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Demanda de Desahucio de Chihuahua.


Enviado por   •  10 de Noviembre de 2016  •  Tareas  •  947 Palabras (4 Páginas)  •  447 Visitas

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C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL POR AUDIENCIAS EN TURNO.

PRESENTE.-

CLAUDIA CELIS AGUIRRE, mexicana, mayor de edad, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones y documentos, el ubicado en CALLE ISABEL AGUILERA NÚMERO 56 DE LA COLONIA LOS ÁNGELES de esta ciudad, autorizando para tales efectos al LIC. EDGAR ALEJANDRO AYALA ALMANZA, ante Usted, respetuosamente comparezco para exponer:

Que, por mis propios derechos, en ejercicio de la acción de DESAHUCIO, ocurro en la Vía Oral Ordinaria a fin de demandar a ANTONIO MALPICA MARUY, quien tiene su domicilio en la CALLE DR. ANASTASIO LÓPEZ NEGRETE NÚMERO 22 DE LA COLONIA LOS ÁNGELES de esta ciudad de Chihuahua, las siguientes:

P R E S T A C I O N E S:

  1. La DESOCUPACIÓN Y ENTREGA del inmueble ubicado en la CALLE DR. ANASTASIO LÓPEZ NEGRETE NÚMERO 22 DE LA COLONIA LOS ÁNGELES de esta ciudad, por falta de pago de rentas correspondientes a los meses de julio y agosto del año en curso.
  2. El PAGO DE LA RENTA correspondiente al mes de julio por la cantidad de Ocho Mil Pesos ($8,000.00 M/N).
  3. El PAGO DE LA RENTA correspondiente al mes de agosto por la cantidad de Ocho Mil Pesos ($8,000.00 M/N).
  4. Las MENSUALIDADES QUE SE SIGAN ACUMULANDO hasta la entrega material del inmueble mencionado anteriormente, el cual es objeto en un contrato de arrendamiento.
  5. Los INTERESES que se sigan generando hasta la entrega material del inmueble motivo del juicio.
  6. El PAGO DE LOS GASTOS Y COSTAS que se generen con motivo de este juicio.

        

Fundo mi demanda en los siguientes:

H E C H O S:

  1. El día 30 de junio de este año, celebré un contrato de arrendamiento (mismo que anexo al final de esta demanda) destinado a casa habitación con el señor Antonio Malpica Maruy, el cual le concedía la posesión del inmueble de la Calle Dr. Anastasio López Negrete Número 22 de la Colonia Los Ángeles de esta ciudad.
  2. En el ya mencionado contrato se estableció una duración por tiempo determinado de 12 meses forzosos y se pactó que el precio de la renta mensual sería por la cantidad de Ocho Mil Pesos ($8,000.00 M/N).
  3. Aunque el señor Antonio Malpica Maruy cumplió el pago de la renta del mes de junio, incumplió con esa misma obligación de los meses de febrero y marzo, además que ha hecho caso omiso de mis repetidos intentos para requerirlo del pago, lo cual puedo demostrar con las declaraciones de los señores BREO DÍAZ MORI y la señora LUNA FLORES MAGÓN, quienes en más de una ocasión me han acompañado a requerir el pago al demandado, añado que el primero de ellos tiene su domicilio en la Calle Esfinge Número 934 y la segunda en la Calle Hipogrifo Número 260, ambos de la Colonia Bosque Mágico de esta ciudad.

Apoyan los anteriores antecedentes, los siguientes fundamentos de:

D E R E C H O:

  1. En cuanto al fondo, encuentro que son aplicables al caso los artículos 8, 2296, 2305, 2311, 2312, 2316, 2324, 2325, 2328, 2332, 2341, 2342, 2347, 2349, 2351 y demás relativos del Código Civil del Estado de Chihuahua.
  2. Son aplicables en cuanto al procedimiento, los artículos 377, 378, 379, 380, 381, 382, 383 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles.

P R U E B A S:

Con el propósito de acreditar los elementos de la acción propuesta y los hechos en que se funda, ofrezco los siguientes elementos de convicción:

  1. Documento Privado.- El contrato de arrendamiento que mi persona y el señor Antonio Malpica Maruy suscribimos el día 02 de enero de este año, con el cual acredito los hechos número 1 y 2 de este escrito.
  2. Documento Público.- Una Copia Certificada de la Escritura del inmueble ubicado en la Calle Dr. Anastasio López Negrete Número 22 de la Colonia Los Ángeles de esta ciudad, con la cual acredito mi propiedad sobre él y tener derecho a recuperar la posesión del mismo.
  3. Confesión.- El demandado, apegándose a la verdad deberá absolver las posiciones que yo o mi representante legal le formulen en la audiencia de juicio, para que reconozca los hechos narrados en el punto número 3.
  4. Primera Testimonial.- La declaración del señor Breo Díaz Mori, quien presencio el hecho número 3.
  5. Segunda Testimonial.- La declaración de la señora Luna Flores Magón, quien presencio el hecho número 3.
  6. Presunciones Legales.- Ambas pruebas documentales y los artículos citados de ambos Códigos, tienen como consecuencia inmediata y directa de la ley mi derecho a la posesión sobre el inmueble y validez del contrato ofrecido.
  7. Presunciones Humanas.- Se pretende probar que el arrendatario no ha contestado nunca a la solicitud de pago que le he realizado, la consecuencia inmediata parece ser su desinterés por cumplir su obligación.

Por lo antes expuesto y fundado a usted C. JUEZ, atentamente solicito:

Primero.- Se me tenga demandando a ANTONIO MALPICA MARUY, las prestaciones que indico en mi escrito de demanda.

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