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Delincuencia organizada y sus afectaciones económicas en México


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2019  •  Ensayos  •  5.432 Palabras (22 Páginas)  •  346 Visitas

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 FACULTADE DE DERECHO

Como afecta el crimen organizado en la economía en México

Derecho económico

16/05/2019


Índice

Introducción……………………………………………………………………………...2

Trata de personas………………………………………………………………….......4

Narcotráfico……………………………………………………………………………...6

Corrupción…………………………………………………………………………..….10

Falsificación……………………………………………………………………………13

Derecho de piso………………………………………………………………………14

Articulo 16 de la CPEUM…………………………………………………………….17

Como erradicar el crimen organizado……………………………………………...21

Conclusiones………………………………………………………………………….22

Referencias……………………………………………………………..……………..24

Introducción: 

C

on este trabajo planeo hacer énfasis en como el crimen organizado afecta en la economía y en la misma población. También dar a conocer algunas formas en las que el crimen organizado llega a obtener tanto poder para llegar a manejar de una manera indirecta al gobierno y a la misma población en sus distintos ámbitos y dare algunos ejemplos del crimen organizado se gana a los mismos habitantes de una ciudad. Lo que me impresiono bastante fue la manera en la que operan y me pone a pensar que si toda la sociedad estuviera organizada para hacer acciones productivas seriamos un gran país con el potencial de competir con los países de primer mundo.

Para empezar a hablar del impacto que tiene el crimen organizada, es toda aquella  organización compuesta por un grupo de personas con un determinado rol ordenado jerárquicamente, su principal objetico es la obtención de beneficios materiales o económicos cometiendo delitos.

Se caracteriza por su naturaleza transnacional, opacidad flexibilidad, capacidad de recuperación y de adaptación a las distintas situaciones que se le presentan, así como su movilidad.

El crimen organizado es tan viejo como la misma humanidad desde los negocios ilícitos en roma hasta llegar ahora a los ciber-delincuentes

Para muchas personas la palabra crimen organizado y mafia son sinónimas pero es una equivocación ya que la mafia y sus primeros casos se remontan a Sicilia y muchos más autores creen que es Italia

Adolfo Beria di Argentine divide a la mafia en dos la mafia rural y la mafia urbana; que es un poder de control material territorio y es un poder de exploración de circuitos políticos y administrativos locales y nacionales, y de los intangibles circuitos financieros que a su vez es violencia lucrativa y es una estructura de poder que impregna en muchos poderes

Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada

Artículo 2. Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada


Tratado de personas como fuente de ingresos económicos

La trata de personas es un problema de seguridad pública y son muchas las acciones que realizan el gobierno para tratar de extinguir la misma, y así quitar una de las principales fuentes de ingreso de la delincuencia organizada ya que es comercio de personas o tráfico de personas es el comercio ilegal de seres humanos con propósitos de esclavitud laboral, mental, reproductiva, explotación sexual, trabajos forzados, extracción de órganos, o cualquier forma moderna de esclavitud contra la voluntad y el bienestar del ser humano.

Que en nuestra constitución se encuentra fundamentada en artículo dieciséis donde está especificado que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

La trata de personas en México es el tercer negocio por el crimen organizado más fructífero ya que dejan más de treinta y dos mil hasta los treinta y seis mil millones de dólares anuales. Carmen Gabriela Ruiz Serrano, académica de la Escuela Nacional de Trabajo Social de la Universidad Nacional Autónoma de México, afirmó que este delito sólo es superado en ganancias globales por el tráfico de drogas y de armas.

“LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS”

Comete el delito de trata de personas quien promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga, traslade, entregue o reciba, para sí o para un tercero, a una persona, por medio de la violencia física o moral, engaño o el abuso de poder para someterla a explotación sexual, trabajos o servicios forzados, esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un órgano, tejido o sus componentes. Cuando este delito sea cometido en contra de personas menores de dieciocho años de edad, o en contra de quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo, no se requerirá acreditación de los medios comisivos.

Artículo 10.- Toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de un mil a veinte mil días multa, sin perjuicio de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, previstos y sancionados en esta Ley y en los códigos penales correspondientes. Se entenderá por explotación de una persona a: I. La esclavitud, de conformidad con el artículo 11 de la presente Ley; II. La condición de siervo, de conformidad con el artículo 12 de la presente Ley; III. La prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, en los términos de los artículos 13 a 20 de la presente Ley; IV. La explotación laboral, en los términos del artículo 21 de la presente Ley; V. El trabajo o servicios forzados, en los términos del artículo 22 de la presente Ley; VI. La mendicidad forzosa, en los términos del artículo 24 de la presente Ley; VII. La utilización de personas menores de dieciocho años en actividades delictivas, en los términos del artículo 25 de la presente Ley; VIII. La adopción ilegal de persona menor de dieciocho años, en los términos de los artículos 26 y 27 de la presente Ley; IX. El matrimonio forzoso o servil, en los términos del artículo 28 de la presente Ley, así como la situación prevista en el artículo 29; X. Tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, en los términos del artículo 30 de la presente Ley; y XI. Experimentación biomédica ilícita en seres humanos, en los términos del artículo 31 de la presente Ley.

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