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Deontología De Los Abogados

DulceMaria12 de Noviembre de 2013

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SINTESIS

DEONTOLOGÍA DE LOS ABOGADOS

La abogacía es para hombres y mujeres apasionados y comprometidos con la verdad y la justicia.

Deberes del abogado para con el cliente.

1.- Atenderlo personalmente.

2.- Servirlo con eficacia y empeño pero sin sacrificar la libertad de conciencia del abogado.

3.- No prometer el éxito a toda costa y saber aceptar una transacción justa.

4.- Asumir la responsabilidad si hubiere, por parte del abogado negligencia, error inexcusable o dolo, e indemnizar por daños y perjuicios, si fuere el caso.

5.- Avisar al cliente si existiera conflicto de intereses al asumir su causa.

6.- Renunciar al patrocinio sólo por causa justificada, en especial si su honor y dignidad profesional resultan dañados, pero cuidando de no dejar al cliente en estado de indefensión.

7.- Velar por la conducta correcta y respetuosa del cliente para con el juez, los funcionarios, la contraparte y su abogado, y terceros; en caso negativo, renunciar al patrocinio.

8.- Renunciar a la causa en caso de que descubra en el juicio una equivocación o impostura que beneficie injustamente a su cliente y a la cual éste no quisiera renunciar.

9.- Cumplir con la obligación de guardar el secreto profesional.

10.-Percivir honorarios justos consideradas todas las circunstancias del caso.

Atención personal, eficacia y responsabilidad.

Cicerón cita:

´´Tengo la costumbre de conocer el asunto de mi cliente por el mismo, de reunirme a solas con el para que hable libremente, desempeñar el papel de su parte para que el me instruya a fondo, y darle, para que se explique todo el tiempo que desee´´.

El abogado no debe de asumir casos en los que no tenga competencia, habilidad, o tiempo suficiente para decidirse al asunto de que se trate.

El abogado requiere un amplio conocimiento del derecho. Incluso de los aspectos oscuros y difíciles que competen a su especialidad; sólo así sus consejos podrían ser sanos y sabios.

Secreto Profesional

´´El hombre es el ser de la palabra´´.

Se puede definir el secreto o sigilo como la obligación moral de no manifestar a nadie las noticias conocidas o recibidas confidencialmente.

Tres tipos de secreto: el natural, el promisor y el comiso.

El secreto profesional que no admite ningún tipo de excepciones es el secreto sacramental.

Honorarios

´´Todo conduce al dinero´´. En efecto, el dinero ocupa un lugar importante en la vida y, por tanto, debe ser considerado desde el punto de vista de la deontología, ya que la avaricia y el afán de lucro pueden corroer la vida profesional.

La libertad conlleva cierto desinterés y sitúa el dinero como valor útil, al que nadie se debe apegar como si fuera un fin en sí mismo.

Deberes del abogado para con el juez.

La historia da a ambos la razón. No faltan abogados deshonestos ni jueces inicuos en el ya largo, y a veces tortuoso camino del derecho.

Relaciones del abogado con la contraparte.

La relación con la contraparte debería regirse por las normas de una convivencia civilizad: ayudarse y no estorbarse.

El litigio es una lucha en la que se defiende posiciones contrarias pero la cantidad debe ser noble: ni humillar al que pierde ni injuriar al que triunfa, si no que debe campear el respeto y la consideración mutua, y el aprender de los errores propios y ajenos.

Defectos o vicios que debe evitar el abogado.

El abogado, en su ejercicio profesional, proyecta ineludiblemente sus cualidades y defectos personales.

a) Abogado atrabiliario

b) Abogado auto suficiente

c) Abogado fraudulento

d) Abogado atérmico

e) Abogado superman

Todo el abogado que tenga principios éticos debería evitar a toda costa:

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