses secundarios, como la concesión de libertad bajo fianza a los perseguidos.

 Pero ¿Qué es el procedimiento administrativo sancionador? Este es el procedimiento administrativo sancionador es una herramienta procesal del órgano administrativo para hacer uso del ius puniendi y velar por la protección de los intereses públicos. En este sentido, las sanciones administrativas contra actos ilegales califican como tales. Del mismo modo, los procedimientos sancionadores son necesarios para la conducta de los ciudadanos.

De acuerdo con el artículo 254 del TUO de la ley 27444, para el ejercicio de la potestad sancionadora se requiere obligatoriamente haber seguido el procedimiento legal o reglamentariamente establecido caracterizado por:

1. Diferenciar en su estructura entre la autoridad que conduce la fase instructora y la que decide la aplicación de la sanción.

2. Considerar que los hechos probados por resoluciones judiciales firmes vinculan a las entidades en sus procedimientos sancionadores.

3. Notificar a los administrados los hechos que se le imputen a título de cargo, la calificación de las infracciones que tales hechos pueden constituir y la expresión de las sanciones que, en su caso, se le pudiera imponer, así como la autoridad competente para imponer la sanción y la norma que atribuya tal competencia.

4. Otorgar al administrado un plazo de cinco días para formular sus alegaciones y utilizar los medios de defensa admitidos por el ordenamiento jurídico conforme al numeral 173.2 del artículo 173, sin que la abstención del ejercicio de este derecho pueda considerarse elemento de juicio en contrario a su situación.

Continuando con el procedimiento disciplinario podemos decir que éste, de acuerdo con las normas de servir, la responsabilidad disciplinaria administrativa corresponde al Estado a los empleados públicos por las infracciones previstas en la ley que cometan en el ejercicio de sus funciones o en la prestación del servicio, incoando el procedimiento correspondiente al efecto sancionador administrativo y la imposición de la sanción correspondiente, si la hubiere. Con base en lo anterior, se puede concluir que los procedimientos disciplinarios son instrumentos procesales del Estado, a través de los cuales, a través del ius puniendi, se busca sancionar a los funcionarios públicos por las infracciones cometidas en el marco de su trabajo. Los procedimientos por cada unidad de construcción deberán ajustarse a las disposiciones de la Ley y de este Reglamento y no podrán otorgar condiciones menos favorables que las de este reglamento.

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