Deontología De Los Abogados
DulceMaria12 de Noviembre de 2013
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SINTESIS
DEONTOLOGÍA DE LOS ABOGADOS
La abogacía es para hombres y mujeres apasionados y comprometidos con la verdad y la justicia.
Deberes del abogado para con el cliente.
1.- Atenderlo personalmente.
2.- Servirlo con eficacia y empeño pero sin sacrificar la libertad de conciencia del abogado.
3.- No prometer el éxito a toda costa y saber aceptar una transacción justa.
4.- Asumir la responsabilidad si hubiere, por parte del abogado negligencia, error inexcusable o dolo, e indemnizar por daños y perjuicios, si fuere el caso.
5.- Avisar al cliente si existiera conflicto de intereses al asumir su causa.
6.- Renunciar al patrocinio sólo por causa justificada, en especial si su honor y dignidad profesional resultan dañados, pero cuidando de no dejar al cliente en estado de indefensión.
7.- Velar por la conducta correcta y respetuosa del cliente para con el juez, los funcionarios, la contraparte y su abogado, y terceros; en caso negativo, renunciar al patrocinio.
8.- Renunciar a la causa en caso de que descubra en el juicio una equivocación o impostura que beneficie injustamente a su cliente y a la cual éste no quisiera renunciar.
9.- Cumplir con la obligación de guardar el secreto profesional.
10.-Percivir honorarios justos consideradas todas las circunstancias del caso.
Atención personal, eficacia y responsabilidad.
Cicerón cita:
´´Tengo la costumbre de conocer el asunto de mi cliente por el mismo, de reunirme a solas con el para que hable libremente, desempeñar el papel de su parte para que el me instruya a fondo, y darle, para que se explique todo el tiempo que desee´´.
El abogado no debe de asumir casos en los que no tenga competencia, habilidad, o tiempo suficiente para decidirse al asunto de que se trate.
El abogado requiere un amplio conocimiento del derecho. Incluso de los aspectos oscuros y difíciles que competen a su especialidad; sólo así sus consejos podrían ser sanos y sabios.
Secreto Profesional
´´El hombre es el ser de la palabra´´.
Se puede definir el secreto o sigilo como la obligación moral de no manifestar a nadie las noticias conocidas o recibidas confidencialmente.
Tres tipos de secreto: el natural, el promisor y el comiso.
El secreto profesional que no admite ningún tipo de excepciones es el secreto sacramental.
Honorarios
´´Todo conduce al dinero´´. En efecto, el dinero ocupa un lugar importante en la vida y, por tanto, debe ser considerado desde el punto de vista de la deontología, ya que la avaricia y el afán de lucro pueden corroer la vida profesional.
La libertad conlleva cierto desinterés y sitúa el dinero como valor útil, al que nadie se debe apegar como si fuera un fin en sí mismo.
Deberes del abogado para con el juez.
La historia da a ambos la razón. No faltan abogados deshonestos ni jueces inicuos en el ya largo, y a veces tortuoso camino del derecho.
Relaciones del abogado con la contraparte.
La relación con la contraparte debería regirse por las normas de una convivencia civilizad: ayudarse y no estorbarse.
El litigio es una lucha en la que se defiende posiciones contrarias pero la cantidad debe ser noble: ni humillar al que pierde ni injuriar al que triunfa, si no que debe campear el respeto y la consideración mutua, y el aprender de los errores propios y ajenos.
Defectos o vicios que debe evitar el abogado.
El abogado, en su ejercicio profesional, proyecta ineludiblemente sus cualidades y defectos personales.
a) Abogado atrabiliario
b) Abogado auto suficiente
c) Abogado fraudulento
d) Abogado atérmico
e) Abogado superman
Todo el abogado que tenga principios éticos debería evitar a toda costa:
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